- Edicto del Ayuntamiento de Vallada sobre las bases específicas que han de regir la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo, para provisión, mediante nombramiento interino de plazas de agente de policía local.
EDICTO
Vista la necesidad de proceder a la contratación de un agente de policía, para el cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Vallada, como consecuencia y por motivo de la comisión de servicios concedida al agente D. Francisco Javier Bautista Cabanillas.
Aprobadas las Bases Específicas de la Convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para provisión mediante nombramiento interino de plazas de agente de policía local. Bases que se aprueban mediante resolución de alcaldía nº 210/2018 de fecha de 11 de junio de 2018.
"[...]
CONVOCATORIA BASES ESPECÍFICAS PARA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO, PARA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO INTERINO DE PLAZAS DE AGENTE DE POLICÍA.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA: Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo oficial, para la provisión mediante nombramientos interinos de plazas de Agente de Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios, encuadradas en la escala de administración especial, sub-escala servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, pertenecientes a la escala básica, dotada con el sueldo base correspondiente al grupo de clasificación C-1. Al amparo de los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto Ley 2/2018, de 11 de mayo, del Consell, de modificación de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre de coordinación de policías locales de la comunidad valenciana (DOCV núm. 8300 de 22.05.2018).
Esta bolsa de trabajo para nombramientos interinos de Agentes de la Policía Local sustituirá las bolsas en su caso vigentes. La convocatoria y las bases se anunciarán en los siguientes soportes:
a). Tablón Municipal de Anuncios de la Corporación.
b). En la página web municipal. Los sucesivos anuncios se publicarán también en el Tablón Municipal de Anuncios y en la página web municipal.
c) Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP)
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de la presentación de las instancias:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente, o al menos tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se recogen en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas (D.O.G.V., número 5148 de 2 de diciembre de 2005), y tener una estatura minina de 1`65 metros para hombres y 1`60 metros para mujeres. Se acreditará acompañando a la instancia un certificado médico oficial. Los certificados no deberán tener una antigüedad mayor de tres meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
d) Haber cumplido dieciocho años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características d potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.
TERCERA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS:
Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas lo solicitarán mediante instancia dirigida al señor Alcalde Presidente en la que deberán manifestar que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base Segunda, referido todo ello a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, acompañando a la instancia fotocopia del D.N.I., así como certificado médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones, según el cuadro de exclusiones médicas contenidas en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana (D.O.G.V., número 5.148 de 2/ 12/2005), donde deberá hacerse constar la talla del aspirante.
Se establece un plazo de 10 DIAS NATURALES, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria correspondiente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vallada, en la página web municipal, así como en el BOP, que abrirá el mencionado periodo de presentación.{del 21 de junio al 2* de julio de 2018, a.i.}
Las instancias se presentarán, en el Registro General de la Corporación, o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (Ley 39/2015).
Los restantes anuncios, relativos a la presente convocatoria para la elección del policía local interino para el cuerpo de la Policía Local de Vallada, convocado dicho procedimiento mediante las bases que nos ocupan, se publicarán únicamente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vallada y en la página web de éste www.vallada.es
EDICTO
Vista la necesidad de proceder a la contratación de un agente de policía, para el cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Vallada, como consecuencia y por motivo de la comisión de servicios concedida al agente D. Francisco Javier Bautista Cabanillas.
Aprobadas las Bases Específicas de la Convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para provisión mediante nombramiento interino de plazas de agente de policía local. Bases que se aprueban mediante resolución de alcaldía nº 210/2018 de fecha de 11 de junio de 2018.
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CONVOCATORIA BASES ESPECÍFICAS PARA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO, PARA PROVISIÓN MEDIANTE NOMBRAMIENTO INTERINO DE PLAZAS DE AGENTE DE POLICÍA.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA: Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo oficial, para la provisión mediante nombramientos interinos de plazas de Agente de Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios, encuadradas en la escala de administración especial, sub-escala servicios especiales, clase policía local y sus auxiliares, pertenecientes a la escala básica, dotada con el sueldo base correspondiente al grupo de clasificación C-1. Al amparo de los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto Ley 2/2018, de 11 de mayo, del Consell, de modificación de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre de coordinación de policías locales de la comunidad valenciana (DOCV núm. 8300 de 22.05.2018).
Esta bolsa de trabajo para nombramientos interinos de Agentes de la Policía Local sustituirá las bolsas en su caso vigentes. La convocatoria y las bases se anunciarán en los siguientes soportes:
a). Tablón Municipal de Anuncios de la Corporación.
b). En la página web municipal. Los sucesivos anuncios se publicarán también en el Tablón Municipal de Anuncios y en la página web municipal.
c) Boletín Oficial de la Provincia de Valencia (BOP)
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de la presentación de las instancias:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente, o al menos tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se recogen en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas (D.O.G.V., número 5148 de 2 de diciembre de 2005), y tener una estatura minina de 1`65 metros para hombres y 1`60 metros para mujeres. Se acreditará acompañando a la instancia un certificado médico oficial. Los certificados no deberán tener una antigüedad mayor de tres meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
d) Haber cumplido dieciocho años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
e) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características d potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.
TERCERA.- PRESENTACION DE INSTANCIAS:
Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas lo solicitarán mediante instancia dirigida al señor Alcalde Presidente en la que deberán manifestar que reúnen todas las condiciones exigidas en la Base Segunda, referido todo ello a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, acompañando a la instancia fotocopia del D.N.I., así como certificado médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el desempeño de las funciones, según el cuadro de exclusiones médicas contenidas en la Orden de 23 de noviembre de 2005 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas de la Generalidad Valenciana (D.O.G.V., número 5.148 de 2/ 12/2005), donde deberá hacerse constar la talla del aspirante.
Se establece un plazo de 10 DIAS NATURALES, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria correspondiente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vallada, en la página web municipal, así como en el BOP, que abrirá el mencionado periodo de presentación.{del 21 de junio al 2* de julio de 2018, a.i.}
Las instancias se presentarán, en el Registro General de la Corporación, o en la forma que determina el artículo 16 de la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (Ley 39/2015).
Los restantes anuncios, relativos a la presente convocatoria para la elección del policía local interino para el cuerpo de la Policía Local de Vallada, convocado dicho procedimiento mediante las bases que nos ocupan, se publicarán únicamente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Vallada y en la página web de éste www.vallada.es
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