jueves, 5 de marzo de 2015

medidas de apoyo a las explotaciones con plantaciones de almendro afectadas por la sequía. (bases reguladoras y convocatoria )

1. Objeto. Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras así como la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas para compensar los daños causados en las plantaciones de almendro por efecto de la sequía de 2014.
4. Ámbito territorial. El ámbito territorial al que es de aplicación esta ayuda se extiende a las provincias de Albacete, Alicante, Almería,Castellón, Ciudad Real, Cuenca, Granada, Huesca, Jaén, Islas Baleares, Málaga, Murcia, Tarragona, Teruel, Valencia y Zaragoza.
5. BeneficiariosSerán beneficiarios los titulares de las explotaciones de almendro que habiendo suscrito póliza con cobertura de sequía para la producción, módulos 1 y 2, en el seguro con coberturas crecientes para explotaciones de frutos secos, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2013, tengan daños en la plantación, valorados según los criterios establecidos en el artículo 7 de esta orden, superiores al 30 % del valor de la producción asegurada en dicha póliza. Si en la declaración de seguro del solicitante figuran parcelas en más de una comarca agraria, este cálculo se realizará en el ámbito comarcal. En este último caso, se tendrá derecho a esta ayuda en las comarcas que se supere dicho porcentaje.
6. Solicitudes. 1. Los asegurados en quienes concurran las circunstancias establecidas en los artículos 4 y 5 y que deseen acogerse a las ayudas mencionadas, deberán presentar su solicitud en el Registro de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, o en los registros de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el plazo de 20 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente orden.{del 6 al 30 de marzo de 2015, a.i.} Asimismo, podrá presentarse electrónicamente al amparo de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
2. La solicitud deberá presentarse en el modelo que figura en el anexo I. Dicha solicitud deberá acompañarse de una declaración responsable del solicitante indicando si ha percibido o no otras ayudas por este mismo concepto y, en caso afirmativo, la cuantía de las mismas. En este caso, la cuantía de dichas ayudas se detraerá de la ayuda que le corresponda.
3. En el caso de que el solicitante no sea una persona física, se deberá aportar copia del Código de Identificación Fiscal del solicitante, así como copia compulsada de los poderes del representante legal de la entidad firmante de la solicitud.
4. Los solicitantes deberán acompañar a la solicitud copia de la póliza suscrita en el seguro con coberturas crecientes para explotaciones de frutos secos, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2013.
5. La solicitud conllevará la autorización a la Administración para recabar datos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social del beneficiario, así como cualquier otra información que resulte necesaria procedente de otras instituciones públicas o privadas.
Cualquier consulta o aclaración al respecto pueden formularla a la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, c/ Gran Vía de San Francisco 4-6, 2.ª planta, 28005 Madrid. Teléfonos: 913471941. Fax: 913475967 o en el correo electrónico enesa@magrama.es  

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia