martes, 11 de septiembre de 2018

ayudas para desplazamientos culturales a / desde la península o entre territorios extrapeninsulares, correspondientes al año 2018

BDNS(Identif.):414035
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios las personas jurídicas sin ánimo de lucro de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Las personas jurídicas no podrán tener ánimo de lucro, deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán tener residencia fiscal en España.
No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto Las ayudas se concederán a proyectos o actividades culturales que cumplan los siguientes requisitos:
Proyectos y actividades culturales que se lleven a cabo en el Estado español y lleven aparejados gastos de desplazamiento a/desde la península o entre territorios extrapeninsulares.
Los proyectos y actividades deberán consistir en una acción cultural cuyos fines coincidan con los establecidos en el artículo 1 de la convocatoria.
Los proyectos y actividades deberán haberse ejecutado, total o parcialmente, entre el 1 de julio de 2017 y 30 de junio de 2018.
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras por las que se rige esta ayuda fueron establecidas a través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010.
Cuarto. Cuantía
Importe total de la convocatoria: de 200.000 €.
Importe máximo de subvención por beneficiario será del 70% del coste del proyecto y hasta 50.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.{del 11 de septiembre al 8 de octubre de 2018, a.i.}
Sexto. Otros datos Esta subvención es compatible con la percepción por los mismos beneficiarios y para los mismos proyectos de subvenciones otorgadas por la Dirección General de Industrias Culturales y Cooperación.
Esta subvención es incompatible con la percepción por los mismos beneficiarios y para los mismos proyectos de otras subvenciones del Ministerio de Cultura y Deporte que no procedan de la Dirección General de Industrias Culturales y Cooperación.
Las funciones acogidas al Programa Estatal de Circulación de Espectáculos de Artes Escénicas en Espacios de las Entidades Locales -PLATEA-, no podrán contar con subvención del Ministerio de Cultura y Deporte a través de la presente convocatoria.

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