ORDE 2/2011, de 23 de juny, de la Conselleria d’Educació, Formació i Ocupació, per la qual es convoquen subvencions a empreses de la Comunitat Valenciana per a incentivar la subscripció i el manteniment de contractes indefinits a temps parcial amb alumnes de Formació Professional inicial. [2011/7769]
Finalidad y objeto de la orden.- La finalidad de la presente orden es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para fomentar la celebración y el mantenimiento de contratos indefinidos a tiempo parcial de mayores de 18 años que al mismo tiempo cursen primer o segundo curso de ciclos formativos de Formación Profesional inicial de grado medio o superior y la convocatoria de concesión de subvenciones para el curso 2011-2012.
Características, procedimiento de concesión y gestión de las ayudas y legislación aplicable.- 3. Podrá ser objeto de subvención la celebración de cada contrato indefinido a tiempo parcial realizado a partir de la publicación de esta orden, con una persona que se matricule por primera vez en el curso 2011-2012 en el primer o segundo curso de un ciclo formativo de Formación Profesional inicial por un importe de 7.000 euros.
También es susceptible de subvención por un importe de 7.000 euros el mantenimiento de contrato con la persona que se matricule por primera vez en el segundo curso del ciclo formativo correspondiente cuando ya hubiera sido objeto de subvención en convocatoria de ejercicio presupuestario anterior a la celebración del contrato que se mantiene.
Beneficiarios de las subvenciones. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones a la contratación establecidas en las presentes bases reguladoras las empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que cuenten con centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana, en los cuales deberán prestar sus servicios los alumnos contratados al amparo de esta orden.
Requisitos de las entidades beneficiarias. 1. Que formalicen o mantengan, según el supuesto subvencionable, un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial con interesado mayor de 18 años, siempre que se comprometa a permitir y facilitar que curse un ciclo formativo relacionado con la prestación laboral objeto del contrato de trabajo. El horario de trabajo debe ser compatible con la asistencia a clase del trabajador.
2. Que estén radicadas en la Comunitat Valenciana, bien por tener el domicilio social o algún centro de trabajo en la misma y que la prestación laboral se desempeñe en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2011.
2. Las solicitudes de subvención se suscribirán de acuerdo con el modelo recogido como anexo I a la presente orden y se presentarán en la Conselleria de Educación, Formación y Empleo o haciendo uso de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán junto a la documentación indicada en el apartado 2 a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, avenida de Campanar, 32 (CP 46015) Valencia.
Beneficiarios de las subvenciones. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones a la contratación establecidas en las presentes bases reguladoras las empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que cuenten con centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana, en los cuales deberán prestar sus servicios los alumnos contratados al amparo de esta orden.
Requisitos de las entidades beneficiarias. 1. Que formalicen o mantengan, según el supuesto subvencionable, un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial con interesado mayor de 18 años, siempre que se comprometa a permitir y facilitar que curse un ciclo formativo relacionado con la prestación laboral objeto del contrato de trabajo. El horario de trabajo debe ser compatible con la asistencia a clase del trabajador.
2. Que estén radicadas en la Comunitat Valenciana, bien por tener el domicilio social o algún centro de trabajo en la misma y que la prestación laboral se desempeñe en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2011.
2. Las solicitudes de subvención se suscribirán de acuerdo con el modelo recogido como anexo I a la presente orden y se presentarán en la Conselleria de Educación, Formación y Empleo o haciendo uso de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán junto a la documentación indicada en el apartado 2 a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, avenida de Campanar, 32 (CP 46015) Valencia.
Asimismo, podrán presentarse en el registro general de cualquiera de las cámaras de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana, cuyas direcciones se relacionan a continuación:
Cámara Oficial de Comercio e Industria de Alcoy.
C/ Sant Francesc, nº 10, CP 03801 Alcoy (Alicante).
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Alicante.
C/ San Fernando, nº 4. CP 03002 Alicante.
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón.
Av. Hermanos Bou, nº 79, CP 12003 Castellón de la Plana.
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Orihuela.
Av. de la Vega, nº 22, CP 03300 Orihuela (Alicante).
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Valencia.
C/ Jesús, nº 19, CP 46007 Valencia.
Cámara Oficial de Comercio e Industria de Alcoy.
C/ Sant Francesc, nº 10, CP 03801 Alcoy (Alicante).
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Alicante.
C/ San Fernando, nº 4. CP 03002 Alicante.
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón.
Av. Hermanos Bou, nº 79, CP 12003 Castellón de la Plana.
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Orihuela.
Av. de la Vega, nº 22, CP 03300 Orihuela (Alicante).
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Valencia.
C/ Jesús, nº 19, CP 46007 Valencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia