viernes, 13 de febrero de 2015

Subvenciones a Ayuntamientos con el objeto de fomentar la integración de los extranjeros que residen en la provincia de Alicante

PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular el procedimiento ordinario, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones no dinerarias a los Ayuntamientos de la provincia de Alicante, con el objeto de fomentar la integración de los extranjeros que residen en nuestra provincia.
La subvención no dineraria consistente en actividades de carácter multicultural dirigidas a niños/as de entre 8 y 11 años, con una duración aproximada de 55 minutos y un máximo de 150 participantes en cada una.
TERCERA.- REQUISITOS DE LAS ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS. El número máximo de entidades locales beneficiarias será de 85, equivalente al número de actividades a contratar por la Diputación Provincial.
Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos que pertenezcan a la provincia de Alicante y reúnan los requisitos siguientes:
1. No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el artículo 13 de la LGS.
2. Estar al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad al 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior respecto de la Excma. Diputación Provincial, derivadas de cualquier ingreso.
3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
4. Haber presentado en su caso y dentro del plazo previsto en las Bases, el Anexo III correspondiente de la Convocatoria de subvenciones para la concesión de actividades multiculturales de integración a Ayuntamientos de la provincia de Alicante, anualidad 2014.
5. Contar con la infraestructura básica necesaria para desarrollar la actividad.
En referencia a las necesidades técnicas mínimas para la correcta realización de las actividades objeto de esta convocatoria, el Ayuntamiento deberá disponer de toma de corriente en el lugar elegido para que se ejecute la actividad y del siguiente espacio y material mínimo:
a) Escenario con medidas mínimas de 5 metros de ancho por 4 metros de fondo.
b) Equipo de megafonía con un micrófono de mano.
QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. Las Entidades Locales interesadas podrán formalizar sus peticiones, mediante presentación de una única solicitud, conforme al modelo que figura en el Anexo I, en el Registro General de la Diputación Provincial, sito en la C/Tucumán 8, 03005 de Alicante, o bien, en cualquiera de los lugares previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC). Dicho Anexo I incluirá declaraciones responsables del Alcalde-Presidente de la Entidad Local, acreditando que la misma: ...
SEXTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN. El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). En caso de que el último día del plazo fuese sábado o inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.{del 14 de febrero al 3 de marzo de 2015, a.i}

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