Ajuntament de San Vicent de Raspeig. BASES ESPEC. PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE PUESTOS DE TÉC. SUP. DE ADMÓN. ESPECIAL DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo de Técnico Superior de Administración Especial de Archivos y Bibliotecas, así como sus normas de funcionamiento.
El puesto de TAE de Archivos y Bibliotecas se halla encuadrado en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, categoría Superior; Grupo de clasificación A, Subgrupo A1 de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se podrán proveer, con carácter provisional, vacantes definitivas, puestos temporalmente vacantes con derecho a reserva a favor de su titular y sustituciones por cualquiera de las causas previstas legal o reglamentariamente.
El puesto de TAE de Archivos y Bibliotecas se halla encuadrado en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, categoría Superior; Grupo de clasificación A, Subgrupo A1 de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se podrán proveer, con carácter provisional, vacantes definitivas, puestos temporalmente vacantes con derecho a reserva a favor de su titular y sustituciones por cualquiera de las causas previstas legal o reglamentariamente.
BASE TERCERA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos al proceso de selección para formar parte de la bolsa, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el TREBEP.
a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el TREBEP.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de alguno de los títulos de Licenciado/Grado en Historia o Grado en Información y Documentación. La equivalencia u homologación de títulos deberá acreditarse mediante certificación expedida por la Administración competente.
e) No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en los términos del artículo 56.1.d) TREBEP.
Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta el nombramiento, en su caso.
BASE CUARTA.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA, SOLICITUDES Y TASA POR CONCURRENCIA A PRUEBAS SELECTIVAS.
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Las bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOPA Nº 146 de 01/08/2017 ), siendo la publicación en este Boletín la que abra el plazo de diez (10) días naturales para la presentación de instancias. {del 2 al 11 de agosto de 2017, a.i.}
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde, o por delegación el Concejal competente, dictará Resolución, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el BOPA, en el Tablón de anuncios de la Corporación y en la página web de la misma (www.raspeig.es). Contra esta Resolución se podrá presentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOPA.
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Las bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (BOPA Nº 146 de 01/08/2017 ), siendo la publicación en este Boletín la que abra el plazo de diez (10) días naturales para la presentación de instancias. {del 2 al 11 de agosto de 2017, a.i.}
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde, o por delegación el Concejal competente, dictará Resolución, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el BOPA, en el Tablón de anuncios de la Corporación y en la página web de la misma (www.raspeig.es). Contra esta Resolución se podrá presentar escrito de subsanación y/o reclamación en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación en el BOPA.
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