Resolución de 8 de junio de 2018, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan para el segundo semestre de 2018, exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
establecer, para el año 2018, una convocatoria
ordinaria para la titulación de patrón de moto náutica «A», cuatro para
la titulación de patrón para navegación básica, cuatro para la
titulación de patrón de embarcaciones de recreo, dos para la titulación
de patrón de yate y dos para la titulación de capitán de yate.
Habiéndose celebrado los exámenes correspondientes al primer semestre,
por la presente, se convocan exámenes teóricos ordinarios para la
obtención de los títulos de patrón para navegación básica, patrón de
embarcaciones de recreo, patrón de yate y capitán de yate, para el
segundo semestre de 2018, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales. Los exámenes serán celebrados por aquellos
Tribunales constituidos de conformidad con lo establecido en el artículo
14 del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre.
2. Edad mínima. Para obtener una titulación náutica para el
gobierno de embarcaciones de recreo, el interesado deberá tener
cumplidos 18 años de edad en el momento en el que realice las pruebas
para la obtención de éstos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo
anterior, los menores de edad que hayan cumplido 16 años en el momento
de la realización de las pruebas, podrán obtener el título de patrón
para navegación básica, siempre que acrediten, mediante su presentación
por escrito, el consentimiento de sus padres o tutores y superen los
requisitos teóricos y prácticos exigidos en el Real Decreto 875/2014, de
10 de octubre.
3. Matriculación. El proceso de matriculación requiere la satisfacción de dos requisitos específicos, que son:
Requisito 1: Realización del pago de la tasa de matriculación.
Requisito 2: Inscripción en la convocatoria correspondiente.
La no realización de alguno de estos dos
requisitos, o la realización de los mismos de forma diferente a lo
especificado en la normativa vigente, podrá suponer, bien la
imposibilidad de realizar el examen teórico, bien la no corrección de
éste o bien la no publicación de la nota obtenida.
Requisito 1: Realización del pago de la tasa de
matriculación. Para ello deberá cumplimentarse el modelo de impreso
790, código 077, que figura en el anexo I de esta resolución y abonarse
la cantidad correspondiente en cualquier entidad bancaria dentro de los
plazos especificados en el anexo II de la misma. Dicho impreso se
facilitará en el Registro General de la Dirección General de la Marina
Mercante, Capitanías Marítimas y Subdelegaciones del Gobierno, pudiendo
también generarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento:
http://sede.fomento.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/
> Pago de tasas > tasas autoliquidables > sin certificado
(entrar) > derechos de examen para el manejo de embarcaciones de
recreo 077.
Asimismo, si se dispone de DNI electrónico o
certificado digital, se podrá realizar el pago de la tasa de
matriculación telemáticamente a través de la sede electrónica del
Ministerio de Fomento:
http://sede.fomento.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/
> Pago de tasas > tasas autoliquidables > con certificado
(entrar) > derechos de examen para el manejo de embarcaciones de
recreo 077’’.
Requisito 2: Inscripción en la convocatoria
correspondiente. La inscripción en la convocatoria puede realizarse de
forma «on-line» mediante la aplicación Matriculación Exprés, a la cual
se accede desde la sede electrónica del Ministerio de Fomento:
https://sede.fomento.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/ > Marina Mercante > Matriculación Exprés > Entrar.
Para beneficiarse de este sistema NO es
necesario disponer de DNI electrónico o certificado digital, permitiendo
a los interesados la inscripción en la convocatoria de examen SIN tener
que desplazarse a ningún Registro de la Administración General del
Estado.
Asimismo puede realizarse mediante la
presentación en el Registro General de la Dirección General de la Marina
Mercante, Capitanías Marítimas, Subdelegaciones del Gobierno o en las
oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, del justificante de pago de la tasa descrito en el requisito 1
debidamente sellado por una entidad bancaria o bien con el código NRC
que identifica los pagos realizados con DNI electrónico o certificado
digital a través de la sede electrónica. Esta documentación deberá
presentarse respetando los plazos especificados en el anexo II de esta
resolución y acompañada de una fotocopia del DNI.
En el supuesto de no especificar la convocatoria
en la que se matricula el interesado, será incluido en la ordinaria
siguiente a la fecha de formalización de la inscripción.
4. Desarrollo de las pruebas. Al finalizar el ejercicio, a petición del
Secretario del Tribunal se podrá pedir al candidato que presente copia
del justificante de pago de la tasa de matriculación, debidamente
sellado por una entidad bancaria o bien con el código NRC que identifica
los pagos realizados con DNI electrónico o certificado digital a través
de la sede electrónica por lo que deberán acudir al examen con dicho
justificante.
5. Cuantía de las tasas. Las tasas por derechos de examen, para la
obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de
recreo, serán las contempladas en el artículo 22 de la Ley 53/2002,
de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden
social, que estén vigentes para el año 2018, de acuerdo a lo establecido
en los Presupuestos General del Estado en vigor, siendo su cuantía en
el momento de la publicación de esta Resolución la siguiente.
Tasas:
Capitán de yate: 84,54 euros.
Patrón de yate: 72,44 euros.
Patrón de embarcación de recreo: 54,34 euros.
Patrón para la navegación básica: 42,25 euros.
6. No presentación a examen. La no presentación a examen no dará lugar al cambio ni a la devolución de la matrícula.
7. Plazo de matrícula. Una vez finalizado el plazo de inscripción en
cada convocatoria, según el calendario que figura en el anexo II de la
presente resolución, se hará pública la lista provisional de admitidos y
excluidos en el tablón de anuncios de la Dirección General de la Marina
Mercante, pudiendo, en el plazo de diez días, subsanar las deficiencias
aquellos candidatos que hayan resultado excluidos, conforme al artículo
68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la lista provisional de admitidos y excluidos será publicada en la página web del Ministerio de Fomento:
http://www.fomento.gob.es. > Información
para el ciudadano > Convocatorias de exámenes > Exámenes de la
Dirección General de la Marina Mercante para la obtención de
titulaciones de recreo.
8. Lugares de examen.
Los exámenes teóricos del segundo semestre se
celebrarán en la fecha y localidad indicada en el anexo II de la
presente resolución.
...
9. Asimismo, se podrá consultar si está admitido o
excluido y sus causas, fecha, horario, lugar de examen, calificaciones
provisionales y definitivas en la página web del Ministerio de Fomento:
http://www.fomento.gob.es. > Información
para el ciudadano > Convocatorias de exámenes > Exámenes de la
Dirección General de la Marina Mercante para la obtención de
titulaciones de recreo.
ANEXO II
Las titulaciones náuticas objeto de cada
convocatoria ordinaria, periodo de matrícula, lugar y fecha de
celebración de los exámenes teóricos son:
Segundo semestre de 2018.
Madrid:
Sábado 6 de octubre de 2018.
Titulaciones: Patrón de Embarcación de Recreo y Patrón para la Navegación Básica.
Inicio de matrícula: día siguiente a la publicación de la Resolución en el «BOE».
Cierre de matrícula: 6 de septiembre de 2018.
Lugar de celebración de la prueba:
Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos.
Avd. Profesor Aranguren S/N - Ciudad Universitaria. Madrid.
Madrid:
Sábado 15 de diciembre de 2018.
Titulaciones: Patrón para la Navegación Básica, Patrón de Embarcación de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
Inicio de matrícula: día siguiente a la publicación de la Resolución en el «BOE».
Cierre de matrícula: 15 de noviembre de 2018.
Lugar de celebración de la prueba:
Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos.
Avd. Profesor Aranguren S/N - Ciudad Universitaria. Madrid.
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