miércoles, 9 de diciembre de 2009

calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2010, a efectos de cómputo de plazo.

La siguiente disposición es muy importante para calcular adecuadamente el número de días de que dispondremos para presentar solicitudes a Organismos Oficiales, cuando el cómputo* de los días se haga en días hábiles. De ello dependerá entrar en plazo o quedarse fuera. *(los días señalados en la presente disposición, No los computaremos)

Así que ya sabes, ¡no te descuentes! (y clika sobre el título de cada 'post' para acceder a la disposición completa)

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2010, a efectos de cómputo de plazo.
Primero.–Aprobar el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2010, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Segundo.–Son días inhábiles:
a) En todo el territorio nacional: los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) de este apartado se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto.
ANEXO2010 - Calendario de días inhábiles

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