martes, 29 de enero de 2019

bases de subvenciones por la Fundación Biodiversidad, para la realización de proyectos del Programa Empleaverde, y del Programa Pleamar.

Primero. Aprobar las bases reguladoras y la convocatorias de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la realización de proyectos del Programa empleaverde cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del Programa Operativo Empleo, Formación y Educación 2014-2020, que figuran como anexo I a esta resolución.
Segundo. Aprobar las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por parte de la Fundación Biodiversidad, para el fomento e impulso de la sostenibilidad pesquera y acuícola, en el marco del Programa pleamar, cofinanciado por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), que figuran como anexo II a esta resolución.
ANEXO I
Resultado de imagen de Programa empleaverde, Programa pleamar,Bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos del Programa Empleaverde cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE) en el marco del Programa Operativo Empleo, Formación y Educación 2014-2020
1. Entidad convocante. La Fundación Biodiversidad (en adelante FB) es una fundación del sector público del Ministerio para la Transición Ecológica de las previstas en el artículo 84.1 e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, constituida en escritura pública de 22 de diciembre de 1998 e inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 1AGR, con domicilio en Madrid, y C.I.F. N° G-82207671.
De acuerdo a lo dispuesto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Fundación Biodiversidad dispone de la autorización expresa de 4 de febrero de 2016 para conceder subvenciones.
3. Objeto. El objeto de estas bases es establecer las normas que regirán la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa empleaverde gestionado por la FB, en el marco de su labor como Organismo Intermedio del FSE, del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación (POEFE).
El Programa empleaverde es la iniciativa de la FB para la mejora del empleo y el medio ambiente. Su objetivo es crear empleo, aumentar las competencias y la cualificación de los trabajadores y apoyar la creación y consolidación de empresas en la economía verde y azul.
El Programa empleaverde tiene como destinatarios de las acciones a desempleados, trabajadores y emprendedores.
La FB podrá publicar de forma periódica convocatorias de subvenciones encaminadas al desarrollo de acciones para la creación de empleo, la adaptación de los trabajadores a las nuevas exigencias del mercado de trabajo y al fomento del emprendimiento y la consolidación de empresas, acciones de transnacionalidad para el aprendizaje mutuo entre Estados miembros de la UE y acciones de innovación social.
Concretamente estas bases reguladoras se centran en la consecución de los objetivos establecidos en las prioridades de inversión 8.1, 8.3 y 8.5 del POEFE en el marco del Eje 1 «Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral», del Eje 6 «Innovación Social» y del Eje 7 «Cooperación Transnacional»:
– Prioridad de Inversión 8.1: Facilitar el acceso al empleo a los demandantes de empleo y personas inactivas, incluidos los desempleados de larga duración y personas alejadas del mercado laboral, así como las iniciativas de empleo locales y el fomento de la movilidad laboral.
– Prioridad de Inversión 8.3: Promover el trabajo por cuenta propia, el espíritu emprendedor y la creación de empresas, incluidas la microempresas y las pequeñas y medianas empresas innovadoras.
– Prioridad de Inversión 8.5: Promover la adaptación de los trabajadores, las empresas y el empresariado al cambio.
Las convocatorias podrán contener una o varias líneas de subvención diferenciadas. En cada una de las convocatorias que se publiquen, se establecerán las tipologías concretas de acciones y, en su caso, temáticas a ejecutar por los proyectos para la consecución de los objetivos planteados.
El plazo de ejecución de los proyectos se establecerá en cada una de las convocatorias que se publiquen en el marco de estas bases reguladoras.
Las acciones serán gratuitas para los participantes, no pudiéndose cobrar cantidad alguna por ningún concepto ni por su participación en las mismas. Asimismo no se podrá cobrar cantidad alguna por el material publicable elaborado en el marco de los proyectos empleaverde, ni aun cuando los proyectos hayan finalizado. Los informes y resultados derivados de los proyectos deberán tener siempre carácter público.
Resultado de imagen de Programa empleaverde, Programa pleamar,ANEXO II
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por parte de la Fundación Biodiversidad, para el fomento e impulso de la sostenibilidad pesquera y acuícola, en el marco del Programa pleamar, cofinanciado por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP)
1. Entidad convocante. La Fundación Biodiversidad F.S.P (en adelante FB), fundación del sector público del Ministerio para la Transición Ecológica de las previstas en el art. 84.1 e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, constituida en escritura pública de 22 de diciembre de 1998 e inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal con el número 1AGR, con domicilio en Madrid, y C.I.F. núm. G-82207671.
De acuerdo a lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Fundación Biodiversidad dispone de la autorización expresa de 4 febrero de 2016 para conceder subvenciones.
3. Objeto. El objeto de estas bases es establecer las normas que regirán la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa pleamar, gestionado por la FB, en el marco de su labor como Organismo Intermedio de Gestión (en adelante OIG) del FEMP, tal y como se recoge en el Programa Operativo (en adelante PO) Español del FEMP para el periodo 2014-2020.
El Programa pleamar es una iniciativa de la FB para el refuerzo de la sostenibilidad del sector pesquero y acuícola español en el marco del PO del FEMP 2014-2020.
Su objetivo, con carácter general, es impulsar a través de convocatorias de subvenciones periódicas, proyectos innovadores orientados a la protección y recuperación de la biodiversidad marina, la recogida de basuras del mar, la mejora del conocimiento y la gestión de las zonas marinas protegidas españolas, la reducción de las capturas accesorias y el aprovechamiento de los descartes, el apoyo a la acuicultura sostenible, el asesoramiento en materia ambiental, y el refuerzo de la colaboración entre la comunidad científica y el sector pesquero, entre otros.
La FB ejecutará los fondos asignados a través de la financiación de proyectos orientados, entre otras posibles que puedan incluirse en las convocatorias, a las siguientes medidas:
1. Innovación medioambiental. Desarrollar o introducir nuevos conocimientos técnicos, científicos u organizativos en las actividades pesqueras y acuícolas, orientadas a reducir sus efectos en el medio ambiente. En el ámbito pesquero se perseguirá específicamente la eliminación de los descartes y de las capturas accesorias (artículos 39 y 47 del RFEMP).
2. Asesoramiento profesional. Apoyar la obtención de servicios de asesoramiento profesional sobre sostenibilidad medioambiental o sobre estrategias empresariales y comerciales (artículos 27 y 49 del RFEMP).
3. Creación y mantenimiento de redes y acciones de transferencia. Reforzar y potenciar el trabajo en red, fomentando la generación de sinergias, la transferencia e intercambio de los resultados de la I+D+i y las buenas prácticas (artículos 28 y 50 del RFEMP).
4. Recogida, tratamiento y valorización de residuos. Mejorar la gestión de los residuos que afectan al sector pesquero y acuícola; y reducir la cantidad de residuos existentes en los ríos y zonas fluviales, las zonas costeras y el mar, contribuyendo a una mejor conservación de los recursos biológicos marinos, y al mantenimiento y recuperación de la biodiversidad (artículos 39 y 40 del RFEMP).
5. Áreas protegidas. Reforzar el papel de las áreas marinas protegidas en el mantenimiento y potenciación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos, a través de la gestión, recuperación y seguimiento (artículo 40 del RFEMP).
6. Comunicación y sensibilización ambiental con participación de pescadores. Sensibilizar a la sociedad en su conjunto y a colectivos específicos de interés acerca de la importancia de proteger y recuperar la biodiversidad marina a través del fomento de unas actividades y productos pesqueros y acuícolas sostenibles (artículos 40 y 68 del RFEMP).
7. Prestación de servicios medioambientales por el sector acuícola. Apoyar la conservación de especies de interés a través de la reproducción ex situ (artículo 54 b) del RFEMP).
8. Certificación y promoción. Fomentar la certificación y promoción de productos de la pesca y la acuicultura sostenibles y obtener mejoras ambientales en la presentación, el envasado y la comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas (artículo 68 del RFEMP).
Las convocatorias podrán tener una o más medidas o ejes de ayudas diferenciadas. La duración de los proyectos se determinará en cada una de las convocatorias. Las acciones serán gratuitas para los destinatarios no pudiéndose cobrar cantidad alguna, en ningún concepto, por la participación en las mismas. Los informes y resultados derivados de los proyectos deberán tener siempre carácter público.
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... 7. ... Las Bases Reguladoras serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» («BOE»). Las convocatorias se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, quien remitirá el extracto de las mismas al «BOE», y en la página web de la FB (www.fundacion-biodiversidad.es).

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