Primera. Objeto y condiciones. 1. El Congreso de los Diputados convoca seis
becas individuales de formación práctica sobre comunicación
institucional relacionada con la actividad parlamentaria. El desarrollo
de las becas estará dirigido por la Dirección de Comunicación de la
Cámara y por el Departamento de Prensa. Los estudios y trabajos
prácticos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los
Diputados.
2. De dichas becas se reservará una para su
concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al
33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base
cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 2 de
la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad
con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso
de que dicha beca no quedara cubierta acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de
reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la
correspondiente instancia.
Segunda. Duración y cuantía. 1. Cada una de las seis becas tendrá una duración
de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los
beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las
becas terminarán el 31 de diciembre de 2019.
2. La cuantía total de la beca será de doce mil
novecientos euros (12.900 €) brutos, que se percibirán finalizado cada
mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €) y
que estarán sujetos a las retenciones que proceda.
3. Asimismo, los beneficiarios de la beca
contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la
normativa vigente en cada momento y dentro de los requisitos y
condiciones propios de este tipo de becas.
4. Las becas serán indivisibles, improrrogables e
incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo periodo o con
cualquier otro trabajo remunerado.
5. La concesión y disfrute de la beca no supondrá
vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Cámara. No es
aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en
formación.
Cuarta. Requisitos de los solicitantes.1. Podrán solicitar la concesión de esta beca las personas de nacionalidad española que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título universitario
de licenciado en Periodismo o en Comunicación Audiovisual o Graduado en
Periodismo o en Comunicación Audiovisual.
b) Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1990.
c) No haber disfrutado durante más de seis meses
de otra beca de las mismas características en las Cortes Generales
(Congreso de los Diputados o Senado).
2. Sin perjuicio de lo previsto en la base
primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico
que impida la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido
separados, mediante expediente disciplinario, de servicios del Estado o
de cualquier Ente Territorial.
Quinta. Presentación de las solicitudes.1. La solicitud se ajustará, necesariamente, al
modelo de instancia que se adjunta como anexo I de la presente
convocatoria y se presentará en la Secretaría de la Dirección de
Comunicación (calle de Floridablanca, s/n., Edificio Ampliación II,
planta baja, Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10 a
14 horas y de 17 a 20 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la
forma prevista en el artículo 16.4.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de enviarse por correo, el envío deberá
ser certificado, con el sello de Correos en la primera hoja del modelo
de instancia (anexo I), con el fin de garantizar que la fecha de
remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.
2. El plazo para la presentación de instancias
será de diez días hábiles, siguientes a la fecha de publicación en el
«Boletín Oficial del Estado». {del 18 de octubre al 31 de octubre de 2018, a.i.}
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