ORDRE 1/2011, de 12 de juliol, de la Conselleria de Justícia i Benestar Social, per la qual es regula la convocatòria i les bases que hauran de regir l’adjudicació de places de participació en el programa d’estades de temps lliure per a dones soles o acompanyades dels seus fills/es exclusivament a càrrec seu, en situació de vulnerabilitat i/o risc d’exclusió social, residents a la Comunitat Valenciana. [2011/8102]
1. Objeto La presente orden establece la convocatoria, así como las bases reguladoras, destinadas a la concesión de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o acompañadas de sus hijas/os exclusivamente a su cargo, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2011.
2. Anexos Aprobar las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como anexo I de la presente orden, modelo de solicitud según anexo II y otros modelos que la acompañan (anexos III y IV).ANEXO I - Bases
Objeto. 1. Las presentes bases regirán el proceso de selección, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las ayudas destinadas a la participación en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o acompañadas de sus hijas/os exclusivamente a su cargo, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2011.
2. La ayuda comprende el alojamiento en régimen de pensión completa y habitación por unidad familiar, incluyendo los traslados de ida y vuelta desde el punto de salida establecido, actividades complementarias, así como el acompañamiento de un equipo de profesionales y monitores/as durante la estancia.
3. El período de duración de la estancia será de siete días (seis noches), a realizar entre los días 27 de junio y 7 de septiembre de 2011.
Beneficiarias. 1. Podrán ser solicitantes y beneficiarias, las mujeres que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser nacional de estado miembro de la Unión Europea, de otro estado parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o disponer de permiso de residencia.
b) Ser residente en la Comunitat Valenciana en la fecha de publicación de la presente orden.
c) Ser mujeres menores de 65 años, solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social tales como:
– Mujeres residentes en centros de servicios sociales especializados mujer.
– Mujeres que acrediten ser o haber sido víctimas de violencia de género.
– Mujeres que acrediten carencia de estabilidad social.
– Mujeres que acrediten ser desempleadas de larga duración.
d) Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el indicador público de renta de efectos múltiples correspondiente al año 2009.
e) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia con el resto de asistentes al programa.
f) No presentar problemas conductuales o de adicciones que puedan dificultar la normal convivencia en las estancias.
2. También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios sus hijas/os, con edad igual o inferior a 14 años, pudiéndose ampliar en supuestos excepcionales y debidamente justificados previa valoración positiva de la comisión evaluadora prevista en la base cuarta de esta orden.
En cualquier caso deberán cumplir necesariamente los requisitos a, b, e y f establecidos en el apartado anterior.
Solicitud, plazo y lugar de presentación. 1. Solicitudes. La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figura como anexo II a la presente orden.
2. Plazo presentación. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 21 de Julio al 6 de Agosto de 2011, a.i.}
b) Ser residente en la Comunitat Valenciana en la fecha de publicación de la presente orden.
c) Ser mujeres menores de 65 años, solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social tales como:
– Mujeres residentes en centros de servicios sociales especializados mujer.
– Mujeres que acrediten ser o haber sido víctimas de violencia de género.
– Mujeres que acrediten carencia de estabilidad social.
– Mujeres que acrediten ser desempleadas de larga duración.
d) Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el indicador público de renta de efectos múltiples correspondiente al año 2009.
e) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia con el resto de asistentes al programa.
f) No presentar problemas conductuales o de adicciones que puedan dificultar la normal convivencia en las estancias.
2. También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios sus hijas/os, con edad igual o inferior a 14 años, pudiéndose ampliar en supuestos excepcionales y debidamente justificados previa valoración positiva de la comisión evaluadora prevista en la base cuarta de esta orden.
En cualquier caso deberán cumplir necesariamente los requisitos a, b, e y f establecidos en el apartado anterior.
Solicitud, plazo y lugar de presentación. 1. Solicitudes. La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figura como anexo II a la presente orden.
2. Plazo presentación. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 21 de Julio al 6 de Agosto de 2011, a.i.}
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