viernes, 21 de julio de 2017

1 Agente de Igualdad en el Ayuntamiento de Mislata (L'Horta-València)

EDICTO
Aprobadas por Resolución de la Alcaldía de fecha 5 de julio de 2017, bases específicas para la constitución de una bolsa de trabajo para ocupar con carácter temporal, el puesto de Agente de Igualdad, como funcionario/a interino/a del Ayuntamiento de Mislata, por la presente se hace público dichas bases:
BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL DE AGENTES DE IGUALDAD.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA 1. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de trabajo para el nombramiento como funcionario/a interino/a para ocupar, con carácter temporal, el puesto de Agente de Igualdad en el Ayuntamiento de Mislata. En la actualidad se enmarcan dentro del Programa 323010 “Igualdad de Género” previsto en los Presupuestos Generales de la Generalitat Valenciana 2017, “Red de Agentes de Igualdad”, mediante la línea de subvención nominativa S5159000, siendo por lo tanto puestos interinos por programa.
2. El objetivo del programa es la adopción sistemática de acciones dirigidas a gestionar los obligaciones previstas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo de 2007 para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
3. La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición entrevista.
4. Las presentes bases se expondrán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página Web del Ayuntamiento.
5. El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en las pruebas selectivas de esta convocatoria será necesario:
Estar en posesión del título de diplomatura universitaria, licenciatura o Grado y/o máster en género y/o políticas de igualdad emitido por una Universidad o una formación mínima de 250 horas en perspectiva de género y políticas de igualdad de oportunidades, en un mismo curso y certificada por organismo público (Requisito de la Dirección general del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género) o en condiciones de obtenerlo antes de la fecha en que acabe el plazo de presentación de instancias, en todo caso, las equivalencias tendrán que ser aportadas por el aspirante, mediante certificación expedida a este efecto por la Administración competente en cada caso.
TERCERA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las instancias solicitando tomar parte en la selección, se presentarán, en modelo oficial incluido en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP. {del 21 al 31 de julio de 2017, a.i.} Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. El procedimiento de solicitud telemática, se realizará en conformidad con las instrucciones del anexo I de las Bases Generales
Los solicitantes manifestarán en sus instancias:
1. Que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, referidas a la fecha en que acabe el plazo de presentación de instancias.
2. La relación concreta y numerada de méritos a valorar, acompañada de formulario de autobaremación y de la copia de los documentos que los acreditan. La no presentación de los dichos documentos durante el plazo de presentación de instancias, provocará la no valoración de los mismos.
3. Un teléfono en qué puedan ser localizados en horario por la mañana.
La instancia tendrá que ir acompañada de los documentos siguientes:
- Fotocopia del DNI, o del pasaporte, o tarjeta de residencia.
- Fotocopia compulsada de la titulación exigida o resguardo del pago de tasas para su expedición.
- Formulario de autobaremación.
- Fotocopia compulsada de toda la documentación acreditativa de los méritos alegados.
En el caso de presentar la solicitud en registro diferente del Ayuntamiento, es recomendable que el o la solicitante, envíe el mismo día o dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes, un mail a regimeninterior@mislata.es adjuntando la copia registrada con la fecha y modo de remisión de la documentación exigida en la convocatoria.
NOTA. Las persones aspirantes tendrán que aportar en el momento de la presentación de instancias y durante el plazo otorgado, todos los documentos que acreditan los méritos que serán objeto de valoración en el presente proceso selectivo, no admitiéndose otros méritos aportados después de la finalización del plazo de presentación de instancias.

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