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lunes, 11 de noviembre de 2013

Centros/Unidades de excelencia Severo Ochoa del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional, en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. Convocatoria del año 2013 para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas.

1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria correspondiente al año 2013 para la acreditación y la concesión de ayudas a Centros/Unidades de excelencia Severo Ochoa dentro del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional perteneciente al Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. 
2. Finalidad. Las actuaciones objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad fortalecer las capacidades de investigación y el liderazgo científico internacional de las instituciones científicas del sector público existentes en España, que ejecuten directamente actividades de investigación fundamental de frontera, y que: (i) demuestren haber alcanzado un nivel de excelencia científica reconocido internacionalmente y (ii) se comprometan a desarrollar un programa de investigación que permita al Centro/Unidad fortalecer su liderazgo científico.
Los objetivos específicos del Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional perseguidos en esta convocatoria son:
a) El reconocimiento y acreditación de centros/unidades de investigación como Centros/Unidades de excelencia Severo Ochoa;
b) la financiación de programas estratégicos de investigación científica a ejecutar en dichos Centros/Unidades destinados a fortalecer las capacidades científicas, atraer y retener talento y potenciar el papel tractor que dichos Centros/Unidades han de desempeñar en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
5. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios las entidades con personalidad jurídica propia contenidas en los apartados 1.º a 3.º y 6.º del artículo 4.a) de la Orden de bases reguladoras, establecidas en el territorio nacional, que dispongan de medios propios para realizar investigación fundamental de frontera en cualquier ámbito del conocimiento científico, e incluidas en la siguiente relación:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen, con medios propios, actividades de I+D en la frontera del conocimiento.
2. Quedan excluidas las entidades de los párrafos 4.º, 5.º y 7.º a 11.º del artículo 4.a) de la Orden de bases reguladoras, así como las del párrafo 4.1.b).
3. No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades incursas en alguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
4. Para poder concurrir a las ayudas, las entidades solicitantes que, además de realizar alguna de las actividades no económicas definidas en el artículo 4.j), realicen actividades económicas, definidas en el artículo 4.i), deberán llevar una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y financiación.
7. Requisitos de los Centros/Unidades de excelencia Severo Ochoa. 1. Las entidades comprendidas en el artículo 5 y 6 podrán solicitar el reconocimiento y la ayuda objeto de esta convocatoria para aquéllos Centros/Unidades pertenecientes o adscritos a las mismas que, ajustándose a las definiciones del artículo 4.c) o 4.d), reúnan los siguientes requisitos:
a)
Estar legalmente constituidos bajo alguna de las formas jurídicas descritas en el artículo 4.c) o, en su caso, normativamente reconocidos de acuerdo con las definiciones del artículo 4.d), con anterioridad al 1 de enero de 2007, con la excepción de aquellos Centros/Unidades resultantes de la fusión de otros previamente existentes, en cuyo caso deberán estar constituidos con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria si bien los Centros/Unidades que dieron lugar a la fusión deben haber sido creados con anterioridad al 1 de enero de 2007.
b) Designar un único director científico que reúna los requisitos del artículo 4.e), con la salvedad de lo previsto en los apartados 2 y 3 siguientes.
c) Disponer de, al menos, diez investigadores garantes, además del director científico, que cumplan las características definidas en el artículo 4.f).
d) Todos los investigadores incluidos en la solicitud deberán estar en situación laboral de servicio activo en el Centro/Unidad en el momento de presentar la correspondiente solicitud y, salvo causas excepcionales y debidamente justificadas, mantener dicha situación durante el periodo de acreditación y de ejecución de la actuación subvencionada. Cualquier cambio deberá ser comunicado al órgano concedente de forma obligatoria y explícita, y podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
e) Haber publicado, durante el período de referencia, al menos el 60% de la producción científica del conjunto del Centro/Unidad en revistas clasificadas entre el 25% o primer cuartil de las de mayor impacto dentro de su correspondiente área temática.
2. Cuando los Centros/Unidades de los solicitantes no tengan personalidad jurídica propia y su carácter sea interuniversitario o mixto, la vinculación del director científico y de los investigadores garantes podrá referirse a cualquiera de las entidades participantes, en cuyo caso es imprescindible acreditar la adscripción oficial y formal con dedicación exclusiva y a tiempo completo de dichos investigadores al Centro/Unidad objeto de la solicitud, en el que figurará la vinculación a tiempo completo y con dedicación exclusiva de dichos investigadores.
3. En el caso de Centros/Unidades con personalidad jurídica propia participados por dos o más entidades, podrán figurar en la solicitud investigadores que estén vinculados mediante relación laboral o funcionarial a cualquiera de las entidades que han participado en la creación del centro, siempre que exista por parte de éstas un acuerdo explícito y nominal de adscripción al centro, en el que figurará la vinculación a tiempo completo y con dedicación exclusiva de dichos investigadores.
4. No podrán ser destinatarios de la ayuda los centros, unidades o cualquier otra estructura de investigación en red.
5. Quedan excluidos aquellos Centros/Unidades que hayan sido acreditados o recibido financiación del Programa Nacional de Fortalecimiento Institucional del VI Plan Nacional de I+D+i 2008-2011 y las Acciones Estratégicas contenidas en el mismo.
20. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día 14 de noviembre de 2013 y finalizará el 2 de diciembre de 2013, a las 15:00 horas (hora peninsular).

sábado, 7 de septiembre de 2013

subprogramas de formación y movilidad del Programa Estatal de promoción del talento y su empleabilidad del Plan Estatal de Investigación científica y técnica y de innovación 2013-2016. Bases.

Programa Estatal de promoción del talento y su empleabilidad del Plan Estatal de Investigación científica y técnica y de innovación 2013-2016.
1. Objeto de las ayudas. 1. El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones y otras ayudas públicas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en los ámbitos de los subprogramas de Formación y Movilidad del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
2. Las ayudas y subvenciones tendrán por objeto la consecución de los siguientes objetivos:
2.1 En el ámbito de la formación universitaria:

2.1.1 Facilitar la formación de doctores investigadores de alto nivel para la mejora del sistema universitario español.
2.1.2 Fomentar la iniciación en la investigación y emprendimiento para jóvenes que aún no hayan finalizado sus estudios universitarios.
2.1.3 Impulsar un modelo educativo universitario que potencie los valores y actitudes proclives a la innovación, el espíritu crítico, la creatividad, y la curiosidad a lo largo de la vida.
2.1.4 Promover la realización de programas de formación predoctoral o de estancias formativas en el extranjero o en centros de I+D empresariales destinadas a la adquisición de nuevas habilidades que mejoren su formación científico-técnica.
2.2 En el ámbito de la movilidad docente e investigadora:
2.2.1
Potenciar las estancias, fundamentalmente internacionales, de profesores universitarios e investigadores con experiencia reconocida, como elementos tractores de la mejora docente, con objeto de permitir un mejor intercambio de conocimientos con los mejores profesionales de la docencia universitaria y, así, perfeccionar y actualizar los conocimientos del personal docente investigador universitario español.
2.2.2 Facilitar la incorporación temporal, a universidades y centros de investigación españoles, de profesores universitarios e investigadores extranjeros y españoles distinguidos que desarrollen sus actividades fuera de nuestras fronteras con una actividad de investigación reconocida a nivel internacional para permitir su colaboración temporal con universidades y organismos públicos de investigación del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
2.2.3 Perfeccionar la formación posdoctoral de jóvenes doctores facilitando el desarrollo de su actividad docente investigadora, con carácter temporal, en universidades, centros públicos o centros de I+D empresariales de reconocido prestigio diferentes de aquellos en los que desarrolla su actividad regularmente.
2.2.4 Incrementar la formación transversal de profesores y graduados universitarios que quieran participar en programas de formación de posgrado, especialmente en programas de formación predoctoral, para estancias formativas en el extranjero o en centros de I+D empresariales destinadas a la adquisición de nuevas habilidades que mejoren su formación científico-técnica.
2.2.5 Fomentar la cooperación bilateral internacional mediante acuerdos o convenios con instituciones de otros países, dirigida a profesores y graduados universitarios que participen en proyectos conjuntos de docencia e investigación de posgrado, como instrumento de intercambio de conocimientos y métodos que impulsen la mejora del sistema universitario. 
2. Ámbito material. 1. Para conseguir los objetivos anteriormente resumidos se podrán subvencionar las actuaciones que se incluyan dentro de los Subprogramas del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica e Innovación 2013-2016, gestionadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que se recogen en lo puntos siguientes.
2. Subprograma Estatal de Formación.
2.1 Contratos predoctorales de Formación de Profesorado Universitario.
2.2 Contratos predoctorales del Programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia.
3. Subprograma Estatal de Movilidad.
3.1 Estancias de movilidad de profesores e investigadores en centros extranjeros de enseñanza superior e investigación.
3.1.1 Estancias de profesores e investigadores senior en centros extranjeros, incluido el programa «Salvador de Madariaga».
3.1.2 Estancias de movilidad en el extranjero José Castillejo para jóvenes profesores e investigadores.
3.2 Estancias de movilidad de profesores e investigadores extranjeros en universidades públicas y centros de investigación españoles.
3.2.1 Estancias de profesores e investigadores extranjeros de acreditada experiencia en régimen de año sabático en centros españoles
3.2.2 Estancias de jóvenes doctores extranjeros en centros españoles en régimen de contrato posdoctoral de duración determinada.
3.3 Estancias de jóvenes doctores en centros extranjeros, en régimen de contrato posdoctoral, incluidas las estancias «Fulbright» y las estancias en cátedras «Príncipe de Asturias».
3.4 Programas de formación y movilidad en programas de cooperación bilateral internacional.
3.4.1
Estancias para la movilidad e internacionalización de la formación en enseñanzas universitarias oficiales de Máster y Doctorado, desarrollados conjuntamente por universidades españolas y universidades de otros países, especialmente en el marco del espacio Europeo de Educación Superior.
a) Estancias de movilidad para profesores.
b) Estancias de movilidad para estudiantes.
3.4.2 Estancias en el marco de convenios o acuerdos de cooperación para programas de formación predoctoral, perfeccionamiento y actualización de conocimientos destinado a postgraduados y profesores universitarios.
a) Traslado temporal de personal investigador en formación predoctoral.
b) Estancias de profesores e investigadores posdoctorales.
c) Organización de talleres, seminarios y otras actividades binacionales que puedan contribuir al intercambio de conocimientos entre los grupos implicados.
3. Ámbito temporal. Esta orden estará en vigor durante la vigencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica e Innovación 2013-2016. Dado que las actuaciones que se financien al amparo de esta orden se pueden extender más allá del año 2016, último de vigencia del Plan, dichas actuaciones podrán ser objeto de ayuda hasta su finalización según establezcan las respectivas convocatorias y resoluciones de concesión de ayudas.
8. Forma y plazo de presentación de solicitudes. 1. El procedimiento se iniciará de oficio con la publicación de la correspondiente convocatoria, por lo que los interesados que deseen solicitar la ayuda deberán presentar la correspondiente solicitud, así como la documentación requerida en la forma prevista en este artículo y en las correspondientes convocatorias.
2. El plazo de presentación de solicitudes y de la restante documentación requerida será de un mes contado a partir del día siguiente de publicación de la convocatoria o la fecha en que la convocatoria indique se inicie el plazo, o de al menos veinte días naturales, con fecha de inicio del día siguiente a su publicación o desde la que fije la convocatoria.
3. La presentación de una solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. Alternativamente podrá presentar una declaración responsable en los términos establecidos por el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En la solicitud se incluirá una declaración responsable de encontrarse el solicitante al corriente en el pago de obligaciones por reintegro.
En la convocatoria se podrá admitir la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante en aquellos supuestos en los que por el excesivo volumen de documentación solicitada, la dificultad de su obtención u otras razones análogas, resulte justificado. En este supuesto, el órgano instructor, con ...
7 ... Las comunicaciones de todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de concesión de las ayudas al amparo de esta orden, en su justificación y seguimiento y en los eventuales procedimientos de reintegro que se puedan iniciar, se realizarán a través de los medios electrónicos que se establezcan en cada convocatoria a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios» o en la dirección electrónica www.educacion.es.

martes, 11 de junio de 2013

Subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2013-2016, del Programa Estatal de Investigación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016. Bases reguladoras.

1. Objeto. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de las actuaciones incluidas en la AES, del Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad, integrado en el Plan Estatal I+D+i.
2. Ámbito material. 1. El ámbito de aplicación de estas bases reguladoras engloba la siguiente tipología de actuaciones contempladas en la misma, que se realizarán, en función de las disponibilidades presupuestarias, según el procedimiento que se regula en esta orden y en la correspondiente convocatoria:
a) En el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad y sus correspondientes subprogramas, se incluyen en la AES las siguientes actuaciones:
1.º Subprograma Estatal de Formación.
i. Formación de doctores en el campo de la Biomedicina y las Ciencias de la Salud.
ii. Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud con Formación Sanitaria Especializada en investigación biomédica, clínica y traslacional mediante Contratos «Río Hortega».
iii. Formación de personal técnico y de gestores de I+D+I en el campo de la investigación biomédica.
2.º Subprograma Estatal de Incorporación.
i. Contratación de doctores, incluyendo los siguientes tipos:
A) Contratos para la Incorporación de investigadores con una trayectoria de alto nivel de excelencia en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
B) Contratos «Miguel Servet» para la Incorporación de investigadores de trayectoria contrastada en los centros del SNS.
C) Contratos «Sara Borrell» para la incorporación de jóvenes doctores en los centros del SNS.
ii. Incorporación a los centros asistenciales del SNS de personal facultativo con experiencia investigadora.
iii. Incorporación de Especialistas con Formación Sanitaria Especializada, titulados universitarios y otro personal técnico de apoyo a la investigación en el SNS, incluidas las actividades de gestión de I+D+I en Biomedicina y Ciencias de la Salud.

3.º Subprograma Estatal de Movilidad.
i. Bolsas de ampliación de estudios para el personal asistencial e investigador del SNS, para el aprendizaje de técnicas, tecnologías o procedimientos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica del campo de la Biomedicina en instituciones nacionales o extranjeras.
ii. Ayudas para promover la movilidad inter e intra institucional, sectorial, nacional e internacional de los investigadores como parte integrante del desarrollo de la carrera del investigador biomédico en el SNS.
iii. Ayudas para la movilidad del personal técnico de apoyo a la investigación y del personal de gestión de la I+D+I en el SNS.

b) En el Programa Estatal de Fomento de la investigación científica y tecnológica de excelencia y los subprogramas que lo integran, la AES incluye las siguientes actuaciones:
1.º Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.
i. Programa estratégico de los institutos de investigación sanitaria acreditados.
ii. Fortalecimiento de estructuras de I+D+I en red, como estructuras sinérgicas estables de investigación científico-técnica, tecnológica y de innovación en el SNS.
iii. Actuaciones para la incentivación de la participación de centros del SNS en las actividades internacionales cooperativas.

2.º Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.
i. Proyectos integrados de excelencia en los institutos de investigación sanitaria acreditados.
ii. Proyectos de investigación en salud, en sus diferentes modalidades.
iii. Proyectos de investigación clínica no comercial.
iv. Acciones complementarias para la incentivación de las actividades de transferencia en el SNS.
v. Acciones de dinamización necesarias para atender a situaciones de política científica o tecnológica en el ámbito de la salud, de especial urgencia o interés.

3.º Subprograma Estatal de Infraestructuras Científicas y Técnicas y Equipamiento.
i. Ayudas para la adquisición y mantenimiento de infraestructuras y equipamientos científicos y tecnológicos en los centros del SNS.
ii. Actuaciones relativas a infraestructuras internacionales.

2. Las actuaciones objeto de la AES podrán incluir las de varios subprogramas o aquellas que, contempladas en el Plan Estatal I+D+i, pudieran ser necesarias para la consecución de sus fines. 
3. Objetivos y prioridades. 1. Las actuaciones reguladas en esta orden tienen como finalidad contribuir a fomentar la salud y el bienestar de la ciudadanía, así como a desarrollar los aspectos preventivos, diagnósticos, curativos, rehabilitadores y paliativos de la enfermedad, reforzando e incrementando para ello la competitividad internacional de la I+D+I del SNS y de las empresas relacionadas con el sector, con la vocación de situar a España en un escenario de vanguardia en el que la salud actúe como eje fundamental de desarrollo económico y social.
2. Para la consecución de los objetivos descritos, las prioridades temáticas científico-técnicas establecidas por el Reto en Salud, Cambio Demográfico y Bienestar y, por tanto, de la AES se concretan en:
a)
Las tecnologías ómicas y las de imagen médica como base instrumental sobre la cual impulsar una medicina personalizada basada sobre los perfiles del individuo y no sobre la enfermedad.
b) La investigación clínica y traslacional basada en la evidencia de los conocimientos científicos y tecnológicos.
c) Las ciencias robóticas y la nanotecnología como instrumentos de intervención en los procesos diagnósticos y de tratamiento en las enfermedades humanas.
d) El desarrollo de nuevas moléculas como armas terapéuticas en las patologías de alta prevalencia epidemiológica.
e) La descripción del interactoma humano y la disección de sus redes de conexión molecular como base etiológica de los procesos fisiopatológicos implicados en problemas de salud.
f) Las tecnologías de la información como eje vertebrador de un espacio global de e-health para el desarrollo de actividades de investigación en el área de la Epidemiología, la Salud Pública y los Servicios de Salud así como en el ámbito de la organización, la innovación en servicios y gestión del SNS.
g) La aplicación de la evidencia en la práctica clínica, en el ámbito de las estrategias del SNS. 
4. Beneficiarios. 1. A los efectos de esta orden, podrán acceder a la condición de beneficiarios:a) Las personas físicas.
b) Las siguientes personas jurídicas, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud:

1.º Los institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria y normas complementarias.
2.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial o sin ella: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores y unidades de la Administración sanitaria.
3.º Las entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS.
4.º Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
5.º Las universidades públicas, los institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
6.º Otros centros públicos de I+D, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica.
7.º Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
...
11. Formalización y presentación de solicitudes. Comunicaciones electrónicas. 1. La utilización de los medios electrónicos habilitados en la sede electrónica del ISCIII (https://sede.isciii.gob.es) será obligatoria tanto para la presentación de solicitudes y de la restante documentación que sea necesaria en las distintas actuaciones para la justificación y seguimiento de las subvenciones concedidas, así como para aquellos actos que se determinen e ...
n cada actuación.
3.  ... De acuerdo con lo indicado en el artículo 11.1, en el caso de las convocatorias que tengan como beneficiarios e interesados a personas físicas, las resoluciones provisionales y definitivas de admisión y concesión, así como las resoluciones de prórroga de anualidades anteriores, serán también publicadas en el tablón de anuncios de la Oficina de Información del ISCIII (avenida de Monforte de Lemos, 5, 28.029 Madrid), ...
5. El plazo de presentación de solicitudes y de la restante documentación requerida no podrá ser inferior a 15 días hábiles y se establecerá en la convocatoria, pudiendo ser diferente para cada una de las actuaciones contempladas en la misma.   ...

domingo, 24 de mayo de 2009

I convocatoria de ayudas específica para el Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada para el año 2009.

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Resolución de 14 de mayo de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la I convocatoria de ayudas específica para el Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada para el año 2009.
- 140 ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
- 99 ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Ministerio del Interior.
- 60 ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Fomento.
- 15 ayudas para participar en el curso organizado en colaboración con el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) del Ministerio de Ciencia e Innovación.
- 40 ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaría (INIA) del Ministerio de Ciencia e Innovación.
-30 ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España.
- 18 ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Ministerio de Defensa.
- 75 ayudas para participar en los cursos organizados en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial.
Objeto y finalidad.-1. El objeto de esta convocatoria es subvencionar la participación de técnicos de los organismos públicos iberoamericanos, u otros que realicen funciones de interés público, en los cursos que aparecen en el Anexo I de la presente convocatoria, durante el año 2009.
2. La finalidad es capacitar técnicamente a los recursos humanos de las instituciones públicas de cada uno de los países de Iberoamérica, en el marco de las prioridades horizontales del Plan Director de la Cooperación Española y de sus Prioridades Sectoriales, con el fin de contribuir a modernizar y fortalecer a las administraciones públicas y fomentar la mejor prestación de servicios públicos a los ciudadanos, así como de favorecer la inclusión y representación en las instituciones de grupos excluidos como mujeres o pueblos indígenas.
Requisitos del solicitante.- Haber cumplido la mayoría de edad.
Ser nacional de cualquiera de los siguientes países que configuran la región Iberoamericana (Argentina, Bolivia, Belice, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela), salvo para aquellos cursos en los que se restrinja parcialmente la participación.
Residir en el país en el que desempeña sus funciones.
Tener titulación adecuada y requerida, así como cumplir con los requisitos específicos del perfil de los solicitantes indicado para cada curso.
Desarrollar la actividad profesional en instituciones públicas, o que realicen funciones de interés público, en los países mencionados, en los ámbitos en que inciden los cursos ofertados.
Solicitar un máximo de dos ayudas por persona y año en el marco del Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada y no haber realizado con anterioridad el mismo curso al que se está postulando.
Tener conocimientos suficientes de español, en el caso de que éste no sea su lengua materna.
Tener pasaporte en vigor con validez suficiente para la realización del curso al que se opta.
Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.
Poseer aptitud psico-física para la realización del curso solicitado, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.
Disponer de los medios y capacidad suficiente para la realización de las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.
No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones («BOE» de 18-11-2003 España), recogidas en el Anexo II de la presente convocatoria, con excepción del apartado f) tal y como se establece en el artículo Tercero de la mencionada Orden de Bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de las subvenciones recibidas con anterioridad de la AECID, si las hubiera.

Presentación de solicitudes y plazos.–Los aspirantes a participar en alguno de los cursos que se ofertan en el Anexo I, deberán cumplimentar, enteramente en español y por vía telemática, la solicitud conformada en la página Web de la AECID: www.aecid.es/pifte , de forma completa y verídica, quedando posterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos.
Los plazos de presentación de solicitudes comenzarán al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizarán en la fecha indicada para cada curso en el Anexo I de esta convocatoria.

- ANEXO I -
Relación de cursos organizados en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
XX Curso Internacional de Especialización en Desarrollo Rural y Extensión Agraria. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
IV Curso Internacional sobre Cooperativismo Agrario. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.
IV Curso Internacional de Especialización en Desarrollo Rural. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.
XXI Curso Internacional de Técnicas de Riego y Gestión de Regadíos. . - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
XXIV Curso Superior Iberoamericano sobre Protección Contra Incendios Forestales. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
XVI Curso Superior Internacional de Restauración Hidrológico-Forestal, Control de la Erosión, Defensa contra la Desertificación y Manejo de Cuencas Hidrográficas. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de julio de 2009.
Cursos en colaboración con el Insti
tuto Geográfico Nacional del Ministerio de Fomento y la Universidad Politécnica de Madrid
Curso Avanzado de Sistemas de Posicionamiento por Satélite. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de julio de 2009 .
Curso de Infraestructuras de Datos Espaciales.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de julio de 2009.
Curso de Teledetección Aplicada a la Observación e Información Territorial. -
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.
Cursos organizado en colaboración con el Ministerio del Interior.
IX Curso de Gestión de Emergencias y Técnicas de Intervención y Salvamento en Catástrofes. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
XI Curso Superior sobre Protección del Medio Ambiente y del Patrimonio.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
II Curso de Prevención y Planificación de Riesgos Naturales y Tecnológicos. - El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
XX Curso de Observadores Policiales para Misiones de Mantenimiento
de la Paz de Naciones Unidas.- El
plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de julio de 2009.
Curso organizado en colaboración con el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) del Ministerio de Ciencia e Innovación
.

Curso Superior de Protección Radiológica.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
Relación de cursos organizados en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial, Programa Aula Iberoamericana
.
II Curso de Formación Judicial Superior. Una propuesta de justicia para el siglo XXI: Los retos de la integración jurídica y de los procesos civil y penal en el espacio judicial iberoamericano.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
Curso de Formación Judicial Especializada. Reflexiones sobre la formación de Jueces en Iberoamérica. -
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.
Curso de Formación Judicial Especializada. El nuevo Derecho Laboral y la Jurisdicción Social. -
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.
Relación de cursos organizados en colaboracion con el
Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria del Ministerio de Educación y Ciencia
VIII Curso Internacional en Tecnología de Productos Cárnicos del Centro de Tecnología de AlimentosIRTA. Monells (Girona).- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 29 de mayo de 2009.
II Curso Internacional sobre Gestión Forestal Sostenible.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.
Cursos organizados en colaboración con el
Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España y la Universidad Autónoma de Madrid
IX Curso Iberoamericano de Derecho Registral (CADRI).- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2009.
Cursos en colaboración con el Ministerio de Defensa
XVI Curso de Operaciones de Paz.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de julio de 2009.
ANEXO II - Declaración responsable