Resolución de 12 de diciembre de 2018, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se convocan exámenes de aptitud acreditativos de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y del conocimiento del Derecho español para el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial a ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
1. Normas generales. 1.1 Se convoca examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial.
1.2 Asimismo, se convoca el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español para el ejercicio en España de la profesión de Agente de la Propiedad Industrial por parte de profesionales de un Estado miembro de la Unión Europea y otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo con título obtenido en alguno de dichos Estados.
1.3 Los exámenes de ambas convocatorias se celebrarán en Madrid de manera conjunta y simultánea.
1.4 El programa para las pruebas a que se refiere el número 1.1 precedente es el que figura en el anexo III de esta convocatoria.
1.5 El programa para las pruebas a que se refiere el número 1.2 precedente es igualmente el que figura en el anexo III de esta convocatoria, con excepción de los temas incluidos en el grupo III, de los que se exime a los aspirantes a esta convocatoria.
2. Requisitos. 2.1 Podrán concurrir a las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 los candidatos que posean, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y tener plena capacidad de obrar.
b) Tener la nacionalidad de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o ser residente legal en España, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.2 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
c) No haber sido condenado por delitos dolosos, salvo si se hubiera obtenido la rehabilitación.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título oficial de Grado, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero u otro título universitario oficial homologado o equivalente a alguno de los anteriores.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión o en condiciones de obtener la correspondiente credencial de homologación a Grado de dicho título o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
2.2 Podrán concurrir a las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.2 los candidatos que posean, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
b) Haber obtenido resolución estimatoria del Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas O.A. declarando que los títulos, diplomas o certificados aportados por los aspirantes acreditan su cualificación con respecto a la propiedad industrial en el país de origen, dentro del procedimiento de reconocimiento de cualificaciones profesionales regulado en la Orden ITC/2505/2010, de 22 de septiembre.
2.3 Los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a excepción de la credencial o certificado a los que se refiere el apartado d) de la base 2.1 que, en caso de que el aspirante haya sido declarado apto, deberán presentarse en el plazo señalado en la base 7.3.
3. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen participar en las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 o base 1.2 podrán realizar la presentación de solicitudes, a través de la Sede Electrónica de la Oficina Española de Patentes y Marcas O.A. (https://sede.oepm.gob.es), dentro del plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 de enero al 1 de febrero de 2019, a.i.}
3.2 No obstante, dentro de ese mismo plazo, quienes deseen participar en las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.1 mediante la presentación de la solicitud en papel, cumplimentarán el modelo que figura en el anexo I.
3.3 Igualmente, quienes deseen participar en las pruebas de aptitud convocadas en la base 1.2 mediante la presentación de la solicitud en papel, cumplimentarán el modelo que figura en el anexo II.
3.4 En el caso de cumplimentar la solicitud de acuerdo con los apartados anteriores 3.2 y 3.3, esta se presentará:
a) En el Registro General de la Oficina Española de Patentes y Marcas O.A., situado en el paseo de la Castellana, número 75, 28046, Madrid.
b) En los demás lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.5 El pago se efectuará en la cuenta corriente número ES22 2100 5038 3102 0000 1807 de la Oficina Española de Patentes y Marcas O.A., en la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, «La Caixa». Si el pago se realiza desde fuera de España, el número de cuenta corriente será IBAN ES22 2100 5038 3102 0000 1807, y, BIC/CODIGO SWIFT CAIXESBBXXX.
El ingreso podrá efectuarse directamente o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria. El resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen se acompañará junto a la solicitud de participación. Si la presentación de la solicitud es en la Sede electrónica, el resguardo se adjuntará de manera digitalizada.
3.6 Los derechos de examen para concurrir a cualquiera de las dos convocatorias serán de 45,32 €.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.8 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.9 La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.10 En el caso de que algún aspirante necesitara para la realización de las pruebas alguna adaptación especial debido a algún tipo de discapacidad lo hará constar previamente en la solicitud, con el fin de posibilitar el acceso a la realización de las pruebas en igualdad de condiciones, aportando el día de la prueba la documentación que acredite la discapacidad.
3.11 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión a las pruebas de aptitud (anexos I y II) serán tratados con la única finalidad de la organización de las pruebas y las comunicaciones necesarias para ello. El nombre, dirección y número del documento nacional de identidad se publicarán según lo establecido en las cláusulas 4.1, 4.2, 7.1 y 7.2. La base legal para el tratamiento de estos datos es el artículo 177 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, así como el artículo 109 del Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de Patentes. La OEPM es el responsable del tratamiento de esos datos. El ejercicio de los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrá ejercer mediante comunicación al correo protecciondedatos@oepm.es. La OEPM publica su política de protección de datos en www.oepm.es/protecciondedatos. Los interesados pueden ejercer sus derechos también en la Agencia Española de Protección de Datos www.aepd.es.
Sede Electrónica de la Oficina Española de Patentes y Marcas O.A. (https://sede.oepm.gob.es)
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