Extracto de la Resolución de 15 de octubre de 2018, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación por la que se convocan ayudas complementarias para el año 2019, destinadas a beneficiarios del subprograma de formación del profesorado universitario.
BDNS(Identif.):419420
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Las personas que se encuentren disfrutando de
ayudas de FPU en la fecha de cierre del plazo de presentación de
solicitudes, que cumplan los requisitos que se especifican en la
presente convocatoria para cada tipo de ayudas complementarias y que
mantengan la condición de beneficiarios de FPU durante la actuación que
financia la ayuda complementaria.
Segundo. Objeto:
Ayudas complementarias de movilidad para
beneficiarios de ayudas FPU para estancias breves en centros
extranjeros, y excepcionalmente españoles, y las de traslados temporales
a centros extranjeros.
Ayudas para precios públicos de las matrículas en
los programas de doctorado del curso académico 2018-2019 para
beneficiarios de ayudas FPU.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre, que
establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
públicas en los ámbitos de los subprogramas de formación y movilidad del
Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, del Plan
Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020
(BOE de 7 de septiembre).
Cuarto. Ayudas que se conceden:
a) Una ayuda mensual para gastos de manutención
por un máximo de 1.500 €, un máximo de 50 € por día de estancia y
alojamiento, complementaria a la ayuda para contrato.
b) Una ayuda para gastos de viaje, un máximo de
600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de
1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
c) Un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria, en el caso de destinos en países sin cobertura de la Seguridad Social.
d) Una ayuda para matrículas en programas de
doctorado en el curso 2018-2019, que no podrá exceder del importe de los
precios públicos universitarios establecidos por la correspondiente
Comunidad Autónoma para tutela académica durante el curso académico
2018-2019.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el 22 de octubre hasta el 7 de noviembre de 2018 a las 14 horas (horario peninsular) ambos inclusive.
Sexto: Cumplimentación de las solicitudes:
Las solicitudes se cumplimentarán en los
formularios que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
hará accesible en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es.
Junto a la solicitud se presentará:
a) Memoria justificativa que contenga información
breve sobre el periodo de formación realizado y la previsión para la
presentación de la tesis; objeto de la estancia y el plan de trabajo;
información sobre la idoneidad del objeto de la estancia y del centro o
grupo de investigación de destino en relación con la formación del
solicitante; duración de la estancia; objeto de trabajo durante la
estancia. La memoria justificativa deberá contar con el V.º B.º del
director de tesis y su extensión máxima será de 1.000 palabras.
b) Acreditación documental de la aceptación del
grupo o centro de investigación de destino, en el que se va a realizar
la estancia o el traslado.
c) Autorización del centro de adscripción donde está realizando la tesis doctoral.
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