- Extracto de la Orden APM/728/2017, de 31 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la sociedad anónima estatal de caución agraria (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía que garanticen préstamos para financiar sus explotaciones.
BDNS(Identif.):358152.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Los titulares de explotaciones agrarias, que podrán ser personas físicas o jurídicas, que desarrollen la actividad agraria en el ámbito de la producción de cereales, leguminosas, oleaginosas, lúpulo, patata, uva, así como en el de la ganadería extensiva o la apicultura, y que suscriban préstamos con entidades financieras avalados por SAECA.
Los miembros de entidades asociativas titulares de explotaciones cuando suscriban préstamos con entidades financieras avalados por SAECA, con el objeto de aportar el capital prestado a su entidad asociativa.
Segundo. Objeto. Las ayudas consistirán en la financiación del importe total de la comisión de gestión del aval de SAECA. Se financiará además la comisión de estudio del aval de SAECA cuando las explotaciones hayan suscrito un seguro en las líneas de seguros agrícolas o pecuarios comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados, o cuando el titular de las mismas sea un joven agricultor, considerándose como tales a efectos de la presente orden a los solicitantes que no tengan más de 40 años de edad en el año de presentación de la solicitud
Tercero. Bases reguladoras. Orden APM/728/2017, de 31 de julio, publicada en el BOE de 1 de agosto de 2017.
Cuarto. Cuantía. El volumen máximo global de estas ayudas, en forma de capital avalado, será de 110.000.000 €.
Se subvencionará el coste del aval para créditos de hasta 5 años (con la posibilidad de 2 de carencia) por un máximo de 60.000 € por beneficiario.
Los citados límites no se aplicarán a los créditos de la línea ICO SGR-SAECA, teniéndose en cuenta en este caso los límites propios de la línea en las operaciones avaladas por SAECA. No obstante la subvención del aval se concederá exclusivamente para los 5 primeros años de amortización del crédito.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Comienza el 2 de agosto de 2017, y finaliza el 20 de septiembre de 2017. Se prevé no obstante la posibilidad de ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el 29 de septiembre de 2017.
Sexto. Otros datos. La cuantía de la subvención a cada solicitante estará limitada por lo establecido la legislación de la Unión Europea en relación con las ayudas de minimis en el sector agrícola, que establece en 15.000 € la cuantía total de las ayudas de minimis concedidas a una empresa durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales.
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