miércoles, 7 de enero de 2015

2 becas de Formación en Informática, con destino el Servicio de Informática dependiente del Área de Modernización de la Excma. Diputación Provincial de Alicante

Diputación de AlicanteBASES CONVOCATORIA BECAS INFORMÁTICA 2015 
Convocatoria anticipada para la concesión de dos becas de Formación en Informática, para la anualidad 2015, con destino el Servicio de Informática dependiente del Área de Modernización de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, se publican las Bases por las que se rigen y cuyo texto, a continuación, es del siguiente tenor literal:
Primero.- Aprobar la concesión, mediante Convocatoria pública anticipada de DOS becas de Formación en Informática, con destino el Servicio de Informática dependiente del Área de Modernización de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, con una duración de seis meses, prorrogables por otros cuatro y dotación de cada beca de 6.000 €, incluida la prórroga, que se regirán por las Bases, que asimismo se aprueban, cuyo texto figura en el expediente.
“BASES POR LAS QUE SE HABRÁ DE REGIR LA CONVOCATORIA ANTICIPADA PARA LA CONCESIÓN DE DOS BECAS DE FORMACIÓN EN INFORMÁTICA PARA 2015.
Primera.- Objeto. Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada, la concesión de dos becas de Formación en Informática, con destino el Servicio de Informática dependiente del Área de Modernización de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Segunda.- Modalidad. Estas becas se convocan por Convocatoria Pública Anticipada de la Diputación de Alicante y estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto 2015 de esta Corporación. 
Octava.- Proceso de Selección. 1.- Requisitos de los/as aspirantes. Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener nacionalidad española y residir en la provincia de Alicante, con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Grado en Ingeniería Informática o Ingeniero Técnico Informático o titulaciones equivalentes.
c) No haber transcurrido más de 3 años desde la obtención de la titulación exigida.
d) No haber disfrutado con anterioridad de similar beca a la que se solicita, concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP, respecto de la Excma.Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
2.- Solicitudes. Las solicitudes se formularán conforme al modelo que figura como Anexo a estas Bases (Anexo: Modelo para solicitud de Beca de Formación en Informática) y que se pueden encontrar en la web, en la siguiente dirección: sede.diputacionalicante.es, o en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Diputación de Alicante en horario de oficina, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante.
El modelo de solicitud se acompañará del Anexo: Relación de Méritos que el aspirante puede alegar y baremar.
Una vez publicadas las bases, abierto el plazo de presentación de solicitudes, éstas se podrán presentar:
a. A través de los medios telemáticos establecidos para ello en la sede electrónica de la Diputación, en la siguiente dirección:  sede.diputacionalicante.es
b. Presencialmente, en el Registro General de la Diputación Provincial, en horario de oficina, de lunes a viernes (calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante)
c. Por cualquier otro de los procedimientos establecidos en el Art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 8 al 30 de enero de 2015, a.i.}

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