lunes, 11 de junio de 2018

1 Agente de la Policía Local (C1). Bases. Ajuntament de Beneixama (Alt Vinalopó-Alacant)

Resultado de imagen de beneixama comarcaAjuntament de Beneixama. CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PROVISIÓN EN PROPIEDAD PLAZA AGENTE POLICÍA LOCAL
Por Resolución de Alcaldía nº 62 de fecha 04/06/2018, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la plaza vacante de Agente de Policía Local en el Ayuntamiento de Beneixama.
Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras de las pruebas selectivas:
« BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS CONVOCATORIA PROVISIÓN EN PROPIEDAD
DE UNA PLAZA DE AGENTE DE POLICIA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE BENEIXAMA. [BOP-Alacant Nº 110 de 11/06/2018]

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. La presente convocatoria de selección de personal tiene por objeto la provisión, en propiedad, por el sistema de oposición de la siguiente plaza vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento:
Denominación: Agente de Policía Local.
Escala de Administración Especial.
Subescala: Servicios Especiales.
Grupo de clasificación: C-1 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
Retribución: Dotada de las retribuciones básicas correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1 y las complementarias que correspondan, de conformidad con la legislación vigente y acuerdos municipales.
Toda referencia contenida en la presente convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá hecha igualmente a personas de sexo femenino.
3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán reunir, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Estar en posesión del Título de Bachiller o técnico o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
c) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con la Orden de 23 de noviembre de 2005 (DOGV de 2 de diciembre de 2005), y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y de 1,60 metros las mujeres.
d) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) No tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni de separación del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
f) Carecer de antecedentes penales.
g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las Clase B y A, que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw. o una relación de potencia/peso no superior a 0,16 Kw. /Kg.
h) Comprometerse, mediante declaración jurada, a portar armas de fuego y, si es preciso, a utilizarlas.
4.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
a)
Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, pudiendo ser presentadas presencialmente en el Registro General de este Ayuntamiento (en horario de 8:00 a 13:30 horas), mediante Registro Electrónico (http://beneixama.sedelectronica.es/info.5) de esta Administración, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
b) El plazo para la presentación de instancias será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del anuncio- extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.).

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