Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Dirección General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) M.P., por la que se modifica la Convocatoria del Programa de Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Plan MOVALT Vehículos).
BDNS (Identif.): 372379.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2017 de la Dirección General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se modifica la convocatoria del programa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Plan Movalt Vehículos), cuyo extracto fue publicado en BOE número 289, de 28 de noviembre de 2017, y cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones ((http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Único: Se modifica el punto 1 del apartado Tercero: "Presupuesto, financiación y compatibilidad de ayudas" de la Resolución de fecha 21 de noviembre de 2017 de esta Dirección General, por la que se establece la convocatoria del programa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Plan MOVALT Vehículos), que queda redactado como sigue:
"Este programa está dotado inicialmente con un presupuesto máximo que asciende a la cantidad total de 20.000.000 euros, con origen en la partida 20.18.425A.741 de los Presupuestos Generales del Estado para 2017 nominativa para el IDAE para financiar actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas incluido la constitución de infraestructuras energéticas adecuadas, estableciéndose un límite de presupuesto de 600.000 €, dentro de dicho presupuesto máximo, para el caso de las motocicletas eléctricas (L3e, L4e, L5e).
En caso de agotamiento del presupuesto disponible, siempre que no hubiera expirado la vigencia del programa y previa la aprobación de dotación adicional de fondos mediante acuerdo de su Consejo de Administración, y publicación del correspondiente extracto corregido de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, podrá ampliarse el presupuesto del Programa. Se considerará agotado el presupuesto, cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe asignado al Programa. No obstante lo anterior, con posterioridad a ese momento, podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas por riguroso orden de entrada, supeditadas a que se produzcan desestimaciones o revocaciones de las solicitudes de ayuda previas, que pudieran liberar presupuesto. En ningún caso, la presentación de una solicitud a la lista de reserva provisional generará derecho alguno para la entidad solicitante, hasta que no se valide la solicitud. La posibilidad de continuar presentando solicitudes finalizará definitivamente con fecha límite el 30 de junio de 2018."
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