BDNS(Identif.):418318
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Las personas de nacionalidad española y los
nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea signatarios del
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en los que concurran las
circunstancias previstas en las bases reguladoras y, en particular, las
siguientes:
a) Poseer una discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento.
b) Estar realizando, un programa o itinerario de
inserción laboral individual que contemple prácticas formativas como
complemento de las acciones orientadas a la integración laboral de los
beneficiarios. Estos programas deben estar desarrollados por entidades
públicas o privadas sin ánimo de lucro que se ajusten a lo establecido
en el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el
programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de
personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Dichas
entidades deben asimismo asegurar el seguimiento de la formación
obtenida por los beneficiarios de estas becas mediante un preparador
laboral que acompañe a cada beneficiario el tiempo necesario desde el
inicio de la actividad formativa.
c) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca.
Segundo. Finalidad:
La finalidad de estas ayudas es contribuir a la
formación de personas con discapacidad intelectual integradas en
programas o itinerarios de inserción laboral individual en el momento de
la aprobación de esta convocatoria. Esta formación será complementaria
de la prevista en estos programas o itinerarios realizados por entidades
públicas o privadas sin ánimo de lucro que apliquen la metodología del
empleo con apoyo para facilitar la integración laboral del colectivo al
que se dirigen las becas.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden EFP/938/2018, de 5 de septiembre, por la
que se establecen las bases reguladoras de las becas para la realización
de prácticas formativas de personas con discapacidad intelectual en el
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Cuarto. Importe:
La cuantía de la dotación mensual se establece en
460 euros. Cada beca está sujeta al régimen de cotización recogido en
el RD 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regula los términos y
las condiciones de inclusión el el Régimen General de la Seguridad
Social de las personas que participen en programas de formación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicción de este extracto en el BOE. {del 16 de octubre al 6 de noviembre de 2018, a.i.}
Sexto. Áreas Formativas.
Auxiliar de Oficina
Ayudante de Gestión y Servicios Comunes (Ordenanza)
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