domingo, 12 de junio de 2016

5 becas de formación en materia de periodismo y comunicación con destino en la Dirección de Comunicación del Gobierno de Aragón..

- ORDEN PRE/540/2016, de 31 de mayo, por la que se convocan cinco becas de formación en materia de periodismo y comunicación con destino en la Dirección de Comunicación del Gobierno de Aragón.. Ver documento
Primero.- Objeto y régimen jurídico aplicable.
1. El objeto de esta orden es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de cinco becas de formación en materia de periodismo y comunicación, con destino en la Dirección de Comunicación del Departamento de Presidencia.
5. La actividad formativa de los becarios se enmarca en un Plan de Formación teórico y práctico que comprende los conocimientos y habilidades que el becario deberá adquirir durante el periodo de disfrute de la beca, orientados a ampliar su formación y a facilitar la integración en el mercado laboral. En la página web del Gobierno de Aragón, dirección electrónica: www.aragon.es, aparece publicado el Plan de Formación que corresponde a las becas objeto de esta convocatoria.
Segundo.- Dotación y financiación de las becas.
1. Las becas estarán dotadas con una cuantía de diez mil setenta y cuatro con doce euros anuales (10.074,12 €) cada una, que se devengarán por meses vencidos. A dicho importe se le deducirán las retenciones fiscales y de seguridad social que correspondan.
Tercero.- Periodo de disfrute.
1. El periodo de disfrute de las becas se extenderá desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2017, sin posibilidad de prórroga.
2. En el caso de que la aceptación se produjera con posterioridad al 1 de junio, las becas durarán desde el día siguiente al de la aceptación hasta el 31 de mayo de 2017.
Cuarto.- Beneficiarios.
1. Podrán participar en la convocatoria objeto de la presente orden aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos previstos en el artículo 2 de la Orden PRE/354/2016, de 21 de abril:
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea.
b) Haber nacido en la Comunidad Autónoma de Aragón o llevar residiendo seis meses en ella a la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes.
c) Haber obtenido un título de grado o licenciatura, conforme a la anterior ordenación de enseñanzas universitarias, en Ciencias de la Información, Periodismo o Comunicación Audiovisual. El título deberá ser oficial en todo el territorio nacional o, en el caso de haberse obtenido con arreglo a enseñanzas oficiales en el extranjero, deberá estar homologado a un título oficial español.
d) No haber disfrutado con anterioridad de una beca con el mismo objeto financiada por el Gobierno de Aragón, por un plazo superior a seis meses.
e) No estar incurso en ninguna de las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) No haber transcurrido más de cinco años entre la obtención de la titulación universitaria indicada en la letra c) del presente apartado y el comienzo del plazo de presentación de solicitudes.
2. Los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1.f) del presente artículo.
Quinto.- Presentación de solicitudes.
1. Los aspirantes deberán presentar en el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la convocatoria {del 11 al 28 de junio de 2016, a.i.} la siguiente documentación prevista en el artículo 5 de la Orden PRE/354/2016, de 21 de abril:
a) Instancia de solicitud en la que se indique la beca solicitada y se manifieste expresamente la aceptación de las bases y el baremo de la convocatoria, dirigida al Consejero de Presidencia.
b) Relación de documentación aportada junto con la solicitud.
c) Relación de los méritos que se alegan.
d) Currículum vitae redactado en español.
e) Fotocopia simple del documento nacional de identidad (o documento oficial acreditativo de la personalidad: pasaporte, carné de conducir, etc.).
f) Fotocopia simple del certificado oficial del expediente académico con las calificaciones de todas las materias de cada curso.
g) Fotocopia simple de los resultados finales de los estudios y cursos realizados relacionados con el objeto o finalidad de la beca.
h) Fotocopia simple de los documentos justificativos de otros méritos alegados.
i) Certificado de empadronamiento en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón o documento acreditativo de haber nacido en Aragón.
2. Asimismo, los impresos de solicitud deberán venir acompañados de un ensayo elaborado por el aspirante sobre un tema de actualidad relacionado con el periodismo, los medios de comunicación o la actividad informativa de las Administraciones Públicas, con una extensión mínima de 2.500 palabras y máxima de 3.500 palabras.
3. Las solicitudes se presentarán, junto con la documentación complementaria, en el Registro General del Gobierno de Aragón (Edificio Pignatelli, Paseo de María Agustín, 36, Zaragoza), en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón o por cualquier otro procedimiento de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, en su caso, de forma electrónica a través del correspondiente registro electrónico. Se podrá utilizar el modelo de solicitud establecido en el anexo de la presente orden y, en su caso, en el Catálogo de modelos normalizados de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que figura en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

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