martes, 19 de julio de 2011

concurso público de méritos 392 plazas de residentes en los apartamentos «Cardenal Mendoza» para el curso académico 2011-2012, Universidad Valladolid

Orden SPI/2020/2011, de 7 de julio, por la que se convoca concurso para la adjudicación de plazas en los apartamentos «Cardenal Mendoza» para estudiantes de la Universidad de Valladolid, durante el curso académico 2011/2012.
ANEXO
Bases de la convocatoria
Primera. El objeto de la presente convocatoria, dentro de la política dirigida a que los estudiantes puedan acceder a la Universidad en condiciones de igualdad, es facilitar el alojamiento de aquellos estudiantes universitarios con bajo nivel de renta, desplazados del lugar de residencia familiar por razón de sus estudios en la Universidad de Valladolid. Todo ello en cumplimiento de las previsiones contenidas en el Convenio antes referido, con el fin de poner a disposición de los estudiantes alojamientos idóneos y hacer posible la adjudicación, por concurso, de las plazas en los apartamentos «Cardenal Mendoza» de Valladolid.
En este sentido, dando inicio de oficio al procedimiento, se convocan a concurso público de méritos 392 plazas de residentes en los apartamentos «Cardenal Mendoza» para el curso académico 2011-2012, destinadas a estudiantes de la Universidad de Valladolid, que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.
Segunda. Son posibles beneficiarios de una plaza de residente las siguientes personas:
a) Estudiantes que cursen o vayan a cursar estudios universitarios de primero y segundo ciclo, estudios de grado y masteres oficiales, en cualquiera de los Centros de la Universidad de Valladolid.
b) Estudiantes de tercer ciclo en algún programa de doctorado de la Universidad de Valladolid y jóvenes que desarrollen labores investigadoras y docentes en esta Universidad, así como antiguos alumnos doctorados, licenciados o diplomados de la misma que acrediten preparar una oposición pública. Para este colectivo se reservarán 32 de las plazas ofertadas. La Comisión de adjudicación podrá aumentar este número de plazas con la finalidad de satisfacer la ocupación total de las plazas; en este caso, el acuerdo de la Comisión será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.
En cualquiera de los casos establecidos en los párrafos anteriores, los adjudicatarios de las plazas serán menores de treinta años con bajo nivel de renta.
c) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los apartados a) y b), la Universidad podrá destinarlas para su uso por los diferentes sectores integrados en la comunidad universitaria, en los términos más convenientes para el servicio público.
Tercera. Las plazas de los apartamentos universitarios que salen a concurso son las siguientes:
a) Para las personas recogidas en el apartado a) de la base segunda, 352 plazas. Dentro de este cupo, podrán destinarse plazas a alumnos incluidos en programas de movilidad estudiantil de la Universidad, siempre que presenten solicitud y cumplan los requisitos exigidos con carácter general.
Los precios vienen establecidos según la renta disponible de la unidad familiar de acuerdo con los umbrales de renta indicados en la base cuarta. Si no se supera el primer umbral de renta, el precio es de 156 euros mensuales por plaza y persona. Si el umbral de renta está comprendido entre el primer y el segundo umbral el precio es de 171 euros mensuales. Si el umbral de renta está comprendido entre el segundo y el tercer umbral el precio es de 219 euros mensuales. Y por último, cuando la renta neta de la unidad familiar sea superior al tercer umbral el precio es de 243 euros.
b) Para las personas recogidas en el apartado b) de la base segunda, 32 plazas. El precio establecido por plaza es de 250 euros.
c) Cuatro plazas, más las cuatro correspondientes a los respectivos acompañantes, en cuatro apartamentos para residentes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento. El precio establecido por plaza es de 156 euros. Igual precio se aplicará a sus acompañantes.
A estos precios hay que incrementar el porcentaje de IVA correspondiente.
Los importes indicados no incluyen la alimentación, ropa de cama y enseres, así como los gastos de consumo de energía eléctrica y de teléfono. Además, otros servicios extras que se puedan ofertar serán con cargo a los beneficiarios.
La reparación de los daños que se causen al inmueble, instalaciones del mismo y muebles con los que se haya dotado cada apartamento, serán por cuenta del usuario y quedarán garantizados con fianza.
Séptima. Cualquier interesado en solicitar plaza para los apartamentos deberá dirigirse a la Sección de Servicios Universitarios de la Universidad de Valladolid (calle Real de Burgos, s/n, Casa del Estudiante, Valladolid) y cumplimentar la solicitud que les facilitará la citada sección. Las solicitudes deberán presentarse en horario de 9 a 14 horas en la Sección de Servicio Universitarios de la Universidad, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «BOE». También se publicará, de acuerdo con lo estipulado en el convenio, en el «Boletín Oficial de Castilla y León».{del 19 de Julio al 8 de Agosto de 2011, a.i.}
La Comisión de adjudicación podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiendo a las circunstancias que concurran, acuerdo que será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad. www.uva.es

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