miércoles, 9 de julio de 2014

1 plaza de operario de servicios múltiples. Ayuntamiento de Algorfa. (Baix Segura-Alacant)


PRIMERA. NATURALEZA Y CARACTERISTICAS DE LA PLAZA A CUBRIR 1. Es objeto de las presentes bases, la selección mediante el sistema de concurso  (méritos)-oposición (realización de pruebas) entrevista, y posterior contratación laboral  temporal de una plaza de operario de servicios múltiples mediante un contrato de trabajo, en la  modalidad de obra o servicio determinado o de interinidad según proceda. 

2. La jornada de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Septuagésimo primera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 
2012 y con disponibilidad horaria para aquellos servicios que así lo requieran. 
Se deberán utilizar los medios técnicos y mecánicos que para el desarrollo de su trabajo, facilite la Corporación. En concreto, deberán conducir los vehículos automóviles del servicio.
3. Los cometidos a desempeñar serán los propios de un operario de servicios múltiples, que incluyen entre otros: la vigilancia, mantenimiento y pequeñas reparaciones de los servicios de alumbrado público, redes de agua potable y residuales, limpieza, cloración y mantenimiento de los depósitos de agua potable y bocas de riego y cámaras de descarga, limpieza y mantenimiento de parques y jardines, cementerio, limpieza de calles, pequeños trabajos de albañilería, practica de notificaciones, lectura de contadores de agua, y en general todas las relacionadas con los servicios municipales que se le asignen por la Corporación.
TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 1. Para tomar parte en el proceso selectivo, los/as aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos:
a. Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007 Estatuto Básico del Empleado Público.
b. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 
c. Estar en posesión de título de certificado de escolaridad o de estudios primarios.
d. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e. Estar en posesión del carnet de conducir de la clase «B»
f. Estar en desempleo e inscrito como demandante en el correspondiente Servicio Público de Empleo. 
g. No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en las Leyes, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubieses sido separado o inhabilitado. 
h. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2. Todos los requisitos a los que se refiere la presente base, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlas durante el proceso selectivo.
CUARTA. SOLICITUDES Y PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN. 1. Forma: Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, habrán de hacerlo constar en impreso normalizado, que les será facilitado al efecto por este Ayuntamiento, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente. A los efectos de la valoración de los méritos, junto con la instancia se deberá presentar la siguiente documentación:
-Fotocopia compulsada del DNI.
-Certificado de situación laboral administrativa expedido por la oficina de empleo que acredite la situación de desempleado.
- Certificados que acrediten los méritos a que se hace referencia en la base 7ª, punto 1º.
-Fotocopia compulsada del certificado de escolaridad o estudios primarios.
-Fotocopia compulsada del carnet de conducir de la clase «B».
No serán tenidos en cuenta, ni valorados, aquellos méritos aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo referido, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Plazo: Las solicitudes, y la documentación acreditativa de los méritos alegados deberán presentarse en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 9 al 18 de julio de 2014, a.i.}
Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el tablón de edictos y la Sede Electrónica (http://algorfa.sedelectronica.es) de este Ayuntamiento.
3. Lugar de Presentación. Se presentarán en el Registro General de esta Corporación, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia