martes, 4 de junio de 2013

subvenciones en el área de integración de personas inmigrantes.

1. Convocatoria y normativa de aplicación. 1. La Dirección General de Migraciones convoca subvenciones en el área de integración de personas inmigrantes para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, las cuales se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, así como por lo dispuesto en esta Resolución.
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2. Objeto y financiación. 1. Los programas que pueden ser subvencionados figuran relacionados en el Anexo A.
2. La cuantía máxima de las subvenciones a otorgar mediante la presente convocatoria, que asciende a 6.276.867,56 euros, ...
4. El porcentaje de cofinanciación del Fondo Social Europeo será del 80 por ciento para las regiones de convergencia (Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia), transitorias de convergencia (Asturias, Murcia, Ceuta y Melilla) y transitorias de competitividad (Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana). Los programas desarrollados en las regiones de competitividad (Cantabria, Aragón, Baleares, Cataluña, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja) serán cofinanciados en un 50 por ciento.
3. Requisitos de las entidades beneficiarias. Las entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la ESS/1423/2012, de 29 de junio.
4. Presentación de solicitudes. 1. De conformidad con el artículo 6 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 junio, las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 5 al 24 de junio de 2013, a.i.}
2. Las solicitudes se formularán en los modelos que se acompañan como Anexos I a VII, ambos inclusive, y estarán dirigidas a la Dirección General de Migraciones.
La cumplimentación de los modelos indicados se realizará a través del programa informático de solicitud de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, al que se podrá acceder en la siguiente dirección de Internet: www.meyss.es.
Una vez cumplimentadas las solicitudes podrán ser presentadas en la sede de la Dirección General de Migraciones, calle José Abascal, 39, 28003, Madrid, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
ANEXO A
Programas subvencionados

Podrán concederse subvenciones a cargo de tres líneas de financiación: Programas de Régimen General financiados exclusivamente con Presupuestos Generales del Estado, programas cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del programa operativo «Lucha contra la Discriminación» y programas cofinanciados por el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI).
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A) Programas de Régimen General financiados exclusivamente por Presupuestos Generales del Estado
A1. Programas de acogida integral para la atención de las necesidades básicas y de apoyo a la inserción de personas inmigrantes.
A2. Programas que faciliten el mantenimiento estructural de entidades, así como su funcionamiento y actividades habituales.
A3. Programas de equipamiento y adaptación de inmuebles.
B) Programas cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del programa operativo «Lucha contra la Discriminación»
B1. Programas de empleo.
B2. Programas destinados a la incorporación de sistemas de calidad y formación y perfeccionamiento de los profesionales y voluntarios.
B3. Programas de sensibilización y promoción de la igualdad de trato y no discriminación en el ámbito laboral.
C) Programas cofinanciados por el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países (FEI)
C1. Programas introductorios de acogida integral.
C2. Programas educativos extracurriculares.
C3. Programas de salud.
C4. Programas a favor de las mujeres/programas específicamente dirigidos a mujeres.
C5. Programas de fomento de la participación.
C6. Programas de promoción de la igualdad de trato y no discriminación en la sociedad de acogida.
C7 Programas para la identificación de experiencias y buenas prácticas con el fin de ser compartidas con otros Estados Miembros.

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