Excelentísima Diputación Provincial de Valencia - Asesoramiento de los Municipios. Anuncio
de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre
convocatoria de becas y bases para licenciados en Derecho para la
Delegación de Asesoramiento Municipal, en concreto el Servicio de
Defensa en Juicio de las Entidades Locales.
ANUNCIO
CONVOCATORIA DE BECAS DE COLABORACIÓN PARA LA DELEGACIÓN DE ASESORAMIENTO MUNICIPAL.Para el año 2013 la Diputación de Valencia convoca 1 beca de Colaboración de Licenciados en Derecho:
DOTACIÓN ECONÓMICA .- Las Becas se dotan con 750 euros mensuales, y la finalización de disfrute será el 31 de diciembre de 2013, pudiéndose ser prorrogada con una antelación de 2 meses en hasta otros 12 meses como máximo, desde 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2014 y ajustándose en todo caso a que haya consignación presupuestaria al efecto, fijándose una permanencia en los lugares de realización de los trabajos de 9 a 14 horas de lunes a viernes, salvo que por razones del Servicio se establezca otro horario.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS .- Las peticiones se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación de Valencia, haciendo constar que cumplen los requisitos del artículo 3º de las Bases aprobadas por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia en fecha: 18 de diciembre de 2012 y se acompañarán los documentos acreditativos de los méritos alegados.
PLAZO DE PRESENTACIÓN .- El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el B.O.P.{del 26 de enero al 14 de febrero de 2013, a.i.}
Las Bases que regulan las características de las plazas, méritos, funciones y demás extremos de la convocatoria pueden ser consultadas por los aspirantes en esta Diputación Provincial.
BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE COLABORACIÓN EN LA DELEGACIÓN DE ASESORAMIENTO Y ASISTENCIA A LOS MUNICIPIOS
Exposición de motivos. Dentro de las competencias que tiene atribuidas la Diputación de Valencia en la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, se encuentran las de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, que se viene llevando a cabo a través de los servicios que prestan el asesoramiento y asistencia a municipios de la Provincia.
Algunas de las tareas propias de esa asistencia y cooperación son las que consisten en contribuir a la formación práctica de personal para que adquiera la capacidad adecuada para servir a los entes locales de la provincia y las de facilitar estudios e investigaciones que contribuyan a la mejora del ámbito local.
En este sentido, se considera como un medio adecuado de conseguir estos objetivos concretos realizar una oferta de becas dirigidas al colectivo de licenciados que necesiten una formación de tipo práctico para incorporarse al mundo laboral.
Considerando la necesidad de articular el objeto, adjudicación y régimen de estas becas de prácticas, estudio y colaboración, se propone arbitrar su regulación del modo siguiente:
Artículo 1º.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria adjudicar, previa selección, a las personas que reúnan los requisitos que se establecen en la misma, la beca de prácticas, estudio y colaboración que por la Delegación de Asesoramiento y Asistencia a los Municipios de la Diputación de Valencia se oferta para su desarrollo en el Servicio de Defensa en Juicio de las Entidades Locales.
Artículo 2º.- Sistema de adjudicación. La beca objeto de esta convocatoria se adjudicarán por convocatoria pública y valoración de méritos y conocimientos, sin perjuicio de que el Tribunal, si lo considera oportuno pueda celebrar una entrevista con los aspirantes, con la finalidad de completar y mejorar su evaluación.
Artículo 3º.- Requisitos de los peticionarios.
a) Estar en posesión del título requerido para cada especialidad de beca, con una antigüedad menor a cinco años a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
b) Poseer la nacionalidad española, o la de un Estado miembro de la Unión europea en los términos previstos en la legislación vigente.
c) Ser mayor de edad.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
Artículo 4º.- Solicitudes y plazo de su presentación. Las peticiones se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Valencia (Delegación de Asesoramiento y Asistencia a los Municipios), Plaza de Manises, 4 (46003-Valencia), en la que se hará constar que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 3º, acompañando los documentos acreditativos de todos y cada uno de los méritos alegados, mediante copia debidamente cotejada en el Registro de Entrada de esta Corporación. A tal fin se podrán establecer modelos normalizados de solicitud.
El plazo de presentación de las instancias será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria de becas en el Boletín Oficial de la Provincia..{del 26 de enero al 14 de febrero de 2013, a.i.}
Artículo 7º.- Actividades a desarrollar por los becarios. El/la
becario/a realizará prácticas en materias de su especialidad en
colaboración con el personal integrado en el Servicio de Defensa en
Juicio de las Entidades Locales, en la especialidad a que se refiere la
convocatoria, sin perjuicio de que puedan encomendárseles otras tareas,
estudios o investigaciones concretas.
Las actividades objeto de la beca las realizarán en las dependencias provinciales o desplazándose a Municipios.
Al finalizar el período de vigencia de la beca, el Diputado-Delegado de Asesoramiento y Asistencia a los Municipios podrá exigir al becario que elabore una memoria de las actividades realizadas, siguiendo para ello las directrices que se le indiquen.
Artículo 8º.- Duración y horario. La beca tendrán una duración desde la fecha de adjudicación y efectos que no podrá ser antes del 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, pudiéndose ser prorrogada hasta otros 12 meses como máximo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2014 realizándose dicha prórroga con una antelación de 2 meses y ajustándose en todo caso a que haya consignación presupuestaria al efecto, fijándose una permanencia en los lugares de realización de los trabajos de 9 a 14 horas de lunes a viernes, salvo que por razones del Servicio se establezca otro horario.
Artículo 9º.- Beca a adjudicar, cuantía y justificación. Se oferta la siguiente beca:
1 para Licenciados en Derecho.
La dotación de la beca, será de 750 euros brutos mensuales, cantidad de la cual se detraerá tanto el IRPF como la Seguridad Social.
Los pagos se harán efectivos por cada mes natural.
Las actividades objeto de la beca las realizarán en las dependencias provinciales o desplazándose a Municipios.
Al finalizar el período de vigencia de la beca, el Diputado-Delegado de Asesoramiento y Asistencia a los Municipios podrá exigir al becario que elabore una memoria de las actividades realizadas, siguiendo para ello las directrices que se le indiquen.
Artículo 8º.- Duración y horario. La beca tendrán una duración desde la fecha de adjudicación y efectos que no podrá ser antes del 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, pudiéndose ser prorrogada hasta otros 12 meses como máximo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2014 realizándose dicha prórroga con una antelación de 2 meses y ajustándose en todo caso a que haya consignación presupuestaria al efecto, fijándose una permanencia en los lugares de realización de los trabajos de 9 a 14 horas de lunes a viernes, salvo que por razones del Servicio se establezca otro horario.
Artículo 9º.- Beca a adjudicar, cuantía y justificación. Se oferta la siguiente beca:
1 para Licenciados en Derecho.
La dotación de la beca, será de 750 euros brutos mensuales, cantidad de la cual se detraerá tanto el IRPF como la Seguridad Social.
Los pagos se harán efectivos por cada mes natural.
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