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viernes, 7 de junio de 2013

Bolsa de Auxiliares para el servicio de Playas accesibles, que pretende ofrecer el Ayuntamiento de Torreblanca durante la época estival a las personas discapacitadas. Ajuntament de Torreblanca (Plana Alta-Castelló).

Ajuntament de Torreblanca. bolsa de auxiliares para la prestación del servicio de Playas accesibles, que pretende ofrecer el Ayuntamiento de Torreblanca durante la época estival a las personas discapacitadas que deseen disfrutar de las playas de la localidad, mediante procedimiento
de concurso de méritos y entrevista personal, transcribiéndose el texto íntegro de las mismas:
“BASES PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE AUXILIARES PARA EL SERVICIO DE PLAYAS ACCESIBLES DEL AYUNTAMIENTO DE TORREBLANCA.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de la presente convocatoria la selección, mediante baremación de méritos con entrevista personal, de candidatos para la creación de una bolsa de auxiliares para la prestación del servicio de Playas accesibles, que pretende ofrecer el Ayuntamiento de Torreblanca durante la época estival a las personas discapacitadas que deseen disfrutar de las playas de la localidad.
Las funciones de los monitores de playas accesibles, serán las siguientes:
Prestar ayuda para que los discapacitados/personas con movilidad reducida puedan introducirse en el mar, usando las sillas anfibias o muletas.
Ayudar a los discapacitados que deseen, y sus condiciones se lo permitan, a entrar en el mar.
Funciones de Ayuda Social durante la estancia y permanencia en la zona restringida para el punto accesible con fines de acompañamiento al Wc, ducharse, vestirse, etc.
Servicio de atención a las asociaciones de discapacitados y su coordinación para la presencia ordenada de éstas, cuando acuden de forma masiva al punto accesible.
Realizar actividades en la zona accesible enfocadas a los usuarios de la misma.
Al tratarse de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, serán llamados en el orden del listado de la bolsa, decayendo en su derecho aquél llamado que no comparece. A los aspirantes propuestos se les ofrecerá contratos de duración determinada a tiempo completo o a tiempo parcial, según las necesidades.
Se advierte a todos los interesados que, teniendo en cuenta las características especiales de estos puestos de trabajo temporales, la jornada laboral podrá incluir sábados y festivos, sin que ello suponga una retribución extraordinaria.
SEGUNDA.- REQUISITOS ESPECIFICOS DE LA CONVOCATORIA.
Denominación:
Auxiliar para el servicio de Playas accesibles del Ayuntamiento de Torreblanca.
Naturaleza: Bolsa de empleo para nombramiento laboral temporal.
Titulación exigida: Certificado de escolaridad o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtener cualquiera de estos títulos en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
Sistema selectivo: concurso de méritos con entrevista.
Presentación de instancias: cinco días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón según modelo normalizado que se adjunta en el Anexo I. [BOP 68 - 6 de junio de 2013] {del 7 al 11 de junio de 2013, a.i.}
Derechos de examen: exento.
TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
- Tener la nacionalidad española o la de alguno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y art. 54 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
- Tener cumplidos los dieciséis años.
- No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por Ley se establezca otra edad máxima.
- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
- Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalentes, o cumplidas las condiciones para obtener cualquiera de estos títulos en la fecha en la que termine el plazo de presentación de instancias.
CUARTA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS.
1. Participantes:
Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, según modelo que figura en el Anexo I. En la instancia deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases.
2. En las instancias se acompañará:
Fotocopia compulsada del D.N.I. en vigor o documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
3. Para la valoración de méritos se acompañará aquella documentación que sirva para acreditar los extremos a baremar (en original o fotocopia compulsada):
Certificado de la Administración en la que se hayan prestado los servicios, con el tiempo y funciones realizadas.
4. Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
5. Plazo: 5 días naturales contados desde el día siguiene al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón. [BOP 68 - 6 de junio de 2013] {del 7 al 11 de junio de 2013, a.i.}    www.torreblanca.es

miércoles, 18 de mayo de 2011

8 (4+4) Socorristas y 7 (6+1) Monitor de Natación, Ajuntament de El Pinós (Vinalopó Mitjà-Alacant)

AYUNTAMIENTO PINOSO.(Vinalopó Mitjà-Alacant)
-CONVOCATORIA Y BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DE SEIS (6) PUESTOS DE MONITOR DE NATACIÓN página 27
-CONVOCATORIA Y BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DE UN (1) PUESTO DE MONITOR DE NATACIÓN DE DISCAPACITADOS página 29
-CONVOCATORIA Y BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DE CUATRO (4) PUESTOS DE SOCORRISTA página 31
-CONVOCATORIA Y BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN DE CUATRO (4) PUESTOS DE SOCORRISTA página 33
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«BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR ENLAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA CUBRIR SEIS ( 6 ) PUESTOS DE MONITORES DE NATACIÓN PISCINA MUNICIPAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de seis puestos de naturaleza laboral con carácter temporal de monitor de la piscina municipal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, mediante contrato laboral de duración determinada, y a tiempo parcial, previéndose su inicio el 28 de junio y su finalización el 29 de julio
- Una contratación de 21 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil.
b) Iniciación de adultos.
c) Perfeccionamiento de adultos
- Una contratación de 18 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil.
b) Iniciación de adultos.
- Cuatro contrataciones de 15 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil.
2.- La provisión de estos puestos se hará mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
3.- Estas plazas están clasificadas dentro de la plantilla de personal laboral y están dotadas con un salario bruto al mes de:
a) Contratación de 21 horas semanales: 1.293,00 €
b)
Contratació
n de 18 horas semanales: 1.108,28 €
c)
Contratación de 15 horas semanales: 923,57 €

Segunda.- Requisitos de los aspirantes. 1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de Certificado de Escolaridad.
e) Estar en posesión del título de monitor de natación expedido por la federación española de natación, o en su caso serían válidos los títulos de licenciados en educación física, maestros especialistas en educación física o técnico superior en actividades físicas y animación deportiva, o entrenador superior de natación.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de la referida en el apartado f) que habrá de referirse a la fecha de terminación de las pruebas selectivas.
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«BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA CUBRIR UN PUESTO DE ( 1 ) MONITOR DE DISCAPACITADOS DE PISCINA MUNICIPAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de un puesto de naturaleza laboral con carácter temporal de monitor de discapacitados de la piscina municipal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, mediante contrato laboral de duración determinada, y a tiempo parcial, previéndose su inicio el 28 de junio y su finalización el 29 de julio:
- Una contratación de 20 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil de discapacitados.
b) Natación de adultos de discapacitados.
2.- La provisión de estos puestos se hará mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
3.- Estas plazas están clasificadas dentro de la plantilla de personal laboral y están dotadas con un salario bruto al mes de 1.231,43 €.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. 1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de Diplomatura relacionada con las Ciencias de la Salud, licenciado en educación física, magisterio de Educación Física, magisterio de Educación Especial o TAFAD, y tener cursos de especialización que lo acrediten para el desarrollo de las funciones en cuestión «Natación especializada para personas con discapacidad.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo.
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«BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA CUBRIR CUATRO ( 4 ) PUESTOS DE SOCORRISTAS PISCINA MUNICIPAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de cuatro puestos de naturaleza laboral con carácter temporal de socorrista de la piscina municipal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, mediante contrato laboral de duración determinada, y a tiempo parcial (35 horas semanales), previéndose su inicio el día 18 de junio y su finalización el 11 de septiembre.
2.- La provisión de estos puestos se hará mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
3.- Estas plazas están clasificadas dentro de la plantilla de personal laboral y están dotadas con un salario bruto al mes de 1.237,03 €.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. 1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de Certificado de Escolaridad o equivalente.
e) Estar en posesión del título de Socorrista acuático, expedido por organismo oficial del Estado/ Comunidad Autónoma, Federaciones Nacionales o autonómicas de salvamento y socorrismo o por la Cruz Roja Española.
f) Estar en posesión de la licencia federativa en vigor o, en su defecto haber realizado al mínimo un curso de reciclaje, capacitación, formación y/o técnicas para el desarrollo del puesto convocado con una antigüedad máxima de dos años hasta la fecha actual.
*-*-*-*-*
«BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA CUBRIR CUATRO ( 4 ) PUESTOS DE SOCORRISTAS PISCINA MUNICIPAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de cuatro puestos de naturaleza laboral con carácter temporal de socorrista de la piscina municipal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, mediante contrato laboral de duración determinada, y a tiempo parcial (35 horas semanales), previéndose su inicio el día 18 de junio y su finalización el 11 de septiembre.
2.- La provisión de estos puestos se hará mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
3.- Estas plazas están clasificadas dentro de la plantilla de personal laboral y están dotadas con un salario bruto al mes de 1.237,03 €.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. 1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de Certificado de Escolaridad o equivalente.
e) Estar en posesión del título de Socorrista acuático, expedido por organismo oficial del Estado/ Comunidad Autónoma, Federaciones Nacionales o autonómicas de salvamento y socorrismo o por la Cruz Roja Española.
f) Estar en posesión de la licencia federativa en vigor o, en su defecto haber realizado al mínimo un curso de reciclaje, capacitación, formación y/o técnicas para el desarrollo del puesto convocado con una antigüedad máxima de dos años hasta la fecha actual.
*-*-*-*-*
Tercera.- Solicitudes. 1.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pinoso.
2.- Las instancias se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, sito en Plaza de España, nº 1, o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento Administrativo; en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- A la instancia se acompañará fotocopia autenticada del D.N.I, de la titulación requerida, así como cualquier otra documentación que pueda servir para la valoración en la fase de concurso. Todos los méritos alegados por el concursante se presentarán en original o copia autenticada. No se tendrán en cuenta los méritos presentados fuera de plazo de presentación de instancias.
4.- El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
Si el último día de presentación coincide con sábado, domingo o inhábil, se entenderá pospuesto al siguiente día hábil.{del 19 al 31 de mayo de 2011,a.i.} www.pinoso.org

sábado, 11 de septiembre de 2010

1 conserje de instalaciones y edificios municipales al 82% jornada -turno discapacitados- ( C2 ) Bases. Ajuntament de Petrer (Vinalopó Mitjà)

Ajuntament de Petrer. www.petrer.es
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN LIBRE PARA CUBRIR, DENTRO DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO DE ESTE AYUNTAMIENTO, UNA PLAZA DE CONSERJE DE INSTALACIONES Y EDIFICIOS MUNICIPALES, A TIEMPO PARCIAL, TURNO DISCAPACITADOS (OEP 2009).
Primera.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria de oposición libre el cubrir una plaza de conserje de instalaciones y edificios municipales, con carácter laboral fijo y a tiempo parcial (82 por ciento de la jornada), turno discapacitados.
El puesto de trabajo, conserje de instalaciones y edificios municipales, está dotado con las retribuciones correspondientes al grupo C2, nivel de complemento de destino 14 y complemento especifico en cuantía de 270,49 euros mensuales, y demás retribuciones que pudieran corresponder con arreglo a la legislación vigente y acuerdos municipales, todo ello a percibir de forma proporcional a la jornada a tiempo parcial establecida.
El número de plazas convocadas podrá incrementarse por las vacantes que se produjeran con anterioridad a la práctica de los ejercicios de oposición.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en la oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del Graduado Escolar, FP I o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. La equivalencia deberá ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes.
- En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
- Estar afectado por discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento que no resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.
Junto con la solicitud de participación en este proceso selectivo, los aspirantes discapacitados aportarán un certificado expedido por la Conselleria de Bienestar Social u organismo competente que acredite su condición de minusválido, el grado de minusvalía y su capacidad para desempeñar las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo al que se aspira; y deberán formular, sí así lo consideran, la correspondiente petición concreta, y que en todo caso deberá estar motivada, de las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas.
- Además, habrán de cumplir los requisitos especificados en la base segunda de las generales de selección de personal de este Ayuntamiento, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 129/2008, de 8 de julio.
Sexta.- Bases generales. Estas bases específicas se completarán con las bases generales aprobadas por la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de mayo de 2008 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 129/2008, de 8 de julio.
En caso de contradicción o discrepancia entre el contendido de ambas bases, prevalecerá lo que se disponga en las específicas.
www.petrer.es

viernes, 20 de agosto de 2010

subvenciones de apoyo al movimiento asociativo de personas con discapacidad, durante el año 2010.

Ayudas y Subvenciones
Resolución de 3 de agosto de 2010, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de apoyo al movimiento asociativo de personas con discapacidad, durante el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-13302 - 6 págs. - 286 KB)
Otros formatos
www.msps.es
Convocatoria.–La Secretaría General de Política Social y Consumo del Ministerio de Sanidad y Política Social, por un importe de 5.243.360 euros, convoca la concesión de subvenciones de apoyo al movimiento asociativo de personas con discapacidad, en régimen de concurrencia competitiva, correspondiente al año 2010, que se regirán por lo dispuesto en la Orden SAS/1801/2010, de 28 de junio y por lo establecido en la presente Resolución.
Objeto y finalidad.- 1. Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones dirigidas a apoyar el movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal de las personas con discapacidad.
2. Serán subvencionables en esta convocatoria las actuaciones que figuran relacionadas en el anexo I de esta resolución, que no podrán consistir en intervenciones de atención directa a usuarios, y deberán desarrollar objetivos y actividades que precisen de una planificación y gestión centralizada. Se trata de actividades propias de actuaciones supraterritoriales, cuyos gastos corrientes resultan subvencionables porque están vinculados de modo directo al desarrollo de tales actuaciones de ámbito nacional.
3. La finalidad de las subvenciones es respaldar a las entidades de ámbito estatal que operan en el ámbito social de las personas con discapacidad para fomentar o potenciar la posterior actividad de protección social que han de desarrollar, contribuyendo a la financiación de los gastos generales de funcionamiento y mantenimiento de las entidades en la consecución de sus objetivos estatutarios.
Beneficiarios.–Podrán acceder a la condición de beneficiario de estas subvenciones las entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
a) Los requisitos de carácter general, establecidos en el artículo 3 de la Orden de bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones.
b) Dedicarse, en concordancia con sus normas estatutarias, con carácter exclusivo y habitual a la realización de actividades en favor de las personas con discapacidad.
Solicitud y documentación. 1. Solicitud: 1.1 Modelo y presentación de solicitudes: La solicitud de subvención se formalizará en el modelo a que se refiere el artículo 5, punto 1.1, de la citada Orden de bases reguladoras, y podrán ser presentadas en la sede del Ministerio de Sanidad y Política Social, Paseo del Prado 18-20, 28071 Madrid, así como en las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
Asimismo, existe una aplicación informática para la cumplimentación de la solicitud, a la que se podrá acceder en la página web cuya dirección es www.msps.es.
También podrá realizarse la solicitud por medios electrónicos, de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre la Discapacidad a través de los teléfonos 91 822 65 27 y 91 822 65 26.
1.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 21 de Agosto al 20 de Septiembre de 2010, a.i.}

lunes, 3 de mayo de 2010

6 Monitores de Natación, 4 Socorristas, 1 Monitor de Natación para Discapacitados. Ayuntamiento de Pinoso (Vinalopó Mitjà)

AYUNTAMIENTO PINOSO.
-CONVOCATORIA Y BASES PARA SELECCIÓN TEMPORAL DE UN MONITOR DE NATACIÓN DE DISCAPACITADOS página 156
-CONVOCATORIA Y BASES PARA SELECCIÓN TEMPORAL DE CUATRO SOCORRISTAS página 158
-CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN TEMPORAL DE SEIS MONITORES DE NATACIÓN
página 160

«BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA CUBRIR UN PUESTO DE MONITOR DE DISCAPACITADOS DE PISCINA MUNICIPAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de un puesto de naturaleza laboral con carácter temporal de monitor de discapacitados de la piscina municipal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, mediante contrato laboral de duración determinada, y a tiempo parcial, previéndose su inicio el 29 de junio y su finalización el 30 de julio de 2010:
- Una contratación de 20 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil de discapacitados.
b) Natación de adultos de discapacitados.
2.- La provisión de estos puestos se hará mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
3.- Estas plazas están clasificadas dentro de la plantilla de personal laboral y están dotadas con un salario bruto al mes de 1.296,24 euros.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.- 1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de Certificado de Escolaridad.
e) Estar en posesión del título de monitor de natación o licenciado en Educación Física o TAFAD y título de Entrenador de Deportes Adaptados nivel I.
f)
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas ni incurso en causas de incapacidad específica previsto en la legislación vigente.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de la referida en el apartado g) que habrá de referirse a la fecha de terminación de las pruebas selectivas.
Tercera.- Solicitudes.- 1.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pinoso.
2.- Las instancias se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, sito en Plaza de España, número 1, o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento Administrativo; en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- A la instancia se acompañará fotocopia autenticada del D.N.I., del certificado de escolaridad y del título de monitor de natación o licenciado en educación física o TAFAD y título de Entrenador de Deportes adaptados nivel I, así como cualquier otra documentación que pueda servir para la valoración en la fase de concurso. Todos los méritos alegados por el concu2sante se presentarán en original o copia autenticada. No se tendrán en cuenta los méritos presentados fuera de plazo de presentación de instancias.


«BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA CUBRIR CUATRO PUESTOS DE SOCORRISTAS PISCINA MUNICIPAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria.- 1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de cuatro puestos de naturaleza laboral con carácter temporal de socorrista de la piscina municipal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, mediante contrato laboral de duración determinada, y a tiempo parcial (35 horas semanales), previéndose su inicio el día 12 de junio y su finalización el 12 de septiembre de 2010.
2.- La provisión de estos puestos se hará mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
3.- Estas plazas están clasificadas dentro de la plantilla de personal laboral y están dotadas con un salario bruto al mes de 1.302,14 euros.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.- 1.-
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de Certificado de Escolaridad o equivalente.
e) Estar en posesión del título de técnico de salvamento y socorrismo en piscinas o socorrista acuático.
f)
Estar en posesión de la licencia federativa en vigor.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas ni incurso en causas de incapacidad específica previsto en la legislación vigente.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de la referida en el apartado g) que habrá de referirse a la fecha de terminación de las pruebas selectivas.
Tercera.- Solicitudes.- 1.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pinoso.
2.- Las instancias se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, sito en Plaza de España, número 1, o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento Administrativo; en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- A la instancia se acompañará fotocopia autenticada del D.N.I., del certificado de escolaridad, del título de técnico de salvamento y socorrismo en piscinas o socorrista acuático, de la licencia federativa, así como cualquier otra documentación que pueda servir para la valoración en la fase de concurso. Todos los méritos alegados por el concursante se presentarán en original o copia autenticada. No se tendrán en cuenta los méritos presentados fuera de plazo de presentación de instancias.

«BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR EN LAS PRUEBAS SELECTIVAS, PARA CUBRIR SEIS PUESTOS DE MONITORES PISCINA MUNICIPAL, MEDIANTE CONTRATO LABORAL DE DURACIÓN DETERMINADA A TIEMPO PARCIAL.
Primera.- Objeto de la convocatoria.- 1.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión de seis puestos de naturaleza laboral con carácter temporal de monitor de la piscina municipal al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, mediante contrato laboral de duración determinada, y a tiempo parcial, previéndose su inicio el 29 de junio de 2010 y su finalización el 30 de julio de 2010:
- Una contratación de 21 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil.
b) Iniciación de adultos.
c) Perfeccionamiento de adultos

- Una contratación de 18 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil.
b) Iniciación de adultos.
- Cuatro contrataciones de 15 horas semanales, para impartir los cursos de:
a) Natación infantil.
2.- La provisión de estos puestos se hará mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
3.- Estas plazas están clasificadas dentro de la plantilla de personal laboral y están dotadas con un salario bruto al mes de:
a) Contratación de 21 horas semanales: 1.361,05 euros.
b) Contratación de 18 horas semanales: 1.166,61 euros.
c) Contratación de 15 horas semanales: 972,18 euros.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. 1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión de Certificado de Escolaridad.
e) Estar en posesión del título de monitor de natación o equivalente que habilite legalmente para el ejercicio del cargo.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas ni incurso en causas de incapacidad específica previsto en la legislación vigente.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de la referida en el apartado f) que habrá de referirse a la fecha de terminación de las pruebas selectivas.
Tercera.- Solicitudes.- 1.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pinoso.
2.- Las instancias se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Pinoso, sito en Plaza de España, número 1, o a través de cualquier medio previsto en lanormativa reguladora del procedimiento Administrativo; en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- A la instancia se acompañará fotocopia autenticada del D.N.I., del certificado de escolaridad y del título de monitor de natación, así como cualquier otra documentación que pueda servir para la valoración en la fase de concurso.
Todos los méritos alegados por el concursante se presentarán en original o copia autenticada. No se tendrán en cuenta los méritos presentados fuera de plazo de presentación de instancias.
DISPOSICIONES COMUNES A LAS TRES CONVOCATORIAS:
http://www.pinoso.org/
4.- El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. [del 4 al 14 de Mayo de 2010, a.i.]

lunes, 19 de abril de 2010

ajudes per a l'adquisició d'equips i tecnologia de la informació i la comunicació específics per a l'accés a la Societat de la Informació de persones

Conselleria de Justícia i Administracions Públiques
ORDE 3/2010, de 6 d'abril, de la Conselleria de Justícia i Administracions Públiques, per la qual es regulen i convoquen ajudes per a l'adquisició d'equips i tecnologia de la informació i la comunicació específics per a l'accés a la Societat de la Informació de persones amb discapacitat, i afavorir la seua inclusió digital, dins del marc del planejament estratègic AVANTIC per a l'exercici 2010 (ACCESTIC). [2010/4175] (pdf 953KB)
Importe de las ayudas.- 1. El importe global máximo destinado a esta convocatoria es de 145.535,65 euros, de los cuales el 50% (72.767,82 euros) proviene de financiación europea correspondiente al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER “Una manera de hacer Europa”) y el otro 50% (72.767,82 euros) proviene de la Generalitat.
Objeto.- Se convocan ayudas económicas para la adquisición de equipos y tecnología innovadora adecuados para facilitar el acceso a la Sociedad de la Información de las personas con algún tipo de discapacidad, en aras de conseguir su integración social, evitando su exclusión digital y mejorando, con ello, su calidad de vida.
Clase de actividades financiadas.- Las actividades objeto de las ayudas se subsumirán en los siguientes tipos (en orden de importancia):
a) Adquisición de equipamiento para acceder a las telecomunicaciones.
b) Adquisición de equipamiento para facilitar el acceso al ordenador o a Internet.
c) Adquisición de equipamiento para facilitar la comunicación aumentativa o alternativa.
d) Adquisición de equipamiento para facilitar el control del entorno.

Ámbito subjetivo.- Las ayudas reguladas en la presente orden se dirigen a personas físicas con discapacidad, exclusivamente.
Las ayudas se destinarán a la atención de las personas físicas con deficiencias de carácter motor, sensorial o psíquico-intelectual con objeto de facilitar su acceso a la Sociedad de la Información mediante su introducción en el uso de las nuevas tecnologías como medio idóneo para lograr su inclusión social.
Importe de las ayudas.- 3. La cuantía máxima a adjudicar por cada solicitud no podrá ser en ningún caso superior al importe de la o las facturas presentadas.
4. Cada persona física solicitante no podrá resultar adjudicataria por importe superior a la cuantía de 2.500 euros.
Requisitos.- Las personas solicitantes de las ayudas deberán reunir, al término del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Reconocimiento de la condición legal de minusvalía con un grado igual o superior al 33%.
b)
Existencia de deficiencias de carácter motor, sensorial o psíquico- intelectual en la persona solicitante que impidan o dificulten su acceso a la Sociedad de la Información, a la eliminación o mitigación de las cuales deberá dirigirse específicamente la solicitud. En consecuencia, se excluirán aquellas solicitudes que supongan mejoras en el hogar o edificio que no se hallen vinculadas a los impedimentos físicos, sensoriales o psíquico-intelectuales señalados.
c) Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que plantea la persona potencialmente beneficiaria.
d) Vecindad en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.
Solicitudes.- 1. Cada persona física interesada presentará una única solicitud acompañada de tantas fichas como productos o elementos precise, con un máximo de 3 por solicitante; que se cumplimentarán de acuerdo con los modelos que figuran en los anexos 1 y 1.1. Los citados anexos se encontrarán disponibles para su cumplimentación tanto en la página web de la Generalitat: www.prop.gva.es como en www.accestic.gva.es , donde asimismo, y sin perjuicio de otras vías informativas (como el teléfono de información administrativa 012), podrá consultarse un manual dirigido a facilitar la citada gestión con indicaciones al efecto.
2. La ficha o fichas, que deberán adjuntarse a cada solicitud, habrán de responder a una unidad lógica, debiendo satisfacer por sí mismas una necesidad concreta.
3. Cada ficha será objeto de una valoración independiente, sin perjuicio de que la administración se reserve la potestad de unificar o disgregar las mismas en función de su grado de autonomía funcional.
Lugar de presentación de solicitudes.- 1. Las solicitudes de subvención junto con la documentación requerida deberán presentarse, preferentemente, en los registros que a continuación se relacionan:
a) Registro General de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas (c/Santo Cáliz nº 2; C.P.: 46002, Valencia).
b) Registro de la Dirección Territorial de Justicia y Administraciones Públicas – Alicante (Rambla Méndez Núñez, 41 – Torre de la Generalitat –; C.P.: 03002, Alicante).
c) Registro de la Dirección Territorial de Justicia y Administraciones Públicas – Castellón (c/Mayor, 76 – Casa dels Caragols –; C.P.: 12001, Castellón de la Plana).

d) Registro auxiliar de la Conselleria de Bienestar Social (c/Colón, 80; C.P.: 46002, Valencia).
Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOCV. [del 21 de ABRIL al 10 de MAYO de 2010, a.i.]

martes, 6 de abril de 2010

subvenciones del IMSERSO para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad durante el año 2010.

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL
Subvenciones
Resolución de 22 de marzo de 2010, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del IMSERSO para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad durante el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-5485 - 9 págs. - 268 KB)
Otros formatos
Primero.–Convocar la concesión de subvenciones para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad, que se regirán por lo dispuesto en la Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Orden de bases reguladoras), y por lo establecido en la presente Resolución.
Solicitudes.- Las solicitudes para participar en la presente convocatoria, cuyo modelo comprende los Anexos I II y III de la citada Orden de bases, deberán presentarse en el plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en la Dirección General del Imserso (Avenida de la Ilustración con vuelta a Ginzo de Limia, 28029 Madrid), o en los restantes lugares indicados en el mismo artículo de la citada Orden. El modelo de solicitud, en soporte papel, podrá retirarse en la Oficina de Información del Imserso, en la dirección anteriormente señalada, o descargarse de la página web del Instituto: www.imserso.es
Asimismo, se podrá presentar la solicitud y consultar el estado de tramitación del expediente a través del registro electrónico del Imserso.
Octavo.– Se establecen las actuaciones dirigidas a personas con discapacidad que pueden ser subvencionadas cuya definición, requisitos específicos y prioridades figuran relacionados en el Anexo I a la presente resolución de convocatoria:
1. Actuaciones para turismo: Vacaciones y turismo de naturaleza.
2. Actuaciones para turismo: Turismo cultural en el ámbito de la Unión Europea.
3. Actuaciones para termalismo.

ANEXO I
Primero.–Actuaciones para turismo: Vacaciones y turismo de naturaleza.
Las actuaciones para vacaciones y turismo de naturaleza tienen por objeto facilitar la vida independiente y lograr la máxima integración personal y social de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos en las condiciones de mayor accesibilidad, facilitando el acceso de las personas a los bienes del ocio, de la cultura y de la naturaleza, así como el descanso de las familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.
Segundo. Actuaciones para turismo: Turismo cultural en el ámbito de la Unión Europea.
Las actuaciones tienen por objeto favorecer el acceso de las personas con discapacidad a los bienes de la cultura de otros países pertenecientes a la Unión Europea, mediante la realización de viajes culturales.
Tercero. Actuaciones para termalismo.
Las actuaciones tienen por objeto favorecer la calidad de vida y autonomía de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos para tratamientos en balnearios que faciliten su acceso a los bienes de la salud.

viernes, 5 de febrero de 2010

fomento del empleo protegido para personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y enclaves laborales para el ejercicio 2010

Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació
ORDRE de 30 de desembre de 2009, de la Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació, per la que es convoca i regula la concessió de subvencions públiques destinades al foment de l'ocupació protegida per a persones amb discapacitat en Centres Especials d'Ocupació i enclavaments laborals per a l'exercici 2010. [2010/1130] (pdf 1.139KB)
ORDEN de 30 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo protegido para personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y enclaves laborales para el ejercicio 2010. [2010/1130]
Objeto y ámbito.- 1. El objeto de la presente orden es establecer un programa de ayudas destinadas a promover y facilitar la integración laboral de personas con discapacidad en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
2. El régimen de ayudas aplicable será el determinado en los artículos siguientes.
3. Todas las acciones subvencionables deberán realizarse en el ejercicio 2010, sin perjuicio de los plazos de justificación previstos para cada tipo de ayudas.
Acciones apoyables.- 1. Las ayudas previstas en la presente orden irán destinadas a:
A. Ayudas a Centros Especiales de Empleo:
a) Proyectos de creación de empleo estable.
b) Mantenimiento de puestos de trabajo.
c) Unidades de apoyo a la actividad profesional
d) Proyectos de inserción a través de CEE+ I
B. Contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias:
– Programa de apoyo a la contratación indefinida a través de enclaves laborales.
Presentación de solicitudes y documentación.- 1. Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas por la presente orden deberán dirigirse al SERVEF y se presentarán en modelo normalizado en la Dirección General del Servef para las ayudas comprendidas en el Título II (Centros Especiales de Empleo) de la presente orden y en la correspondiente Dirección Territorial de Empleo para la ayuda regulada en el Título III .
La remisión de expedientes a la Comisión Evaluadora, se efectuará de la siguiente forma:
Los expedientes presentados en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden,[del 6 de FEBRERO al 5 de MARZO de 2010, a.i.] se remitirán a la Comisión una vez instruidos y determinada la cuantía de ayuda solicitada, y los expedientes presentados con posterioridad por tratarse de Centros de nueva creación, con carácter semanal a lo largo del ejercicio presupuestario.
Beneficiarios de las ayudas.- Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente orden:
a) Para las ayudas a que se refieren las letras a), b) y c) del artículo 2.1 A, los titulares de los Centros Especiales de Empleo cuya actividad se realice en la Comunidad Valenciana que cumplan con los requisitos establecidos en la presente orden para cada programa de ayudas.
b) Para las ayudas a que se refiere el apartado 2.1.A d) los Centros Especiales de Empleo deberán contar en sus estatutos sociales con la referencia explícita acerca de su carácter de Empresa de Inserción de trabajadores con discapacidad (CEE+I).
c) Para las ayudas a que se refiere el apartado 1-B del artículo 2., las empresas colaboradoras que, de acuerdo con lo regulado en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, contraten con carácter indefinido a trabajadores con discapacidad procedentes de un enclave laboral.
En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas.
TÍTULO II
Centros Especiales de Empleo
CAPÍTULO I - Proyectos de creación de empleo estable
3. El plazo para presentar las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en este Capítulo será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Generalitat.[del 6 de FEBRERO al 5 de MARZO de 2010, a.i.]
el Centro Especial de Empleo no hubiera iniciado sus actividades, éste tendrá de plazo un mes a partir de la primera contratación de personal discapacitado, siendo la fecha límite para la solicitud de estas ayudas el 30 de septiembre.
CAPÍTULO II - Mantenimiento de puestos de trabajo
2. Plazo. A. Las solicitudes de ayudas reguladas en este capítulo deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden [del 6 de FEBRERO al 5 de MARZO de 2010, a.i.], salvo que el Centro Especial de Empleo no haya iniciado sus actividades, en cuyo caso el Centro tendrá
un mes a partir de la primera contratación de personal discapacitado, siendo el plazo máximo para la petición de estas ayudas el día 31 de octubre.
En el supuesto de ampliación de plantilla o prórroga de contratación de personal discapacitado efectuada hasta 31 de octubre del ejercicio, para las ayudas establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 21, la solicitud de la ayuda se realizará en el plazo señalado de un mes
contado a partir de la fecha de su contratación o prórroga, reconociéndose la subvención, en su defecto, desde la fecha de su efectiva presentación.
En el caso de cambio de sede del centro de trabajo, regirá el mismo plazo de un mes a contar desde la comunicación de apertura del centro de trabajo al organismo competente, para la ayuda de adaptación de puestos de trabajo, aunque no haya ampliación de plantilla.
En todo caso, estas solicitudes, en caso de presentarse en el ejercicio actual, no podrán ser posteriores al 15 de noviembre.
B.
Las solicitudes de ayuda salarial y ayuda complementaria en CEE por las ampliaciones de plantilla de trabajadores con discapacidad efectuadas en los meses de noviembre y diciembre de 2009, deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, debiéndose mantener dichas contrataciones hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes con cargo a dicha Orden.
C. Las solicitudes de ayuda salarial y ayuda complementaria para CEE por las ampliaciones de plantilla de trabajadores con discapacidad efectuadas en los meses de noviembre y diciembre de 2010 deberán presentarse en los plazos establecidos en la Orden de convocatoria de ayudas para el ejercicio 2011, debiéndose mantener dichas contrataciones hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes con cargo a dicha Orden.
CAPÍTULO III - Unidades de apoyo a la actividad profesional
2. Plazo. A. Las solicitudes de ayudas reguladas en este capítulo deberánpresentarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden, salvo que el Centro Especial de Empleo no haya iniciado sus actividades, en cuyo caso el Centro tendrá un mes a partir de la primera contratación de personal discapacitado, siendo el plazo máximo para la petición de estas ayudas el día 31 de octubre.
CAPÍTULO IV - Proyectos de inserción a través de CEE + I
2. El plazo para presentar las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en este Capítulo se iniciará el día siguiente a la publicación de la Orden y finalizará el día 30 de junio de 2010.
TÍTULO III
Contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias

Programa de apoyo a la contratación indefinida a través de enclaves laborales
Objeto.- El presente título tiene como objeto establecer incentivos para favorecer la inserción de los trabajadores con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, favoreciendo el tránsito desde el empleo en los centros especiales de empleo y posibilitando el acceso a éstos de nuevos trabajadores con discapacidad.
B. Plazos
1. Las solicitudes de ayudas reguladas en este título deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de inicio de la prestación laboral y tendrán como fecha límite el 31 de octubre de 2010. Para las contrataciones formalizadas en el 2010, en el periodo previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación.[del 6 de FEBRERO al 5 de ABRIL, de 2010, a.i.]
2. Las solicitudes referidas al mantenimiento de contratos formalizados en los tres últimos meses del año 2009 deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden.