jueves, 6 de julio de 2017

17 ayudas de formación para jóvenes investigadores titulados universitarios superiores en el marco del Máster Universitario Oficial en Derecho Constitucional. CEPC- Centro de Estudios Políticos y Constitucionales

BDNS(Identif.):353559.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (www.cepc.gob.es).
Primero. Beneficiarios: Jóvenes titulados universitarios superiores, que cumplan con los requisitos de la base Cuarta de la convocatoria.
Segundo. Objeto: Convocar un máximo de 17 ayudas para realizar el Máster Universitario Oficial en Derecho Constitucional.
Tercero. Bases Reguladoras: Orden PRE/1982/2010, de 15 de julio (BOE Nº 177, de 22, de julio de 2010), por la que de aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de ayudas o becas de formación para jóvenes titulados universitarios superiores en Derecho Constitucional, Ciencia Política y otra áreas de interés para el Organismo.
Cuarto. Cuantía: El importe total de las ayudas es de 159.552,93 euros
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y terminará el décimo día hábil a las 14:00 horas de Madrid. {del 7 al 20 de julio de 2017, a.i.}
Sexto. Otros datos:
Presentación de solicitudes: Las solicitudes, dirigidas al Director General del Centro de Esstudios Políticos y Constitucionales,se presentarán en:
El Registro General del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Plaza de la Marina Española 9, 28071 Madrid) en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
En la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según se establece en la Base Octava de la convocatoria.
La documentación a aportar se encuentra reflejada en la Base Octava de la convocatoria.

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