martes, 15 de agosto de 2017

Ayudas a las inversiones de arbolado en espacios urbanos de titularidad municipal. Diputació d'Alacant.

Diputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE 26 DE JULIO DE 2017 DEL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, CELEBRADO EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, POR EL QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA INVERSIONES DE ARBOLADO EN ESPACIOS URBANOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL A EJECUTAR POR LA DIPUTACIÓN... PROVINCIAL DE ALICANTE, RELATIVA A INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, ANUALIDAD 2017. BDNS(Identif.):359162
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios:
Podrán optar a la convocatoria los ayuntamientos de la provincia de Alicante.
Segundo.- Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas en el ejercicio de 2017, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, para los gastos derivados en la ejecución por la Diputación Provincial de Alicante de las inversiones de arbolado en espacios urbanos de titularidad municipal, solicitadas por las Entidades Locales que consistan en la realización de obras de plantación de arbolado junto a la adecuación e instalaciones necesarias para su emplazamiento (Alcorques,  protectores de alcorques, tutores, riego por goteo, etc.) en espacios urbanos de titularidad municipal. A efectos de esta convocatoria, se entiende como espacios urbanos de titularidad municipal las medianas entre viales, aceras, zonas peatonales, parques, jardines, parcelas, etc. de propiedad y disponibilidad municipal con categoría de suelo urbano cuyo planeamiento urbanístico faculta al Ayuntamiento a decidir sobre las plantaciones a llevar a cabo sin necesidad de obtener autorización de ninguna otra Administración.
Las actuaciones subvencionadas serán ejecutadas por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, que asimismo se encargará de la contratación y dirección de dichas obras, de la coordinación de su seguridad y salud, así como, de la redacción de los correspondientes proyectos simplificados o memorias valoradas. La Excma. Diputación Provincial de Alicante subvencionara en el 100% las actuaciones.
Tercero.- Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones aprobada por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante (publicada en BOP núm. 118, de 27 de mayo de 2005), Bases de Ejecución del Presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante vigentes, y Bases específicas de la Convocatoria.
Cuarto.- Cuantía:
La convocatoria tiene un importe total máximo de 1.000.000 de euros.
...
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.[Nº 155 de 14/08/2017] Sí el último día del plazo fuese sábado, domingo o festivo se trasladará al siguiente día hábil.
{del 15 de agosto al 5 de septiembre de 2017, a.i.}

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