jueves, 24 de diciembre de 2009

Pla de Formació Continuada de la Conselleria de Sanitat per a 2010 (EVES)

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2010, del conseller de Sanitat, por la que se establece el Plan de Formación Continuada de la Consellería de Sanitat para 2010 (EVES). [2009/14683]
Primero.- Configurar el Plan de Formación Continuada que se ejecutará en el año 2010, compuesto por los cursos que se relacionan en el Anexo I de esta resolución y que quedan comprendidos en las siguientes áreas:
1. Epidemiología, estadística, metodología y gestión de la investigación.
2. Gestión de servicios y planificación.
3. Humanización.
4. Tecnología de la información.
5. Participación social y cooperación.
6. Prácticas diagnósticas, terapéuticas y de cuidados.
7. Planes y programas de salud.
8. Salud y género.
9. Salud laboral.
10. Socio-sanitario.

Las actividades a realizar durante el periodo de vigencia del presente Plan se elaborarán a partir de las necesidades y demandas detectadas.
La descripción detallada de todos los cursos incluyendo los objetivos, contenidos y metodología, así como los requisitos de participación, serán expuestos en cada uno de los centros de trabajo de la Conselleria de Sanitat supeditando la realización y el lugar de celebración de los mismos a la demanda de los profesionales, a la oferta de profesorado y a la disponibilidad presupuestaria.
Los lugares de celebración citados en cada uno de los cursos y ediciones que componen el Anexo I, indican el centro organizador donde se realizará la actividad formativa, agrupando en el mismo al personal del centro de trabajo, considerando la reserva de plazas para personal ajeno al mismo.
Segundo.- Los cursos de Formación Continuada organizados por la EVES e integrados en este plan de formación, tendrán los mismos requisitos, en lo relativo al procedimiento de solicitud y de selección que el resto de actividades formativas del mismo.
Tercero.- Podrá solicitar la asistencia a las actividades formativas del Plan de Formación:
1. El personal fijo, interino o laboral temporal de la Conselleria de Sanitat y recogido en el art. 1 del Decreto 71/1989, de 15 de Mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana.
2. Los profesionales en periodo de formación sanitaria especializada, matronas y enfermeros/as especialistas en salud mental en formación, en centros o unidades debidamente acreditados para la docencia.
3. El personal de aquellas instituciones u organismos públicos que tengan establecido un convenio o acuerdo de colaboración con la Conselleria de Sanitat para la formación de los profesionales.
4. El personal funcionario y/o laboral que preste servicios en la Conselleria de Sanitat, cuyas funciones estén en relación directa con el contenido de los cursos.
Cuarto.- A este fin, la Subsecretaria de la Conselleria a Sanitat y las Direcciones de los centros, garantizarán la información a todos los trabajadores sobre los cursos que componen el Plan dando publicidad en lugares de fácil acceso a todas las unidades del centro.
Se podrán presentar un máximo de 5 propuestas de acciones formativas, por orden de preferencia del solicitante, que se tendrán en cuenta en el momento de la priorización.
Las instancias, cumplimentadas conforme al Anexo II de la presente resolución, deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, ante los órganos que a continuación se relacionan:
a) El director general para los Recursos Humanos de la Agencia Valenciana de Salud, para el personal adscrito a la misma.
b) El subsecretario, el/la director/a general o director/a territorial de la Conselleria de Sanitat, para el personal adscrito a la subsecretaria, direcciones generales o territoriales correspondientes.
c) El/La gerente de los Departamentos de Salud, para el personal adscrito a los centros dependientes de los mismos.

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