jueves, 14 de septiembre de 2017

1 Bibliotecario/a-Archivero/a, (A2). Bases. Ayuntamiento de Alginet (Ribera Alta-València)

Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre la convocatoria para el proceso de selección de una plaza de técnico medio de bibliotecario/a-archivero/a vacante en la plantilla de personal.
ANUNCIO
Por resolución de Alcaldía número 1.167/2017, de 29 de agosto se han aprobado las bases que se trascriben a continuación:
"BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, DE UNA PLAZA VACANTE DE TÉCNICO MEDIO DE BIBLIOTECARIO/A-ARCHIVERO/A.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria del proceso de selección de una plaza de Técnico Medio; Denominación: Bibliotecario/a-Archivero/a, de la Escala de Administración Especial, subescala Técnica, grupo A, subgrupo A2 del artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Alginet, por turno libre mediante el sistema de oposición, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2016, aprobada por Resolución de Alcaldía número 1.682/2016, de 29 de diciembre, y publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 7.947, de 30 de diciembre de 2016.
2. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
2.1. Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado en el cual se aplique la libre circulación de trabajadores en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, en los términos en que se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 10/2010, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer, al menos, el título universitario de grado en información y documentación, de diplomatura universitaria en biblioteconomía y documentación o titulación equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
En todo caso, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en materia de educación.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones del puesto convocado.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Los requisitos a que se refiere el apartado 2.1 deberán reunirse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera.
2.3. En el momento de presentar la solicitud solo se exigirá una declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos a que se refiere el apartado 2.1, los cuales deberán acreditarse posteriormente en caso de resultar seleccionado/a.
2.4. De acuerdo con lo establecido en la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, en su artículo 55.2 y 3, las personas con discapacidad podrán participar en los procedimientos selectivos en igualdad de condiciones que el resto de las y los aspirantes, siempre y cuando puedan acreditar el grado de discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas genéricas consustanciales a las mismas.
La administración, cuando sea necesario, adoptará medidas adecuadas en el procedimiento selectivo que garanticen la participación de las y los aspirantes con discapacidades en condiciones de igualdad mediante las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios.

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