viernes, 11 de abril de 2014

50 contratos predoctorales para la formación de doctores en los centros públicos de investigación agraria y alimentaria dependientes de las CC.AA. y en el INIA

1. Objeto de la convocatoria y finalidad de la subvención. 1. El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones para financiar 50 contratos predoctorales para la formación de doctores en los centros públicos de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas y en el INIA en las prioridades temáticas y líneas de investigación prioritarias que se señalan respectivamente en los Anexos 1 y 2 de esta resolución, al amparo del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+I (Subprograma de Formación) del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016.
2. Las subvenciones que constituyen el objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad promover y financiar la selección y formación de investigadores en los centros públicos de investigación agraria y alimentaria de las Comunidades Autónomas y en el INIA, para la obtención del doctorado en los temas y líneas de investigación establecidos como prioritarios.
3. Beneficiarios y candidatos. Requisitos. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas los Organismos Públicos de Investigación agraria y alimentaria de las Comunidades Autónomas, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA.
Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir y acreditar los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden ECC/2278/2013, de 26 de noviembre.
No podrán obtener la condición de beneficiario los organismos que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el punto 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Podrán ser candidatos a ser contratados por los beneficiarios con cargo a las subvenciones y en las condiciones establecidas en la presente convocatoria las personas físicas que cumplan los requisitos que se establecen en el artículo 3.3.a) de la Orden ECC/2278/2013, de 26 de noviembre.
5. Régimen de comunicaciones. 1. Todas las actuaciones que integren el procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refiere la presente resolución, que deban ser objeto de comunicación o notificación a los interesados, se efectuarán preferiblemente a través de medios electrónicos, a cuyo efecto los interesados en el procedimiento de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico en la correspondiente solicitud o candidatura. Asimismo, los referidos actos podrán ser objeto de publicación en la sede electrónica del INIA http://www.inia.es, para su general conocimiento.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, la resolución de concesión se publicará en la sede electrónica del órgano concedente, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
3. La presentación de documentación por los interesados en el procedimiento de concesión, justificación, seguimiento y reintegro se efectuará preferiblemente a través de las aplicaciones telemáticas disponibles, para cada tipo de procedimiento, en la dirección electrónica del INIA http://www.inia.es, utilizándose un sistema de firma electrónica avanzada.
4. Los candidatos podrán consultar el estado del expediente administrativo a través de la sede electrónica del INIA http://www.inia.es.
7. Formalización y presentación de solicitudes. 1. El plazo para la presentación tanto de las solicitudes de subvención como de las candidaturas de quienes aspiren a ser contratados por los beneficiarios será de quince días hábiles y comenzará el día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.{del 12 de abril al 3**de mayo de 2014,a.i. } -festivos en Madrid, el 17 de abril, y el 1 y 2 de mayo-
2. Los interesados en participar en la convocatoria como beneficiarios de las subvenciones cuya concesión se regula en la presente convocatoria presentarán su solicitud en el formulario electrónico disponible en la web del INIA www.inia.es.
3. Las personas físicas interesadas en proponer su candidatura para ser contratadas presentarán la correspondiente candidatura por vía telemática, de acuerdo a los formularios electrónicos disponibles en la página web del INIA www.inia.es. En dicha dirección también podrá encontrarse la relación de temas que se ofertan, así como tutores y centros. Cada solicitante podrá presentar hasta un máximo de dos solicitudes, que deberá priorizar. Presentarán, asimismo la documentación siguiente en formato electrónico:
a) Formulario de solicitud, disponible en la página web del INIA, referida a las plazas de investigación identificadas en la página web del INIA www.inia.es. Cada candidato podrá presentar hasta un máximo de dos solicitudes de participación, indicando en el formulario la prioridad que se establece entre ellas.
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4. La presentación de las candidaturas se realizará preferentemente a través de firma electrónica avanzada. No obstante, los candidatos que así lo deseen podrán realizar la solicitud imprimiendo los documentos que se generen a través de la aplicación telemática, donde se consignará la firma original y se presentarán en el Registro General del INIA (Ctra. La Coruña Km. 7,5, 28040 Madrid), o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Cuando se utilice un sistema de firma electrónica avanzada para la presentación de candidaturas, el certificado electrónico del candidato deberá cumplir dos requisitos:
a) Pertenecer a una persona acreditada previamente en el Registro de Datos del INIA. La inscripción previa del investigador se realizará en la página web del INIA. En dicho registro, dentro del apartado «Acceso Investigadores, Regístrese», deberá identificarse y definir su nombre de usuario y contraseña.
b) Corresponder a alguno de los certificados digitales admitidos en la Plataforma «@firma».

Cuando se utilice el formato papel, la solicitud deberá contener la firma original del candidato, junto con la documentación adicional establecida en el apartado 3 de este artículo. En este caso, la fecha de solicitud será la de presentación del formulario en el registro del INIA o en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 de este artículo.

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