Fuente: Legaltoday 18-09-2018 12 de Septiembre de 2018
Con la llegada de septiembre, además de la ‘vuelta al cole’ de los más pequeños de la casa, da comienzo otro clásico: la búsqueda de piso de los universitarios que inician sus estudios de las carreras profesionales. Las condiciones económicas hacen que cada vez sea más complicado tener una vivienda propia en España, lo que hace que aumente el número de personas que viven de alquiler. El mercado de habitaciones para estudiantes tiene sus particularidades, incluidas las económicas y, por eso, reclamador.es ha recopilado a continuación los derechos y obligaciones de los arrendatarios y arrendadores. Todos ellos aparecen establecidos en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y dejan resueltas dudas como, por ejemplo, quién debe afrontar las reparaciones del hogar o cómo tiene que ser la intimidad de quien paga la renta.
- Con septiembre llega el inicio de numerosos contratos de alquiler de los universitarios que comienzan un nuevo curso académico. Por este motivo, reclamador.es recopila los derechos y obligaciones de los arrendatarios y arrendadores.
- La compañía online de reclamaciones explica que, por ejemplo, una vez iniciada la relación de alquiler, el casero no podrá entrar en la vivienda arrendada sin permiso.
1. Derecho a negociar con el propietario la renta del alquiler y la duración del contrato
Con la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque el usuario firme un contrato de alquiler de un año, puede darlo por terminado a los 6 meses de la firma. Eso sí, siempre que se le comunique al arrendador con una antelación mínima de 30 días. Además, si se desea, el contrato de arrendamiento podrá prorrogarse anualmente tres años, salvo que el casero (o sus familiares en primer grado por consanguinidad o cónyuge) necesite el inmueble para vivir en él permanentemente.
2. Derecho de adquisición preferente de la vivienda
Esto quiere decir que se tendrá preferencia a la hora de comprar la vivienda si el arrendador decide ponerla en venta. Eso sí, existe la opción de acordar en el contrato de alquiler la exclusión de esta norma.
Como inquilino, también se tiene derecho a pedir al casero que repare todo aquello que sea necesario para que la vivienda se conserve en condiciones óptimas de habitabilidad. Pero, ¡ojo! El propietario no se hará cargo de deterioros derivados del uso diario que se haga en la vivienda. Tampoco de roturas provocadas por mal uso.
4. Derecho a denunciar al casero si entra a la vivienda sin permiso
Muy importante: una vez iniciada la relación de alquiler, el casero no podrá entrar en la vivienda arrendada sin permiso. De ser así, el inquilino tiene derecho a denunciarlo por violar su privacidad, recalca reclamador.es.
5. Derecho a recuperar la fianza al abandonar la vivienda
Se tiene derecho a recuperar la fianza depositada al comenzar el contrato de alquiler, siempre y cuando la casa quede en buenas condiciones y sin pagos pendientes.
5 obligaciones que tiene el inquilino
1. Abonar una fianza al comenzar la relación de alquiler
Antes de comenzar a vivir en el nuevo hogar hay que realizar el pago de una fianza. El importe a pagar, por lo general, es el mismo que el de una mensualidad de la renta de alquiler.
2. Pagar mensualmente la renta del alquiler
El inquilino debe cumplir mensualmente con la renta del alquiler establecido en el contrato de arrendamiento. El pago deberá efectuarse (salvo pacto en contrario) durante los primeros 7 días del mes, como norma general. Siempre en el lugar y por el procedimiento acordado por ambas partes. Normalmente, los pagos del alquiler se realizan por transferencia bancaria.
3. Dejar la vivienda en las mismas condiciones
El inquilino tiene la obligación, recuerda reclamador, de dejar la vivienda en las mismas condiciones que tenía cuando entró a vivir en ella. De lo contrario, puede perder la fianza abonada.
4. Informar sobre la realización de reparaciones necesarias
Otra de las obligaciones del inquilino será la de comunicar al casero la realización de las reparaciones que sean oportunas para conservar la habitabilidad de la vivienda. A este deber va ligado el de permitir la entrada a la vivienda al propietario y al personal que sea necesario para la realización de dichas reformas.
5. No realizar obras ni actividades peligrosas
Por último, es conveniente conocer que como inquilino no se puede realizar obras que provoquen inestabilidad o inseguridad en la vivienda. De igual manera, no se podrán llevar a cabo actividades molestas, ilegales, nocivas o peligrosas.
5 derechos que tiene el casero
1. Derecho a recibir puntualmente el pago de la renta del alquiler que se haya acordado con el inquilino
Además, el casero tendrá derecho a recibir una fianza como garantía de que la vivienda le será devuelta en las mismas condiciones en las que se entregó al inquilino.
La cantidad de esta fianza, por lo general, será equivalente a una o a dos mensualidades de la renta. Aunque hay ocasiones en las que se pide más. Especialmente si la vivienda tiene mucho valor. Todo ello será negociable a la hora de redactar y firmar el contrato de arrendamiento.
2. Derecho a exigir al inquilino que repare los daños que este haya podido causar en la vivienda
Ya sea por un uso indebido del inmueble o por consecuencia del uso diario. No obstante, los daños estructurales del inmueble o los causados por otros vecinos que afecten a la habitabilidad de la vivienda, deberán ser sufragados por el casero.
3. Derecho a aumentar la renta del alquiler en función de lo que se haya especificado en el contrato
Muchos de los contratos de alquileres de vivienda que se formalizan cada año en España son de larga duración. Por ello, reclamador.es afirma que es conveniente que el arrendador introduzca en el contrato una cláusula que le permita modificar la cuantía de la renta cada año. Si no se introduce dicha cláusula en el contrato, el casero deberá cobrar el mismo importe en concepto de renta durante la duración del contrato. Esto le puede ocasionar un gran perjuicio, ya que es muy probable que el mercado del alquiler se encarezca y el casero no pueda aumentar el precio ni finalizar el contrato hasta pasados 3 años de la firma.
La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos 3 años de duración del contrato, le dará derecho al aumento de la renta aunque no estuviese pactado en contrato.
4. Derecho a suspender el sistema de prórrogas del contrato de alquiler cuando haya pasado el primer año de duración del contrato
Eso sí, el casero tendrá que comunicárselo al inquilino con, al menos, 30 días de antelación y, en cualquier caso, apelando a la cláusula de necesidad. Esto es, que se tiene la necesidad de disponer de la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí mismo o para sus familiares.
5. Derecho a solicitar la resolución judicial del contrato de alquiler si el inquilino no paga las rentas
O bien, si este subarrienda la vivienda sin el consentimiento del propietario o si el inquilino hace obras sin permiso. También, cuando el inquilino realice en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.
5 obligaciones que tiene el casero
1. Obligación de garantizar una vivienda habitable
El casero tendrá que mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad durante el tiempo que dure el contrato de alquiler.
2. Obligación de hacerse cargo de aquellas reparaciones urgentes que necesite la vivienda
Por ejemplo, deberá encargarse de averías en las instalaciones eléctricas del inmueble o de la caldera. El arrendador tendrá que reparar los daños o, por su parte, pagarle al inquilino los costes que él haya adelantado.
3. Obligación de no perturbar al arrendatario
El casero no podrá entrar en la vivienda sin previo aviso al inquilino. Tampoco podrá causar cualquier tipo de molestia al mismo.
4. Comunicar cualquier actualización que se produzca en la renta del alquiler
Cuando cambie la cantidad de la renta de alquiler, el propietario debe comunicárselo al inquilino con un mes de antelación como mínimo. Además, deberá justificar todos aquellos gastos que provoquen el aumento del alquiler pactado inicialmente.
5. Garantizar al inquilino un uso pacífico de la vivienda
El casero deberá garantizar al inquilino que ningún tercero reclamará judicialmente la posesión o utilización de la vivienda por disponer de mejor derecho.
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