- Anuncio del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre bases de convocatoria de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público 2017.
ANUNCIO
Por Resolución de la Concejala delegada de Recursos Humanos de fecha 19 de diciembre de 2017 se han aprobado las Bases, que se insertan a continuación, que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad varias plazas vacantes en la plantilla de personal e incluidas en la oferta de empleo público del presente ejercicio:
BASES DE LA CONVOCATORIA DE PLAZAS VACANTES EN EL AYUNTAMIENTO DE LA POBLA DE VALLBONA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PARA 2017
PRIMERA: OBJETO. Son objeto de la convocatoria las siguientes plazas de funcionarios:
- INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL: Funcionario de carrera, grupo A, subgrupo A2. Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía local y sus auxiliares, encuadrada en la Escala Técnica. Número de plazas: 1 (provisión en propiedad, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, por promoción interna)
- INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL: Funcionario de carrera, grupo A, subgrupo A2. Escala de la Administración especial, subescala: Técnica Media. Número de plazas: 1. (provisión en propiedad, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, por turno libre)
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Requisitos generales: Quienes deseen participar en el procedimiento de selección de personal convocado, deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al momento de finalización del plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado miembro de la Comunidad Europea; ser cónyuge (siempre que no esté separados de derecho), descendiente o descendiente del cónyuge de español o de un nacional de cualquier Estado de la Comunidad Europea, siempre que estos descendientes sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes o bien, pertenecer a algún país con el que La Comunidad Europea tenga firmado algún Tratado, ratificado por España, sobre la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Estar en posesión de los títulos académicos que se indican en los anexos previstos para cada una de las plazas convocadas.
La equivalencia entre la titulación aportada por el aspirante a que se refiere este punto, deberá acreditarse aportando el correspondiente certificado de la administración competente en materia de educación, acerca de la equivalencia con la titulación requerida para participar en el presente proceso.
d) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las funciones correspondientes.
f) No encontrarse inmerso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier de las administraciones públicas, ni estar inhabilitado para el desarrollo de funciones públicas.
h) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de acuerdo con el art. 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, en la redacción del art. 1.8 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Junto a éstos requisitos generales, se exigirán, atendiendo a la naturaleza de cada una de las plazas convocadas, y a la Relación de Puestos de trabajo del Ayuntamiento, los requisitos especiales que figuran en los anexos de las presentes bases para cada una de las plazas convocadas.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera.
TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS
A. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Excmo. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona, y se presentarán el Registro de Entrada General del Ayuntamiento, sito en la Avenida Colón, nº 93 o en cualquiera de las formas que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), debiéndose utilizar la instancia según modelo que consta en el Anexo de estas bases, que se facilitará en las oficinas municipales del propio Ayuntamiento, o bien mediante la impresión de la misma de la página web municipal www.lapobladevallbona.es.
B. Las instancias solicitando formar parte de los procesos selectivos, deberán estar debidamente cumplimentadas y reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo establecido en el artículo 69 del mismo texto legal, debiéndose manifestar inequívocamente por los/as aspirantes que reúnen todos y cada uno de los requisitos de admisión establecidos en estas bases, referidos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias, así como que dispone de la documentación original que así lo acredita y que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida.
En caso de presentar la solicitud por alguno de los medios previstos en esta ley, las personas aspirantes tienen que remitir un fax al Ayuntamiento (dirigido al departamento de Recursos Humanos fax 96 276 00 26) o un correo electrónico a personal@lapobladevallbona.es, en el cual tienen que comunicar la presentación de la solicitud y acompañarla de una copia de la instancia presentada y sellada por el organismo correspondiente, al efecto que el departamento de Recursos Humanos conozca su interposición.
Junto con la solicitud de participación, que se presentará por duplicado, las personas aspirantes tendrán que acompañar la siguiente documentación original y copia para compulsarlos:
1. DNI original: hay que mostrarlo en el momento de presentar la instancia o adjuntarlo en caso de presentarlo por otro medio.
2. Titulación académica requerida en la base segunda y en el anexo correspondiente a la plaza a la que se opta.
3. Igualmente se acompañará a la solicitud de un resguardo original acreditativo del abono de la tasa correspondiente, que en conformidad con el Ordenanza fiscal, para este tipo de pruebas, asciende a 50 euros.
Se exigirá en régimen de autoliquidación y hay que hacer el ingreso correspondiente en cualquier entidad bancaria autorizada o en la Oficina Ajuntat a través de tarjeta de crédito. No se admitirá otro tipo de pago de los derechos de examen.
El impreso de autoliquidación lo facilitará la Oficina Ajunta´t presencialmente o previa petición, por correo electrónico dirigido a recaudacion@lapobladevallbona.es.
La cuota de la tasa corresponde a la tramitación completa. En caso de desistir de participar en el procedimiento de selección, sólo en el caso de que ello se comunique dentro del periodo que se conceda para presentar reclamaciones o documentación tras la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, se tendrá derecho al reintegro de la cantidad ingresada. La exclusión en el procedimiento selectivo de alguno de los aspirantes, por causa no subsanable, así como la retirada voluntaria o el desistimiento de los aspirantes mediado el procedimiento selectivo, no generará derecho de devolución de la tasa.
4. Para la plaza de Ingeniero Técnico Industrial, exclusivamente: certificado de conocimientos de valenciano nivel C1, acreditado en la forma indicada en la base 8ª apartado 2º. En caso de no aportarse este certificado el aspirante tendrá que someterse a una prueba obligatoria y no eliminatoria de conocimientos de valenciano de nivel equivalente. El tiempo de realización de la prueba será determinado previamente por el Tribunal. El Tribunal contará con el asesoramiento especializado de la técnica de lingüística o de un suplente.
ANUNCIO
Por Resolución de la Concejala delegada de Recursos Humanos de fecha 19 de diciembre de 2017 se han aprobado las Bases, que se insertan a continuación, que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad varias plazas vacantes en la plantilla de personal e incluidas en la oferta de empleo público del presente ejercicio:
BASES DE LA CONVOCATORIA DE PLAZAS VACANTES EN EL AYUNTAMIENTO DE LA POBLA DE VALLBONA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PARA 2017
PRIMERA: OBJETO. Son objeto de la convocatoria las siguientes plazas de funcionarios:
- INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL: Funcionario de carrera, grupo A, subgrupo A2. Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Policía local y sus auxiliares, encuadrada en la Escala Técnica. Número de plazas: 1 (provisión en propiedad, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, por promoción interna)
- INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL: Funcionario de carrera, grupo A, subgrupo A2. Escala de la Administración especial, subescala: Técnica Media. Número de plazas: 1. (provisión en propiedad, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, por turno libre)
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Requisitos generales: Quienes deseen participar en el procedimiento de selección de personal convocado, deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al momento de finalización del plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado miembro de la Comunidad Europea; ser cónyuge (siempre que no esté separados de derecho), descendiente o descendiente del cónyuge de español o de un nacional de cualquier Estado de la Comunidad Europea, siempre que estos descendientes sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes o bien, pertenecer a algún país con el que La Comunidad Europea tenga firmado algún Tratado, ratificado por España, sobre la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Estar en posesión de los títulos académicos que se indican en los anexos previstos para cada una de las plazas convocadas.
La equivalencia entre la titulación aportada por el aspirante a que se refiere este punto, deberá acreditarse aportando el correspondiente certificado de la administración competente en materia de educación, acerca de la equivalencia con la titulación requerida para participar en el presente proceso.
d) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
e) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las funciones correspondientes.
f) No encontrarse inmerso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier de las administraciones públicas, ni estar inhabilitado para el desarrollo de funciones públicas.
h) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de acuerdo con el art. 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, en la redacción del art. 1.8 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Junto a éstos requisitos generales, se exigirán, atendiendo a la naturaleza de cada una de las plazas convocadas, y a la Relación de Puestos de trabajo del Ayuntamiento, los requisitos especiales que figuran en los anexos de las presentes bases para cada una de las plazas convocadas.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera.
TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACION DE INSTANCIAS
A. Las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Excmo. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona, y se presentarán el Registro de Entrada General del Ayuntamiento, sito en la Avenida Colón, nº 93 o en cualquiera de las formas que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), debiéndose utilizar la instancia según modelo que consta en el Anexo de estas bases, que se facilitará en las oficinas municipales del propio Ayuntamiento, o bien mediante la impresión de la misma de la página web municipal www.lapobladevallbona.es.
B. Las instancias solicitando formar parte de los procesos selectivos, deberán estar debidamente cumplimentadas y reunirán los requisitos genéricos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo establecido en el artículo 69 del mismo texto legal, debiéndose manifestar inequívocamente por los/as aspirantes que reúnen todos y cada uno de los requisitos de admisión establecidos en estas bases, referidos a la fecha de fin de plazo de presentación de instancias, así como que dispone de la documentación original que así lo acredita y que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida.
En caso de presentar la solicitud por alguno de los medios previstos en esta ley, las personas aspirantes tienen que remitir un fax al Ayuntamiento (dirigido al departamento de Recursos Humanos fax 96 276 00 26) o un correo electrónico a personal@lapobladevallbona.es, en el cual tienen que comunicar la presentación de la solicitud y acompañarla de una copia de la instancia presentada y sellada por el organismo correspondiente, al efecto que el departamento de Recursos Humanos conozca su interposición.
Junto con la solicitud de participación, que se presentará por duplicado, las personas aspirantes tendrán que acompañar la siguiente documentación original y copia para compulsarlos:
1. DNI original: hay que mostrarlo en el momento de presentar la instancia o adjuntarlo en caso de presentarlo por otro medio.
2. Titulación académica requerida en la base segunda y en el anexo correspondiente a la plaza a la que se opta.
3. Igualmente se acompañará a la solicitud de un resguardo original acreditativo del abono de la tasa correspondiente, que en conformidad con el Ordenanza fiscal, para este tipo de pruebas, asciende a 50 euros.
Se exigirá en régimen de autoliquidación y hay que hacer el ingreso correspondiente en cualquier entidad bancaria autorizada o en la Oficina Ajuntat a través de tarjeta de crédito. No se admitirá otro tipo de pago de los derechos de examen.
El impreso de autoliquidación lo facilitará la Oficina Ajunta´t presencialmente o previa petición, por correo electrónico dirigido a recaudacion@lapobladevallbona.es.
La cuota de la tasa corresponde a la tramitación completa. En caso de desistir de participar en el procedimiento de selección, sólo en el caso de que ello se comunique dentro del periodo que se conceda para presentar reclamaciones o documentación tras la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, se tendrá derecho al reintegro de la cantidad ingresada. La exclusión en el procedimiento selectivo de alguno de los aspirantes, por causa no subsanable, así como la retirada voluntaria o el desistimiento de los aspirantes mediado el procedimiento selectivo, no generará derecho de devolución de la tasa.
4. Para la plaza de Ingeniero Técnico Industrial, exclusivamente: certificado de conocimientos de valenciano nivel C1, acreditado en la forma indicada en la base 8ª apartado 2º. En caso de no aportarse este certificado el aspirante tendrá que someterse a una prueba obligatoria y no eliminatoria de conocimientos de valenciano de nivel equivalente. El tiempo de realización de la prueba será determinado previamente por el Tribunal. El Tribunal contará con el asesoramiento especializado de la técnica de lingüística o de un suplente.
C. Plazo de presentación de instancias.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE.
La presentación de instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de este Ayuntamiento, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de Recursos Humanos, e igualmente accede a la publicación de aquellos datos necesarios en relación con el procedimiento y resultados de del proceso selectivo objeto de la presente, teniendo el firmante el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero el Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona.
El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE.
La presentación de instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de este Ayuntamiento, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de Recursos Humanos, e igualmente accede a la publicación de aquellos datos necesarios en relación con el procedimiento y resultados de del proceso selectivo objeto de la presente, teniendo el firmante el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero el Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia