ORDRE 4/2011, de 28 de setembre, de la Conselleria de Justícia i Benestar Social, per la qual es convoca el Premi Valencià a la Solidaritat i el Voluntariat corresponent a l’edició de l’any 2011. [2011/10024]
La concurrencia al premio vendrá determinada por haberse distinguido a lo largo del año por sus actividades en alguno de los siguientes ámbitos:
a) Voluntariado social b) Voluntariado de integración c) Voluntariado cultural y educativo d) Voluntariado medioambiental e) Voluntariado de emergencias f) Voluntariado de cooperación internacional
3. Modalidades y contenido de los premios.- Se concederán seis premios, que consistirá en un diploma acreditativo de la Generalitat, para cada uno de los siguientes ámbitos del voluntariado: social, de integración, cultural y educativo, medioambiental, de emergencias y de cooperación internacional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 40/2009, de 13 de marzo, del Consell.
Los referidos premios se concederán a personas o entidades de trayectoria solidaria acreditada, cuyo trabajo haya destacado a lo largo del año actual en su correspondiente área de actividad.
1. Convocatoria.- Se convoca la edición del Premio Valenciano a la Solidaridad y el Voluntariado correspondiente al año 2011, a tenor de lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 40/2009, de 13 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el reglamento que desarrolla la Ley 4/2001, de 19 de junio, de la Generalitat, del Voluntariado.
2. Requisitos.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto 40/2009, de 13 de marzo, del Consell, podrán concurrir al premio todas aquellas organizaciones sin ánimo de lucro que, estando legalmente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y las personas físicas que desempeñen labores de voluntariado y que, en ambos casos, desarrollen actividades y programas de interés general que comporten un compromiso a favor de la sociedad o de la persona, de carácter cívico, social, cultural, educativo, integrador, de cooperación al desarrollo, científico, deportivo, de defensa y protección del medio ambiente, de protección civil o cualquier otro de análoga naturaleza.
Las entidades de voluntariado que adopten la forma jurídica de asociación o fundación deberán estar inscritas en el registro de entidades de voluntariado con, al menos, un año de antigüedad, hasta el momento de expiración del plazo de presentación de solicitudes.La concurrencia al premio vendrá determinada por haberse distinguido a lo largo del año por sus actividades en alguno de los siguientes ámbitos:
a) Voluntariado social b) Voluntariado de integración c) Voluntariado cultural y educativo d) Voluntariado medioambiental e) Voluntariado de emergencias f) Voluntariado de cooperación internacional
3. Modalidades y contenido de los premios.- Se concederán seis premios, que consistirá en un diploma acreditativo de la Generalitat, para cada uno de los siguientes ámbitos del voluntariado: social, de integración, cultural y educativo, medioambiental, de emergencias y de cooperación internacional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 40/2009, de 13 de marzo, del Consell.
Los referidos premios se concederán a personas o entidades de trayectoria solidaria acreditada, cuyo trabajo haya destacado a lo largo del año actual en su correspondiente área de actividad.
4. Presentación de candidaturas Las candidaturas se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana {del 5 al 22 de Octubre de 2011, a.i.} y deberán dirigirse a la Dirección General de Integración y Cooperación de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social (c/ del Pozo, s/n, 46003 Valencia). También podrán presentarse en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La solicitud también podrá presentarse por vía telemática en el portal de la Generalitat (www.gva.es) accediendo a los apartados «Administración on line» − «Guía Prop».
La solicitud también podrá presentarse por vía telemática en el portal de la Generalitat (www.gva.es) accediendo a los apartados «Administración on line» − «Guía Prop».
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