“Bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de Auxiliares de Administración General, mediante el sistema de oposición.
INDICE
Base Primera. Regulación aplicable
Base Segunda. Objeto de la convocatoria. Sistema de selección. Funciones a desempeñar.
INDICE
Base Primera. Regulación aplicable
Base Segunda. Objeto de la convocatoria. Sistema de selección. Funciones a desempeñar.
- Es objeto de la presente convocatoria la constitución, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, de una bolsa de trabajo de auxiliares de administración General, escala administración general, grupo clasificación C subgrupo C2, de los establecidos en el art. 76 RD 5/2015 TREBEP, complemento de destino 15 y demás emolumentos que correspondan según la
legislación vigente.
- Las retribuciones del puesto de trabajo serán las legales señaladas en el presupuesto municipal vigente, y de acuerdo a la RPT del Ayuntamiento del Campello.
- Las funciones a desempeñar serán las previstas en la RPT del Ayuntamiento de El Campello para los puestos de auxiliares de administración General con las tareas especificas del servicio de destino, consistiendo principalmente y con carácter general en la realización de tareas administrativas de acuerdo con las instrucciones recibidas de sus superiores y conforme a las normas existentes, así como la formalización, información y seguimiento de los trámites de los expedientes administrativos, además de las tareas consistentes en operaciones aritméticas y similares y el manejo de herramientas informáticas de ofimática dentro de la unidad administrativa a la que figura adscrito.
Base Tercera. Condiciones de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento del nombramiento como funcionarios interinos o de la contratación laboral además de los requisitos que se indican en las bases generales de selección del Ayuntamiento de El Campello, los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del Título académico de Graduado en Enseñanza Secundaria obligatoria (ESO), de Técnico (LOGSE), de Bachiller elemental, de formación profesional de primer grado, de Educación General Básica de Graduado Escolar o las titulaciones equivalentes, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
- En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se debe estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. La convalidación u homologación de los títulos deberá ser debidamente acreditada por los aspirantes mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
- Las titulaciones oficiales académicas que se presenten por los aspirantes, deberán ir acompañadas, en su caso, de la equivalencia de títulos declarada por la autoridad académica competente (Ministerio de Educación u organismo competente)
Base Cuarta. Instancias y Derechos de examen
legislación vigente.
- Las retribuciones del puesto de trabajo serán las legales señaladas en el presupuesto municipal vigente, y de acuerdo a la RPT del Ayuntamiento del Campello.
- Las funciones a desempeñar serán las previstas en la RPT del Ayuntamiento de El Campello para los puestos de auxiliares de administración General con las tareas especificas del servicio de destino, consistiendo principalmente y con carácter general en la realización de tareas administrativas de acuerdo con las instrucciones recibidas de sus superiores y conforme a las normas existentes, así como la formalización, información y seguimiento de los trámites de los expedientes administrativos, además de las tareas consistentes en operaciones aritméticas y similares y el manejo de herramientas informáticas de ofimática dentro de la unidad administrativa a la que figura adscrito.
Base Tercera. Condiciones de los aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento del nombramiento como funcionarios interinos o de la contratación laboral además de los requisitos que se indican en las bases generales de selección del Ayuntamiento de El Campello, los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del Título académico de Graduado en Enseñanza Secundaria obligatoria (ESO), de Técnico (LOGSE), de Bachiller elemental, de formación profesional de primer grado, de Educación General Básica de Graduado Escolar o las titulaciones equivalentes, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
- En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se debe estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. La convalidación u homologación de los títulos deberá ser debidamente acreditada por los aspirantes mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
- Las titulaciones oficiales académicas que se presenten por los aspirantes, deberán ir acompañadas, en su caso, de la equivalencia de títulos declarada por la autoridad académica competente (Ministerio de Educación u organismo competente)
Base Cuarta. Instancias y Derechos de examen
A. Requisitos de las instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán ajustarse a lo siguiente:
- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Campello, presentándose en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (LPACAP), pudiéndose utilizar la instancia modelo facilitada por el Servicio de Recursos Humanos y/o Registro General, y que se hará pública a través de los medios electrónicos que disponga el Ayuntamiento.
- Las instancias solicitando formar parte del proceso selectivo deberán estar debidamente cumplimentadas y reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (LPACAP), así como lo establecido en el artículo 69 del mismo texto, debiéndose manifestar inequívocamente por los/as aspirantes que reúnen todas y cada uno de los requisitos de admisión establecidos en la base segunda referidos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias, así como que se dispone de la documentación original que así lo acredita y que la pondrá a disposición de la
Administración cuando le sea requerida por la misma. Dicha manifestación expresa será suficiente para ser admitido en las pruebas selectivas
- Además con la instancia los aspirantes deberán manifestar el consentimiento expreso para que el Ayuntamiento de El Campello realice las publicaciones de los datos personales de los aspirantes en las pruebas que se celebren y anuncios relacionados con el proceso, y ello con independencia del deber de secreto del personal que tenga acceso a los datos personales de los mismos y cualquier trámite del proceso selectivo.
- En el supuesto de aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, detallando el órgano competente que acredita la discapacidad, el tipo y la graduación de la misma, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medio necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de participantes.
- Para ser admitido en el proceso se deberá haber ingresado los derechos de examen, siendo una tasa por importe de 10,30 euros, en la cuenta número ES53 0487 0482 31 9060000013 del Banco Mare Nostrum, y de conformidad con la ordenanza fiscal que lo regula, mediante ingreso bancario, debiendo hacer constar el puesto al que se aspira y/o la convocatoria, además del nombre completo y D.N.I.
B. Documentación obligatoria. - En cuanto a la documentación exigida en estas bases específicas o en las bases generales de selección del Ayuntamiento de El Campello sólo será aportada en el momento que lo requiera la administración, y siempre antes del nombramiento o contratación. En la instancia deberá hacerse constar expresamente que se dispone de la documentación original que acredite el cumplimiento de las condiciones para participar y que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida. Dicha manifestación expresa será suficiente para ser admitido en las pruebas selectivas
C. Otras cuestiones de relevancia referidas a las instancias. ...
D. Plazo de presentación de instancias. El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP [Alacant-Nº 131 de 11/07/2017] de la convocatoria y de las bases específicas. En el supuesto de que el último día del plazo de instancias sea inhábil (sábados, domingos o festivos) se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.{del 12 al 21 de julio de 2017, a.i.}
Dicho anuncio podrá consultarse en el tablón electrónico del Ayuntamiento, y a ser posible, en la página web y/o los medios electrónicos de que se disponga.
E. Publicaciones de anuncios de la convocatoria. Las listas de los aspirantes admitidos/incluidos, y posteriores anuncios del proceso selectivo serán publicadas en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica (y a ser posible, en el resto de medios electrónicos de que disponga el Ayuntamiento).
www.elcampello.es - https://elcampello.sedelectronica.es
- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Campello, presentándose en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (LPACAP), pudiéndose utilizar la instancia modelo facilitada por el Servicio de Recursos Humanos y/o Registro General, y que se hará pública a través de los medios electrónicos que disponga el Ayuntamiento.
- Las instancias solicitando formar parte del proceso selectivo deberán estar debidamente cumplimentadas y reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas (LPACAP), así como lo establecido en el artículo 69 del mismo texto, debiéndose manifestar inequívocamente por los/as aspirantes que reúnen todas y cada uno de los requisitos de admisión establecidos en la base segunda referidos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias, así como que se dispone de la documentación original que así lo acredita y que la pondrá a disposición de la
Administración cuando le sea requerida por la misma. Dicha manifestación expresa será suficiente para ser admitido en las pruebas selectivas
- Además con la instancia los aspirantes deberán manifestar el consentimiento expreso para que el Ayuntamiento de El Campello realice las publicaciones de los datos personales de los aspirantes en las pruebas que se celebren y anuncios relacionados con el proceso, y ello con independencia del deber de secreto del personal que tenga acceso a los datos personales de los mismos y cualquier trámite del proceso selectivo.
- En el supuesto de aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud, detallando el órgano competente que acredita la discapacidad, el tipo y la graduación de la misma, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medio necesarios para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de participantes.
- Para ser admitido en el proceso se deberá haber ingresado los derechos de examen, siendo una tasa por importe de 10,30 euros, en la cuenta número ES53 0487 0482 31 9060000013 del Banco Mare Nostrum, y de conformidad con la ordenanza fiscal que lo regula, mediante ingreso bancario, debiendo hacer constar el puesto al que se aspira y/o la convocatoria, además del nombre completo y D.N.I.
B. Documentación obligatoria. - En cuanto a la documentación exigida en estas bases específicas o en las bases generales de selección del Ayuntamiento de El Campello sólo será aportada en el momento que lo requiera la administración, y siempre antes del nombramiento o contratación. En la instancia deberá hacerse constar expresamente que se dispone de la documentación original que acredite el cumplimiento de las condiciones para participar y que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida. Dicha manifestación expresa será suficiente para ser admitido en las pruebas selectivas
C. Otras cuestiones de relevancia referidas a las instancias. ...
D. Plazo de presentación de instancias. El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP [Alacant-Nº 131 de 11/07/2017] de la convocatoria y de las bases específicas. En el supuesto de que el último día del plazo de instancias sea inhábil (sábados, domingos o festivos) se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.{del 12 al 21 de julio de 2017, a.i.}
Dicho anuncio podrá consultarse en el tablón electrónico del Ayuntamiento, y a ser posible, en la página web y/o los medios electrónicos de que se disponga.
E. Publicaciones de anuncios de la convocatoria. Las listas de los aspirantes admitidos/incluidos, y posteriores anuncios del proceso selectivo serán publicadas en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica (y a ser posible, en el resto de medios electrónicos de que disponga el Ayuntamiento).
www.elcampello.es - https://elcampello.sedelectronica.es
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