DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -BASES CONVOCATORIA SUBVENCIONES CONTROL CALIDAD DE AGUA CONSUMO HUMANO AÑO 2013 página 41
Bases de la Convocatoria de subvenciones a favor de Entidades Locales de la Provincia de Alicante para la realización durante el año 2013 de los controles de la calidad del agua de consumo humano a ejecutar por la Exma. Diputación Provincial de Alicante, cuyo tenor literal es el siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REALIZACIÓN DURANTE EL AÑO 2013 DE LOS CONTROLES DE LA CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO A EJECUTAR POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE.
Primera.- Actividad objeto de la subvención. Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión, durante el año 2013, de subvenciones para la realización de los controles de la calidad del agua de consumo humano definidos en el R.D. 140/2003, de 7 de febrero, a realizar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, y el control analítico anual de presencia de legionella en el agua del depósito de distribución de agua potable, según la recomendación establecida en el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, en el ejercicio de las competencias que le confieren los arts. 31 y 36 (en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre) en relación con los arts. 25 y 26 todos ellos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
No serán subvencionables los controles cuyo coste sea repercutido a los usuarios. Igualmente tampoco será subvencionable el segundo análisis de confirmación por incumplimiento tras la adopción de las medidas correctoras pertinentes.
Segunda.- Plazo de la convocatoria. La presente convocatoria tiene carácter abierto. El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente al de la publicación en el B.O.P. de Alicante de la presentes bases, hasta el 31 de marzo de 2013.
Tercera.- Entidades beneficiarias. Ayuntamientos de municipios de la provincia de Alicante, con población de derecho inferior a 10.000 habitantes y con gestión por la propia Entidad Local del servicio de suministro de agua potable (artículo 85.2.A.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local).
Cuarta.- Importe de la subvención. La presente Convocatoria es objeto de tramitación anticipada, quedando el total de subvenciones a otorgar a través del presente procedimiento limitado por la cantidad estimada de 172.000.- €, operando como límite global el crédito que inicialmente se consigne en la partida correspondiente del Presupuesto provincial para el ejercicio 2013, ello sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
El coste de la actividad se subvencionará al 100%.
El coste de cada actuación será definido por el Departamento del Ciclo Hídrico en función de los controles necesarios en cada Municipio.
Al tratarse de una subvención en especie, la contratación y el abono del servicio será realizado por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
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BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REALIZACIÓN DURANTE EL AÑO 2013 DE LOS CONTROLES DE LA CALIDAD DEL AGUA DE CONSUMO HUMANO A EJECUTAR POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE.
Primera.- Actividad objeto de la subvención. Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión, durante el año 2013, de subvenciones para la realización de los controles de la calidad del agua de consumo humano definidos en el R.D. 140/2003, de 7 de febrero, a realizar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, y el control analítico anual de presencia de legionella en el agua del depósito de distribución de agua potable, según la recomendación establecida en el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, en el ejercicio de las competencias que le confieren los arts. 31 y 36 (en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre) en relación con los arts. 25 y 26 todos ellos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
No serán subvencionables los controles cuyo coste sea repercutido a los usuarios. Igualmente tampoco será subvencionable el segundo análisis de confirmación por incumplimiento tras la adopción de las medidas correctoras pertinentes.
Segunda.- Plazo de la convocatoria. La presente convocatoria tiene carácter abierto. El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente al de la publicación en el B.O.P. de Alicante de la presentes bases, hasta el 31 de marzo de 2013.
Tercera.- Entidades beneficiarias. Ayuntamientos de municipios de la provincia de Alicante, con población de derecho inferior a 10.000 habitantes y con gestión por la propia Entidad Local del servicio de suministro de agua potable (artículo 85.2.A.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local).
Cuarta.- Importe de la subvención. La presente Convocatoria es objeto de tramitación anticipada, quedando el total de subvenciones a otorgar a través del presente procedimiento limitado por la cantidad estimada de 172.000.- €, operando como límite global el crédito que inicialmente se consigne en la partida correspondiente del Presupuesto provincial para el ejercicio 2013, ello sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
El coste de la actividad se subvencionará al 100%.
El coste de cada actuación será definido por el Departamento del Ciclo Hídrico en función de los controles necesarios en cada Municipio.
Al tratarse de una subvención en especie, la contratación y el abono del servicio será realizado por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
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