jueves, 23 de junio de 2016

Expocreativa 2016. 19ª edición. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):308292 
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la sede electrónica de la página web de la Diputación (www.diputacionalicante.es) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir a la decimonona edición de Expocreativa las Asociaciones/Entidades privadas sin ánimo de lucro, que ostenten la titularidad o representación de Centros Específicos/Especializados/ CEE, ubicados en la Provincia de Alicante y destinados a la atención exclusivamente de personas con Discapacidad Intelectual mayores de 18 años, mediante la presentación de los trabajos/obras realizadas por éstos. Cada Asociación/Entidad podrá presentar una única solicitud.
Los Centros Específicos y Especializados, deberán estar registrados y autorizados en su funcionamiento según Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano, sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios y Centros de Acción Social, en la Comunidad Valenciana y en su caso los CEE, deberán estar inscritos en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Valenciana, según Decreto 115/1990, de 9 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, y regirse por lo establecido en el Decreto 39/1998, de 31 de marzo, del Gobierno Valenciano, de ordenación de la educación para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.
Se entenderán excluidos los Centros de Educación Especial que no cuenten con Programas de Transición a la Vida Adulta, las Unidades de Educación Especial emplazadas en Centros Educativos ordinarios, y unidades de PCPI (Programas de cualificación Profesional Inicial) emplazadas en Centros de Secundaria o Centros de Formación Profesional. 
Segundo. Objeto: Con las obras presentadas, la Diputación podrá organizar una o varias exposiciones abiertas al público.
Se establecen tres Secciones: Pintura, Artes Plásticas y Cerámica. Cada Asociación/Entidad podrá presentar un máximo de 3 obras, 1 obra en cada una de las Secciones establecidas. Cada obra podrá ser realizada por un máximo de 6 autores.
Quedarán excluidas de la fase de concurso las obras que superen los 2 metros lineales, peso superior a 20 kilos y las obras protegidas o confeccionadas con cristal.
Excepcionalmente, el Departamento de Bienestar Social podrá permitir la exhibición o muestra en la sala de exposiciones, fuera de la fase de concurso, y siempre que las condiciones de la sala de exposiciones lo permita, de obras que no cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la LGS, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, finalizando el 31 de julio de 2016 incluido. Las obras deberán ser presentadas/depositadas en las instalaciones, plazo y horario que a tal efecto se establezca y que será comunicado a los interesados en el momento oportuno.

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