jueves, 18 de octubre de 2018

11 Becas de formación superior de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios

BDNS(Identif.):419163
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Titulado universitario de Grado o de Licenciatura, que hayan finalizado los estudios correspondientes del título exigido para la beca solicitada, dentro de los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la misma.
Segundo. Objeto. La presente resolución tiene por objeto convocar 11 becas de formación superior, en régimen de concurrencia competitiva.
Tercero. Bases Reguladoras. Orden SSI/442/2017, de 11 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, (BOE n.º 120, de 20 de mayo).
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de las becas queda establecida en 1.686,33 euros/mes, conforme a lo establecido en el artículo 4 de las bases reguladoras. El importe total máximo anual ascenderá a 222.595,56 euros.
Quinto. Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la presente convocatoria.{del 19 de octubre al 16 de noviembre de 2018, a.i.}
Sexto. Otros datos. Los interesados deberán presentar su solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios http://sede.aemps.gob.es, en el apartado La AEMPS/Becas de la AEMPS/Becas 2018, siendo necesario para presentar la solicitud la identificación y firma mediante Certificado Digital o DNI electrónico, o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se podrán solicitar un máximo de tres becas, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos y especificados en la presente resolución y en las bases reguladoras.

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