miércoles, 9 de julio de 2014

subvenciones destinadas a asociaciones y demás entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito de la cultura para la promoción de las fiestas tradicionales y populares tanto patronales como religiosas, anualidad 2014 . Diputació d'Alacant.

Por Decreto de la Ilma. Presidenta de la Diputación Provincial de Alicante de fecha 20 de junio de 2014, se aprobó la Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y demás entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito de la cultura para la promoción de las fiestas tradicionales y populares tanto patronales como religiosas, anualidad 2014 con los siguientes pronunciamientos en su parte dispositiva: 
Primero.- Aprobar la Convocatoria y las Bases de subvenciones destinadas a Asociaciones y demás entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito de la cultura para la promoción de las fiestas tradicionales y populares tanto patronales como religiosas, anualidad 2014, la cual se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, y cuyo contenido es del siguiente tenor literal: 
BASES 
PRIMERA.- OBJETO. La Diputación de Alicante en el ánimo de cooperar con los Municipios de la provincia de Alicante en materia de cultura, garantizando los principios de solidaridad, participación ciudadana y el pleno desarrollo de la persona en el seno de la sociedad, considera que las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro permiten el fomento de los usos y costumbres tradicionales y populares de fuerte raigambre en el sentir de sectores amplios de la población de la provincia de Alicante. Estas entidades,  promovidas por la iniciativa privada, y establecidas en el territorio municipal o comarcal, desarrollan programas de actividades que se dirigen al conjunto de la población y, además, por sus características propias complementan las actuaciones de protección del patrimonio cultural inmaterial de nuestra provincia. 
Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, en la modalidad de concurrencia abierta, a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro, que actúen en el ámbito de la cultura para la promoción de las fiestas tradicionales y populares tanto patronales como religiosas de la anualidad 2014. 
Se admitirá únicamente una solicitud por Entidad y la cuantía de la subvención concedida en ningún caso podrá exceder de 1.500 euros. 
SEGUNDA.- ENTIDADES SOLICITANTES. Podrán solicitar subvención las Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente, conforme a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o la normativa que resulte de aplicación, y relacionadas con las siguientes actividades: 
- Entidades cuya finalidad sea la promoción de las fiestas tradicionales y populares de los municipios
(Fiestas patronales y de Moros y Cristianos). 
- Entidades cuya finalidad sea la promoción de las fiestas religiosas tales como Juntas Mayores, Cofradías y Hermandades.  
TERCERA.- REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES. Son requisitos indispensables que deberán reunir las Entidades solicitantes para la obtención de subvención en esta convocatoria los siguientes:  
1.- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente, conforme a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación o la normativa que resulte de aplicación. 
2.- Disponer de sede social en la Provincia de Alicante. 
3.- Tener como fines institucionales expresos, según sus propios Estatutos y las características de cada entidad, la promoción de las fiestas tradicionales y populares tanto patronales como religiosas.  
La solicitud se acompañará de la siguiente documentación: 
...
QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las Entidades interesadas deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo oficial que se publica como ANEXO I, suscrita por su Presidente/a o persona que ostente la representación legal de la Entidad, y dirigida a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. 
El ANEXO I (solicitud), el ANEXO II (Memoria descriptiva de la actividad), ANEXO III (declaraciones responsables y compromisos), serán publicados en la página web de la Diputación (www.diputacionalicante.es).  
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, finalizando el 30 de septiembre de 2014. 
El lugar de presentación de la solicitud y de la documentación será el Registro General de esta Excma. Diputación Provincial (sito en la calle Tucumán, número 8, de Alicante, código postal 03005), o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJ-PAC). 

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