viernes, 14 de julio de 2017

Exámenes para la obtención y renovación de los certificados de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril

El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril o por vía navegable, ha impuesto a las empresas que transporten mercancías peligrosas por estos medios o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos, un consejero de seguridad, que deberá haber superado los exámenes regulados por la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
Según dispone el artículo 5 de la citada orden ministerial, el certificado tendrá una validez de cinco años y se renovará por períodos de cinco años si, durante el último año anterior a la expiración del certificado, su titular supera una prueba de control.
https://i0.wp.com/zisa.es/wp-content/uploads/2017/02/MADRID-RID.png?ssl=1Primera. Ámbito de la convocatoria. Se convocan, en el ámbito territorial de todo el Estado español, exámenes para las modalidades:
Global (todas las especialidades).
Especialidades:
Clase 1 (materias y objetos explosivos).
Clase 2 (gases).
Clase 7 (materias radioactivas).
Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8. y 9. (materias sólidas y líquidas contenidas en el RID.
Materias líquidas inflamables con números ONU 1202, 1203, 1223, 3475, y el carburante de aviación clasificado bajo los números ONU 1268 ó 1863.
Segunda. Exámenes para la obtención del certificado. Las modalidades de exámenes, su estructura y forma de calificación serán las establecidas en la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
Tercera. Prueba para la renovación del certificado. La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá solamente en la realización de la primera de las pruebas establecidas en el artículo 2 de la citada Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, y en las mismas condiciones que las requeridas para el examen de acceso.
Cuarta. Requisitos de los aspirantes. Para participar en la prueba de control para la renovación del certificado será preciso, que el certificado a renovar esté en vigor y dentro de su último año de validez, el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En caso contrario, la solicitud para tomar parte en la misma deberá estar referida a los exámenes para la obtención de un nuevo certificado de consejero de seguridad.
Así mismo los aspirantes que tengan en vigor el certificado en la especialidad de global, no podrán solicitar la obtención o renovación de los certificados correspondientes a cualquiera de las especialidades previstas en la base primera de esta convocatoria.
Quinta. Solicitudes. La solicitud para tomar parte en los exámenes de esta convocatoria, debidamente cumplimentada de conformidad con el modelo adjunto a esta resolución, se dirigirá a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, sita en la plaza de los Sagrados Corazones, número 7, 28036 Madrid, en el plazo de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 15 de julio al 14* de agosto de 2017, a.i.}
La solicitud deberá acompañarse de una fotocopia del documento nacional de identidad, y en el caso de renovación del certificado, además se adjuntará una fotocopia del mismo.
En el supuesto de que se indique en la solicitud para la obtención del certificado más de una especialidad, o se presente más de una solicitud para la misma convocatoria, se entenderá que la opción elegida es la de la modalidad global, para todas las especialidades.
Sexta. Admisión de aspirantes. Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión y la hará pública en su tablón de anuncios, así como en la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (www.seguridadferroviaria.es).
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la exposición de tal resolución, para subsanar el defecto observado.
Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria dictará resolución declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión y las hará públicas en su tablón de anuncios, así como en la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (www.seguridadferroviaria.es).
Séptima. Lugar, fecha y hora de realización de los exámenes. El lugar de realización de los exámenes se indicará en la resolución por la que se aprueben la lista definitiva de admitidos. La fecha de realización de los exámenes será el martes día 3 de octubre de 2017 a las 11:00 horas.

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