viernes, 19 de octubre de 2018

ayudas complementarias para el año 2019, destinadas a beneficiarios del subprograma de formación del profesorado universitario (FPU). Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación

BDNS(Identif.):419420
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Las personas que se encuentren disfrutando de ayudas de FPU en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, que cumplan los requisitos que se especifican en la presente convocatoria para cada tipo de ayudas complementarias y que mantengan la condición de beneficiarios de FPU durante la actuación que financia la ayuda complementaria.
Segundo. Objeto:
Ayudas complementarias de movilidad para beneficiarios de ayudas FPU para estancias breves en centros extranjeros, y excepcionalmente españoles, y las de traslados temporales a centros extranjeros.
Ayudas para precios públicos de las matrículas en los programas de doctorado del curso académico 2018-2019 para beneficiarios de ayudas FPU.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en los ámbitos de los subprogramas de formación y movilidad del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 (BOE de 7 de septiembre).
Cuarto. Ayudas que se conceden:
a) Una ayuda mensual para gastos de manutención por un máximo de 1.500 €, un máximo de 50 € por día de estancia y alojamiento, complementaria a la ayuda para contrato.
b) Una ayuda para gastos de viaje, un máximo de 600 €, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; y un máximo de 1.200 €, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.
c) Un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria, en el caso de destinos en países sin cobertura de la Seguridad Social.
d) Una ayuda para matrículas en programas de doctorado en el curso 2018-2019, que no podrá exceder del importe de los precios públicos universitarios establecidos por la correspondiente Comunidad Autónoma para tutela académica durante el curso académico 2018-2019.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el 22 de octubre hasta el 7 de noviembre de 2018 a las 14 horas (horario peninsular) ambos inclusive.
Sexto: Cumplimentación de las solicitudes:
Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades hará accesible en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es. Junto a la solicitud se presentará:
a) Memoria justificativa que contenga información breve sobre el periodo de formación realizado y la previsión para la presentación de la tesis; objeto de la estancia y el plan de trabajo; información sobre la idoneidad del objeto de la estancia y del centro o grupo de investigación de destino en relación con la formación del solicitante; duración de la estancia; objeto de trabajo durante la estancia. La memoria justificativa deberá contar con el V.º B.º del director de tesis y su extensión máxima será de 1.000 palabras.
b) Acreditación documental de la aceptación del grupo o centro de investigación de destino, en el que se va a realizar la estancia o el traslado.
c) Autorización del centro de adscripción donde está realizando la tesis doctoral.

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