lunes, 14 de enero de 2019

Programa "Erasmus+" para el 2019, en el ámbito de Juventud.

BDNS(Identif.):430641
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Publicadas mediante Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero (BOE de 21 de febrero de 2014), las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+», se hace preciso adoptar la presente convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de dichas ayudas para el ejercicio económico 2019, en régimen de concurrencia competitiva.
1.- Convocatoria y cuantías
a) De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo para 2019, el importe asignado para la gestión del ámbito de la Juventud del Programa Erasmus+ durante 2019 en régimen de concurrencia competitiva asciende a 10.587.190,00 euros. Su distribución es la siguiente:
Acción clave 1.- Movilidad de las personas por motivos de aprendizaje 7.299.401,00
Acción clave 2.- Asociaciones estratégicas en el ámbito de la juventud 2.765.399,00
Acción clave 3.- Proyectos de Diálogo de la Juventud 522.390,00
b) Sin perjuicio de todo lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
2.- Distribución de las ayudas convocadas.
Los fondos asignados a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.
3.- Requisitos y forma de presentación de las solicitudes. Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.
Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (http://www.erasmusplus.injuve.es).
4.- Plazo de presentación de solicitudes. Todos los plazos de presentación de las solicitudes especificados expiran a las 12.00 h (mediodía), hora de Bruselas.
Para la Acción clave 1 (Intercambios juveniles y Movilidad de trabajadores en el ámbito de la juventud) y Acción Clave 3, Proyectos de Diálogo de la Juventud:
5 de febrero de 2019, para proyectos que comiencen entre el 1 de mayo y el 30 de septiembre de 2019.
30 de abril de 2019, para proyectos que comiencen entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2019.
1 de octubre de 2019, para proyectos que comiencen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2020.
Para la Acción clave 2.- Asociaciones estratégicas en el ámbito de la juventud:
Para las Asociaciones Estratégicas de apoyo al intercambio de buenas prácticas:
5 de febrero de 2019, para proyectos que comiencen entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2019.
30 de abril de 2019, para proyectos que comiencen entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de enero de 2020.
1 de octubre de 2019, para proyectos que comiencen entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 2020.
Para la Asociaciones Estratégicas de apoyo a la innovación:
30 de abril de 2019, para proyectos que comiencen entre el 1 de septiembre de 2019 y el 31 de enero de 2020.
5.- Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión. Los objetivos generales de la subvención son los siguientes:
Promover la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea.
Potenciar la solidaridad y promover la tolerancia.
Favorecer el entendimiento mutuo entre jóvenes
Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud.
Favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.
Además, el programa de trabajo para 2019 de la Agencia Nacional establece las siguientes prioridades nacionales, que serán tenidas en cuenta en la selección y valoración de los proyectos:
Desarrollo de habilidades y competencias relevantes y de alta calidad, especialmente aquellas dirigidas a fomentar la empleabilidad y el desarrollo socioeducativo y personal, así como la participación en la vida social y cívica.
Promover la educación para el emprendimiento, el emprendimiento social y las actividades sin fines de lucro entre los jóvenes.
Inclusión social: acciones que ayudan a abordar la diversidad y promueven, en particular a través de enfoques innovadores e integrados, la apropiación de valores compartidos, la igualdad, incluida la igualdad de género y la lucha contra la violencia de género, la no discriminación y la inclusión social. También habrá una especial atención a la juventud en el medio rural y sus problemas específicos.
Proyectos que traten temas relacionados con la lucha contra la radicalización y violencia en los jóvenes.
Fomentar la inclusión y la empleabilidad de los jóvenes con menos oportunidades (incluidos los NEET), con especial énfasis en los jóvenes en riesgo de marginación.
Proyectos que pongan en valor y que incentiven a los jóvenes a participar en los procesos electorales, y en particular a las elecciones al parlamento europeo del próximo año.
Proyectos de concienciación y sensibilización medioambiental: uso racional de recursos, sostenibilidad para no comprometer los recursos de las futuras generaciones. Promoción de hábitos de vida saludable.
En la guía del Programa se especifican otros objetivos y prioridades generales y por Acción a tener en cuenta.
Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web http://www.erasmusplus.injuve.es para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes generales y específicos para cada Acción.

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