jueves, 2 de mayo de 2013

Bolsa de Trabajo (2): 15 Educadores de Educación Infantil (C1). Diputación Provincial de Valencia. Convocatoria nº 11/13

Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre convocatoria nº 11/13.- Bases que han de regir la formación de una bolsa de trabajo de quince educadores/as de Educación Infantil para prestar sus servicios en la Diputación de Valencia. [Jueves, 02 de Mayo de 2013 - BOP 103(ver pdf)
ANUNCIO
Por Decreto núm. 2788 de fecha 25 de abril del 2013 la Presidencia de esta Corporación ha dispuesto convocar un proceso selectivo para la formación de una bolsa de trabajo de quince Educadores/as de Educación Infantil, de conformidad con las siguientes:
BASES
Base primera. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la formación de una de una bolsa de trabajo para el desempeño provisional de puestos de educadores de educación infantil, grupo de clasificación C1, para la Diputación de Valencia.
Base segunda. Funciones. En general, las propias de su titulación relacionadas con la ejecución de la programación escolar colaborando en la planificación de actividades y en la programación de actividades complementarias, y en concreto:
-Atención a alumnos con discapacidad, especialmente auditiva.
-Colaborar en los procesos de rehabilitación del lenguaje y la audición.
-Ayudar en el funcionamiento de comedores y períodos de recreo.
Base tercera. Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes. Para tomar parte en esta convocatoria será necesario:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea. Igualmente será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Formación Profesional de segundo grado en la especialidad de Educación Infantil, Técnico Superior en Educación Infantil o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
Toda la documentación acreditativa tanto del cumplimiento de los requisitos de participación como de los méritos que, en su caso, se aleguen deberá estar redactada en cualquiera de los dos idiomas cooficiales en el ámbito de la Comunitat Valenciana. En el caso de documentos expedidos en otras lenguas, éstos deberán presentarse traducidos por traductor jurado.
El incumplimiento por parte de los aspirantes de estos requisitos y condiciones comportará la exclusión del proceso de selección.
Base cuarta. Solicitudes y admisión de aspirantes. En las solicitudes para tomar parte en el presente proceso, que deberán estar debidamente cumplimentadas, los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base tercera, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, y serán dirigidas al Sr. Presidente de la Diputación, y se deberán presentar en su Registro General (Palacio de la Batlía, calle Serranos, núm. 2, Valencia) o en los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia,[Jueves, 02 de Mayo de 2013 - BOP 103] {del 3 al 20 de mayo de 2013, a.i.} debiendo utilizar el modelo original que se encuentra en la página web, www.dival.es/personal o recoger dicho modelo original en el Registro General de la Diputación o en la Oficina de Atención al Usuario del Servicio de Personal (calle Hugo de Moncada, 9, Valencia).
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, la presentación se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada.
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de los títulos exigidos en la base tercera.

Adjudicación en Arrendamiento del inmueble de propiedad municipal, conocido como «Restaurante Cavall Verd» de la Piscina Municipal. Ayuntamiento de La Vall de Laguar.

AYUNTAMIENTO DE LA VALL DE LAGUAR - ANUNCIO
De conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno del Ayuntamiento de La Vall de Laguar, de fecha 4 de abril de 2013, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del Procedimiento abierto, para la contratación de la adjudicación en arrendamiento del Restaurante de la Piscina Municipal de La Vall de Laguar.
1.-Entidad Adjudicataria: Ayuntamiento de La Vall de Laguar.
a) Obtención de documentación e información Pliego de condiciones: Ayuntamiento de La Vall de Laguar sito en C. Mayor, n º 21 – C.P. 03791 La Vall de Laguar (Alicante).
Teléfono: 965583301. Fax: 965583310.
2.-Fecha límite de obtención de documentación e información: un mes al de la publicación del Edicto en el BOP. [butlletí oficial de la província - alacant, 2 maig 2013 - n.º 81] {del 3 de maig al 3* de juny de 2013, a.i.}
3.- Número de Expediente: S/N:4/1.2. Expte.Cont.Se-AR-C.V.2/12.
4.- Objeto del Contrato: Adjudicación en Arrendamiento del inmueble de propiedad municipal, conocido como «Restaurante Cavall Verd» de la Piscina Municipal.
5.- Tramitación: Ordinaria.
6.- Procedimiento: Abierto.
7.- Licitación: Mínimo de 350´00 €, IVA excluido.
8.- Garantías: Se establece: Definitiva: 4.200´00 €
9.- Presentación de ofertas o solicitudes de participación: Fecha límite de presentación: un mes desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio. {del 3 de maig al 3* de juny de 2013, a.i.} al ser el 2 de junio domingo e inhábil*.
10.- Lugar de presentación: Ayuntamiento de La Vall de Laguar sito en C. Mayor, n º 21 – C.P. 03791 La Vall de Laguar (Alicante).
11.- Apertura de ofertas: Ayuntamiento de La Vall de Laguar sito en C. Mayor, n º 21 – C.P. 03791 La Vall de Laguar (Alicante) el quinto día hábil siguiente contado a partir del día de finalización de presentación de la documentación.(¿sábado 8-6-2013?) Tal y como establece el artículo 150.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los criterios elegidos y su ponderación se indicarán en el anuncio de licitación, en caso de que deba publicarse.

Premio en Estadística Oficial 2013 «Premios INE, Eduardo García España». Instituto Nacional de Estadística.

La Orden EHA/3404/2011, de 18 de noviembre, establece las bases reguladoras de los Premios en Estadística Oficial «Premios INE, Eduardo García España».
Con esta Orden, el Ministerio de Economía y Competitividad, a través del Instituto Nacional de Estadística (INE), desarrolla un premio, destinado a estimular la investigación científica, la innovación y el estudio en el ámbito de la estadística oficial entre académicos, investigadores y profesionales de los sectores público y privado.
Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, del Premio en Estadística Oficial 2013 «Premios INE, Eduardo García España». 
Ámbito institucional. El INE convoca el premio en colaboración con la Sociedad de Estadística e Investigación Operativa (SEIO) en el marco del Congreso Nacional de Estadística e Investigación Operativa y las Jornadas de Estadística Pública que se desarrollan conjuntamente dentro de las actividades de la SEIO y que este año se celebra en Castellón del 11 al 13 de septiembre de 2013.
El trabajo ganador del premio deberá necesariamente ser presentado en dichas Jornadas.
Características de los trabajos presentados. Se podrán presentar trabajos que aborden aspectos metodológicos (teóricos o empíricos), de análisis, o herramientas informáticas, relacionados con cualquier fase del proceso estadístico en el ámbito de la estadística oficial. No se admitirán trabajos que se correspondan por completo con una operación estadística oficial que se esté desarrollando o se vaya a desarrollar en un futuro próximo.
Los trabajos presentados deberán ser originales, es decir, no podrán haber sido total o parcialmente publicados o aceptados para publicación por cualquier revista científica. Tampoco podrán haber sido presentados con anterioridad a algún otro premio o congreso, ni haber sido objeto de dictamen por parte
del Consejo Superior de Estadística ni de ningún Consejo Autonómico de Estadística. Como requisito imprescindible para la admisión, el autor o, en caso de autoría múltiple, el responsable de su defensa en las Jornadas acreditará, mediante declaración jurada, el carácter inédito del trabajo.
Dotación del premio. El premio consistirá en una dotación económica individualizada de mil quinientos euros (1.500), que se entregarán al autor o al coautor responsable de su defensa, y de un diploma acreditativo expedido por el INE y la organización del Congreso para cada uno de los firmantes. El premio es único e indivisible.
Requisitos de los candidatos. Para poder optar al Premio objeto de la presente convocatoria, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Podrán participar en la convocatoria todos los autores que se inscriban en las Jornadas de los correspondientes Congresos que organice la SEIO.
b) Quedan excluidos de participar en la convocatoria los Miembros de la Comisión de Evaluación, quienes tampoco podrán ser coautores ni haber participado directamente en la elaboración de ninguno de los trabajos presentados.
c) Los trabajos podrán ser realizados por uno o varios autores. En el caso de trabajos realizados por varios autores, deberá indicarse expresamente el responsable de defender el trabajo en las Jornadas, que será también el encargado de recoger el premio en caso de resultar ganador. 
Solicitudes. 1. La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa e incondicionada de las bases reguladoras para la concesión del Premio, así como los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en esta convocatoria.
2. Las solicitudes, en el modelo que figura como Anexo a la presente Resolución, debidamente cumplimentadas, se presentarán en el Registro General del Instituto Nacional de Estadística (calle Estébanez Calderón, n.º 1 (planta baja), 28020 Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El modelo de solicitud también estará disponible en la web del INE (http://www.ine.es/)
3. Además del modelo de solicitud que figura como anexo a la presente Resolución, debidamente cumplimentado, se deberá adjuntar la siguiente documentación: a) fotocopia del DNI de cada uno de los autores; b) la declaración jurada del carácter inédito del trabajo a la que alude el punto tercero de esta convocatoria, y c) una copia del trabajo presentado en el que se excluya el nombre o cualquier referencia que permita identificar a los autores.
4. Con objeto de garantizar el anonimato en la fase de valoración por parte de los miembros de la Comisión de Evaluación, en Registro se realizarán dos envíos diferenciados. El primero consistirá en la copia del trabajo con su título en la primera página, documento en el que no podrá figurar ningún dato que permita identificar a su autor y que se remitirá a la Comisión de Evaluación. El segundo consistirá en el resto de la documentación, incluido el impreso de solicitud, que se remitirá a la Secretaria General del INE.
5. Los interesados también podrán presentar la solicitud por medios electrónicos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, a través de la dirección web https://sede.ine.gob.es/registro. Con objeto de garantizar el anonimato durante la fase de valoración por parte de los miembros de la Comisión de Evaluación, se presentarán separadamente dos ficheros diferenciados. El primero consistirá en la copia del trabajo con su título en la primera página, documento en el que no podrá figurar ningún dato que permita identificar a su autor y que se remitirá a la Comisión de Evaluación. El segundo consistirá en el resto de la documentación, incluido el impreso de solicitud, que se remitirá a la Secretaria General del INE.
6. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 3 al 14 de mayo de 2013, a.i.}

Aula Mentor: 30 ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.

1. Objeto y ámbito de aplicación. El objeto de esta convocatoria es financiar ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales, para el mantenimiento, en su ámbito territorial de actuación, de un aula Mentor destinada a la formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas.
Estas ayudas están especialmente dirigidas a aquellas iniciativas que promuevan las políticas de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal en el ámbito de la formación de personas adultas, funciones atribuidas a la Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida en el artículo 7.2 b) del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, modificado por Real Decreto 87/2013, de 8 de febrero. Al respecto, se tendrán igualmente en consideración aquellos proyectos destinados a población del medio rural, en especial en aquellas zonas o territorios donde más negativamente influye la despoblación y el envejecimiento de la población, donde las comunicaciones presentan más problemas y el acceso es más difícil y donde se prestan y reciben con más dificultad los diferentes servicios (educación, salud, etcétera).
Las actividades que se desarrollen como consecuencia de las ayudas concedidas serán cofinanciadas entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Fondo Social Europeo, debiéndose reflejar dicho extremo mediante la inserción del logotipo que figura en el Anexo III de la presente convocatoria, en todos los folletos, dípticos, trípticos o cualquier otra documentación de difusión relacionada con la subvención concedida.
El número máximo de ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria será de treinta.
2. Cuantía de las ayudas. Para el logro de la finalidad señalada se dispone, ... , de una dotación de 120.420,00 € que se distribuirán en 30 módulos de 4.014,00 € euros cada uno.
3. Beneficiarios y requisitos. 3.1 Podrán solicitar estas ayudas las entidades locales territoriales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Municipios, provincias, islas en los archipiélagos balear y canario, así como entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las comunidades autónomas, las comarcas u otras entidades que agrupan a varios municipios instituidos por las comunidades autónomas, las áreas metropolitanas y las mancomunidades de municipios y las entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales. Todas ellas deberán tener operativa un Aula Mentor. La selección será efectuada en régimen de concurrencia competitiva.
3.2 Las entidades beneficiarias deberán contar con un local debidamente habilitado para la asistencia del alumnado, equipado con la infraestructura informática necesaria para la formación y deberán mantener al frente el correspondiente administrador de Aula Mentor. Los requerimientos de equipo y la experiencia y conocimientos del administrador de aula se especifican en el Anexo I.
4. Plazo de presentación, solicitud de participación, subsanaciones, notificaciones, procedimiento y documentación. 4.1 Quienes, reuniendo las condiciones exigidas (entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales), deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios».
... la solicitud en soporte papel con el fin de, una vez firmado por el solicitante, poder presentarlo preferentemente en el Registro auxiliar n.º 1 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte situado en el Paseo del Prado, n.º 28, ...
4.3 El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado. {del 3 al 22 de mayo de 2013, a.i.}

seus de realització per al curs 2012-2013 de la prova de certificació de nivell bàsic, de nivell intermedi i de nivell avançat de les ensenyances d’idiomes de règim especial a la Comunitat Valenciana. // sedes de realización para el curso 2012-2013 de la prueba de certificación de nivel básico, de nivel intermedio y de nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la C.V.

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport . RESOLUCIÓ de 26 d’abril de 2013, del director general de Formació Professional i Ensenyances de Règim Especial, per la qual s’establixen les seus de realització per al curs 2012-2013 de la prova de certificació de nivell bàsic, de nivell intermedi i de nivell avançat de les ensenyances d’idiomes de règim especial a la Comunitat Valenciana. [2013/4285] (pdf 163KB) 
RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2013, del director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se establecen las sedes de realización para el curso 2012-2013 de la prueba de certificación de nivel básico, de nivel intermedio y de nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana. [2013/4285]  (pdf 163KB)
Primero.- Establecer como sedes de realización de la prueba de certificación de nivel básico, de nivel intermedio y de nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana, las que se detallan a continuación:
– Escuela Oficial de Idiomas de Alcoy.
– Escuela Oficial de Idiomas de Alicante e IES Miguel Hernández de Alicante.
– Escuela Oficial de Idiomas de Alzira, aulario de Ontinyent IES Pou Clar e IES Sant Vicent Ferrer de Algemesí.
– Escuela Oficial de Idiomas de Benidorm.
– Escuela Oficial de Idiomas de Castellón, CEFIRE de Castellón, IES Penyagolosa de Castellón, IES Sos Baynat de Castellón, IES Francesc Tàrrega de Vila-real, IES Botànic Cavanilles de La Vall d’Uixó, IES Joan Coromines de Benicarló e IES Llombai de Burriana.
– Escuela Oficial de Idiomas de Dénia.
– Escuela Oficial de Idiomas de Elda, IES La Mola de Novelda e IES Hermanos Amorós de Villena.
– Escuela Oficial de Idiomas de Elche.
– Escuela Oficial de Idiomas de Gandia.
– Escuela Oficial de Idiomas de Llíria en el IES Camp de Túria y en su aulario del edificio de usos múltiples del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona.
– Escuela Oficial de Idiomas de Orihuela.
– Escuela Oficial de Idiomas de Quart de Poblet, IES Ausiàs March de Manises y el aulario de Torrent.
Escuela Oficial de Idiomas de Sagunto e IES Camp de Morvedre de Sagunto.
– Escuela Oficial de Idiomas de Torrevieja.
– Escuela Oficial de Idiomas de Utiel.
– Escuela Oficial de Idiomas de Valencia, Facultad de Filología, Traducción y Comunicación, av. Blasco Ibáñez, 32, y Aulario 3 de la Universidad de Valencia, av. Menéndez y Pelayo, s/n.
– Escuela Oficial de Idiomas de Xàtiva.
Segundo Las escuelas oficiales de idiomas informarán al alumnado matriculado en dicha prueba del contenido de la presente resolución.

miércoles, 1 de mayo de 2013

1 plaza de Trabajadora Social (A2), con carácter de interinidad por el sistema de concurso-oposición libre. Ajuntament de Rocafort (Horta Nord-València)

Ayuntamiento de Rocafort
Edicto del Ayuntamiento de Rocafort sobre aprobación bases para provisión como funcionario/a interino/a de un/a diplomado/a en trabajo social (A2) de la Escala Administración Especial. (ver pdf)
EDICTO
Por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 5 de marzo de 2013, se aprobaron las bases que regirán el proceso para la provisión, con carácter de interinidad por el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Trabajadora Social perteneciente a la escala Administración Especial.
De conformidad con lo establecido en la base 3ª se establece un plazo de 15 días naturales para la presentación de solicitudes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia. [Butlletí oficial de la Província de València, N.º 102  de 1-V-2013, pàgina 51] {del 2 al 16 de maig de 2013, a.i.}
El texto integro de las bases de la convocatoria se encuentran disponibles en el Ayuntamiento de Rocafort y en la página Web: www.rocafort.es.
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Nota de redacció: A hores d'ara, a les 10 de matí, no hi hem trobat cap informació a la web municipal de l'Ajuntament de Rocafort, per a poder ampliar la informació.
Oferta d'Ocupació i Formació
Lloc de treball d'auxiliar administratiu que domine el posicionament de webs i promoure la venda on line
Per a més informació contactar amb l'Agència d'Ocupació i Desenvolupament Local. C/. Convent, 4.
a Llegir mes
Anunci substitució de les baixes: Cursos de formació 2013.
Per a més informació contactar amb l´Agència d´Ocupació i Desenvolupament Local.
C/ Convent,4. Tlf: 961310050. adl@roc Llegir mes
Relació d´admesos i exclosos als cursos d´anglés, informàtica i manipuladors d´aliments per a 2013.
Per a més informació contactar amb l´Agència d´Ocupació i De Llegir mes
Anunci: finalització de termini per a presentar sol·licituds el dijous 28 de febrer.
Per a més informació contactar amb la l´Agència d´Ocupació i Desenvolupament Local.
C/ Conve ...
Ajuntament de Rocafort - C/ Carrer del Pou, s/n, 46111 - Rocafort, Valencia - Telf. 96 131 00 62 - Fax. 96 131 24 17

relación de participantes directos en TARGET2 - Banco de España; a 31 de marzo de 2013.

Resolución de 17 de abril de 2013, del Banco de España, por la que se publica la relación de participantes directos en TARGET2 - Banco de España.
En cumplimiento de lo dispuesto en el capítulo II, artículo 7, de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores, se publica la relación de Participantes Directos en TARGET2 - Banco de España.
Madrid, 17 de abril de 2013.–El Director General de Operaciones de Mercado y Sistemas de Pago
RELACIÓN DE PARTICIPANTES DIRECTOS EN TARGET2 - BANCO DE ESPAÑA A 31 DE MARZO DE 2013
AHORRO CORPORACIÓN FINANCIERA, S.A., SOCIEDAD DE VALORES.
ARESBANK, S.A.
AHORRO CORPORACIÓN FINANCIERA, S.A., SOCIEDAD DE VALORES.
ARESBANK, S.A.
BANCA MARCH, S.A.
BANCA PUEYO, S.A.
BANCO ALCALÁ, S.A.
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.
BANCO BPI, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
BANCO CAIXA GERAL, S.A.
BANCO CAMINOS, S.A.
BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, S.A.
BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A.
BANCO DE ESPAÑA.
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, SUCURSAL EN ESPAÑA.
BANCO DE MADRID, S.A.
BANCO DE SABADELL, S.A.
BANCO DE VALENCIA, S.A.
BANCO DO BRASIL, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO, S.A.
BANCO ESPIRITO SANTO DE INVESTIMENTO, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
BANCO ESPIRITO SANTO, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
BANCO ETCHEVERRÍA, S.A.
BANCO FINANCIERO Y DE AHORRO, S.A.
BANCO GALLEGO, S.A.
BANCO GRUPO CAJATRÉS, S.A.

BANCO INVERSIS, S.A.
BANCO MARE NOSTRUM, S.A.
BANCO MEDIOLANUM, S.A.
BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.
BANCO SANTANDER, S.A.
BANCOPOPULAR-E, S.A.
BANKIA BANCA PRIVADA, S.A.U.
BANKIA, S.A.
BANKINTER, S.A.
BANKOA, S.A.

BANQUE MAROCAINE COMMERCE EXTERIEUR INTERNATIONAL, S.A. 
BARCLAYS BANK PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA.
BARCLAYS BANK, S.A.
BBK BANK CAJASUR, S.A.U.
BNP PARIBAS ESPAÑA, S.A.
BNP PARIBAS SECURITIES SERVICES, SUCURSAL EN ESPAÑA.
BNP PARIBAS, SUCURSAL EN ESPAÑA.
CAIXA DE C. DELS ENGINYERS C.C. INGENIEROS, S.C.C.
CAIXABANK, S.A.
CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT.
CAJA DE ARQUITECTOS S.C.C.
CAJA LABORAL POPULAR, C.C.
CAJA R. DE CASTILLA LA MANCHA, S.C.C.
CAJAS RURALES UNIDAS, S.C.C.
CATALUNYA BANC, S.A.
CECABANK, S.A.
CITIBANK ESPAÑA, S.A.
CITIBANK INTERNATIONAL PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA.
CM CAPITAL MARKETS BOLSA, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.
COLONYA - CAIXA D’ESTALVIS DE POLLENSA.
COMMERZBANK AKTIENGESELLSCHAFT, SUCURSAL EN ESPAÑA.
COOP.CENTR. RAIFFEISEN-BOERENL. (RABOBANK NED.), SUCURSAL EN ESPAÑA.
CREDIT AGRICOLE CORPORATE AND INVESTMENT BANK, SUCURSAL EN ESPAÑA.
CREDIT SUISSE AG, SUCURSAL EN ESPAÑA.
DEUTSCHE BANK, S.A.E.
DEXIA SABADELL, S.A.
EBN BANCO DE NEGOCIOS, S.A.
FINANDUERO, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.
FORTIS BANK, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
GVC GAESCO VALORES, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.
HSBC BANK PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA.
HYPOTHEKENBANK FRANKFURT AG. SUCURSAL EN ESPAÑA.
IBERCAJA BANCO, S.A.
ING BELGIUM, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
ING DIRECT, N.V., SUCURSAL EN ESPAÑA.
INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL.
INTERMONEY VALORES, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.
INVERSEGUROS, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.
KUTXABANK, S.A.
LIBERBANK, S.A.
LINK SECURITIES, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.
LLOYDS BANK INTERNATIONAL, S.A.U.

MAPFRE INVERSION, SOCIEDAD DE VALORES, S.A.
MEFF SOCIEDAD RECTORA DE PRODUCTOS DERIVADOS S.A.U.
MERRILL LYNCH CAPITAL MARKETS ESPAÑA, S.A., SOCIEDAD DE VALORES.
NATIXIS, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
NCG BANCO, S.A.
POPULAR BANCA PRIVADA, S.A.
PORTIGON AG, SUCURSAL EN ESPAÑA.
RBC INVESTOR SERVICES ESPAÑA, S.A.
RENTA 4 BANCO, S.A.
RENTA 4 SOCIEDAD DE VALORES., S.A.
SDAD. RECTORA BOLSA DE VALORES DE BILBAO, S.A., SRBV.
SDAD. RECTORA BOLSA VALORES DE BARCELONA, S.A., SRBV.
SDAD. RECTORA BOLSA VALORES DE VALENCIA, S.A., SRBV.
SOC. GEST. SIST. REGIST. Y LIQUID. VALORES.
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SISTEMAS DE PAGO, S.A.
SOCIETE GENERALE, SUCURSAL EN ESPAÑA.
TARGOBANK, S.A.
THE BANK OF TOKYO-MITSUBISHI UFJ, LTD, SUCURSAL EN ESPAÑA.

THE ROYAL BANK OF SCOTLAND PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA.
UBI BANCA INTERNATIONAL, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA.
UBS BANK, S.A.
UNICAJA BANCO S.A.
UNNIM BANC, S.A.

premios «Historia de la Cinematografía» y «Alfabetización Audiovisual», para el curso 2012-2013.

Convocatoria y objeto. Se convocan para 2013, en régimen de concurrencia competitiva, los premios «Historia de la Cinematografía» y «Alfabetización Audiovisual», de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Orden ECD/360/2013, de 27 de febrero por la que se crean los premios «Historia de la Cinematografía» y «Alfabetización Audiovisual» y se establecen las bases reguladoras para la concesión de los mismos.
Imputación presupuestaria. 1. Para dichos premios se estima necesaria la cantidad total máxima de treinta mil euros (30.000 €), ...
2. De esa cantidad, un máximo de veinticuatro mil euros (24.000 €) se destinará a premios en metálico y un máximo de seis mil euros (6.000 €) a premios en especie.
Finalidad de los premios. 1. El Premio «Historia de la Cinematografía» está destinado a promover el estudio y conocimiento de la Historia del Cine en España, premiando la elaboración por los estudiantes de las etapas educativas que más adelante se señalan de un trabajo que puede versar sobre un tipo de cine, un colectivo, una etapa artística concreta, un personaje, hacer visible la contribución de las mujeres al cine y al audiovisual, o cualquier otro aspecto relacionado con la materia desde el punto de vista histórico, artístico y/o técnico. Los beneficiarios de dicho premio serán los estudiantes, los profesores que hayan tutelado el trabajo y el centro docente respectivo.
2. El Premio «Alfabetización Audiovisual» tiene como finalidad galardonar a los centros docentes españoles que fomenten la alfabetización audiovisual en diversas etapas educativas a través del desarrollo de proyectos que se materialicen en la implantación de experiencias educativas, actividades complementarias, materiales curriculares y de apoyo, así como todos aquellos trabajos innovadores que contribuyan a acercar a los alumnos la cinematografía y el audiovisual. En particular se valorará la implementación de planes audiovisuales, en las aulas o en los centros, en los que se considere la doble perspectiva de recepción de lenguajes audiovisuales y de producción de proyectos audiovisuales en equipo.

Participantes. 1. El Premio «Historia de la Cinematografía» está dirigido a estudiantes que cursen
durante el periodo 2012-2013 alguna de las siguientes enseñanzas oficiales:
a) Educación Primaria.
b) Educación Secundaria Obligatoria.
c) Bachillerato.
d) Grado Medio de Formación Profesional.

La solicitud se efectuará por el centro docente en el que estén cursando sus estudios los autores de los trabajos.
La participación podrá ser individual o en grupo de tres alumnos como máximo. Deberá especificarse, en caso de grupos, el grado de participación en la elaboración del trabajo. Si no se indicara nada, se entenderá que la participación es por igual.
Los alumnos deberán estar tutelados por un profesor del centro en el que estén matriculados, que podrá actuar como tutor de varios participantes.
2. El Premio «Alfabetización Audiovisual» está dirigido a los centros docentes españoles que impartan alguna de las siguientes enseñanzas oficiales:
a) Educación Primaria.
b) Educación Secundaria Obligatoria.
c) Bachillerato.
d) Grado Medio de Formación Profesional.

Solicitudes y documentación. 1. El formulario de solicitud se ajustará al modelo que corresponda de los publicados como anexos a esta Resolución, que estarán disponibles, asimismo, en la página Web del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. El formulario, que contendrá las declaraciones responsables y autorizaciones necesarias, deberá cumplimentarse íntegramente y firmarse y fecharse en todas sus páginas.  ...
5. El formulario y la documentación se podrán presentar en el Registro General de la Secretaría de Estado de Cultura (plaza del Rey, n.º 1, 28071 Madrid), así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
a) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno Convenio.
b) En las Oficinas de Correos (con el sobre abierto para que pueda ser sellado su interior, del modo que se indicará en las propias oficinas de correos).
El sello oficial de presentación con indicación de la fecha, deberá constar en todas las solicitudes.
También podrán presentarse a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura, conforme a los requisitos que lo rigen (https://sede.mcu.gob.es/).
6. La presentación de las solicitudes supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en la presente convocatoria. A las mismas les será de aplicación lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre subsanación y mejora.
7. El plazo máximo para la presentación de las solicitudes es de 2 meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado. {del 2 de mayo al 1 de julio de 2013,a.i.} 

No tenen límit. Lluita pels teus drets. No tienen límite. Lucha por tus derechos. 1 de Maig/mayo 2013.























30 places del cos docent de professors d’Ensenyança Secundària i 30 de professors tècnics de Formació Professional. Generalitat Valenciana.

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport . ORDE 31/2013, de 26 d’abril, de la Conselleria d’Educació, Cultura i Esport, per la qual es convoquen procediments selectius d’ingrés, accessos i adquisició de noves especialitats en els cossos docents de professors d’Ensenyança Secundària i professors tècnics de Formació Professional. [2013/4237] (pdf 1.914KB) 
ORDEN 31/2013, de 26 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria y profesores técnicos de Formación Profesional. [2013/4237] (pdf 1.914KB)
Índice
Preámbulo
Título I. Procedimientos selectivos de ingreso y accesos
Capítulo 1. Bases generales
1. Normas generales
. 1.1 Plazas convocadas. Se convocan procedimientos selectivos para cubrir, en el ámbito de gestión de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, 30 plazas del cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria (subgrupo A1) y 30 plazas del cuerpo de profesores técnicos de Formación Profesional (subgrupo A2), que se distribuyen en la forma que a continuación se detalla:
Cossos . . . . Ingrés lliure . . Reserva de discapacitats . .  Accés a cossos subgrup superior . . Total
Professors d’Ensenyança Secundària . . 12 . . 3 . . 15 . . 30
Professors tècnics de Formació Professional . . 27 . . 3 . . _ . . 30
1.2 Distribución de aspirantes
1.3 Acumulación plazas de otros turnos. Las plazas que resulten sin adjudicar, tanto las reservadas para el acceso a cuerpos de subgrupo superior como las reservadas para personas con discapacidad, se acumularán a las del sistema general de ingreso libre, de igual especialidad, ...
1.4 Normativa aplicable
2. Requisitos de los candidatos. 2.1 Requisitos de admisión. 
Para ser admitidos a los procedimientos selectivos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Requisitos generales. 
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado al que sea de aplicación los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.
Asimismo podrán participar el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o de los estados en los cuales, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores cuando así lo prevea el correspondiente tratado, sea cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho, y con respecto a los descendientes, que sean menores de veintiún años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del respectivo cuerpo, no padeciendo enfermedad ni estando afectado/a por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) No ser funcionario/a de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretenda ingresar, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades regulado en la presente convocatoria.

2.1.2 Requisitos específicos. 
a) Estar en posesión, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de las titulaciones que para cada cuerpo docente se detallan en las bases específicas de la presente convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial de homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio en España como profesor de Educación Secundaria de acuerdo con lo dispuesto en las bases específicas.
b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en los términos que se describen en las bases específicas de la presente convocatoria.
c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar un conocimiento adecuado de esta lengua de la forma que se establece en la base 3.2.b o mediante la realización de la prueba descrita en la base 7.1.1.
d) Asimismo, todos los aspirantes deberán acreditar el conocimiento de los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, mediante la realización de las pruebas correspondientes o acreditando los motivos de exención de las mismas, conforme a lo establecido en la base 7.1.2.
En caso de exención de las pruebas, se hará constar en la instancia en la forma descrita en el apartado
3.1.3.c.
e) Para participar por la reserva de plazas para personas con discapacidad, los aspirantes, además de reunir los requisitos anteriores, deberán tener reconocida por los órganos competentes de la Generalitat, del Estado o del resto de las comunidades autónomas, una discapacidad cuyo grado sea igual o superior al 33 por ciento, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia en la especialidad a la que se opta.

2.2 Plazo de cumplimiento de los requisitos
3. Solicitudes
3.1 Forma
3.1.1 Modelo oficial de instancia. Quienes deseen tomar parte en este procedimiento deberán cumplimentar una instancia (modelo 046-tasas por inscripción en pruebas selectivas), conforme a modelo oficial, que será facilitada a través de la página web de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte http://www.cece.gva.es.
Esta solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo, debiendo utilizar cada participante necesariamente un juego de tres copias impresas a través de internet, de manera que no se podrán hacer fotocopias ya que cada solicitud ha de tener un número de referencia diferenciado.
Una vez cumplimentada la instancia se imprimirá la misma por triplicado.
La solicitud impresa por triplicado deberá presentarse, en su caso, en alguna de las entidades financieras colaboradoras a efectos del abono de la tasa correspondiente.
Asimismo, una vez abonada la tasa en la entidad colaboradora, los aspirantes presentarán la solicitud en los registros de las Direcciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte de Alicante, Castellón o Valencia, acompañada, en su caso, de la documentación procedente, de acuerdo con lo previsto en la base 3.2.

3.1.2 Instancia y abono de la tasa por vía telemática. Las personas que dispongan de DNI con certificado electrónico incorporado o firma electrónica de la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana también podrán hacer la inscripción y el abono de las tasas por vía telemática a través de la web http://www.cece.gva.es. En este caso no será necesaria la presentación de la instancia en ningún registro.
Los miembros de familias numerosas de categoría general o especial, así como los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, deberán presentar copia de la documentación que acredite dicha condición dentro del plazo de presentación de instancias, a los efectos de acreditar la exención o bonificación del pago de las tasas, junto con el modelo de solicitud que será facilitado a través de la página web de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte http://www.cece.gva.es.

3.1.3 Instrucciones para cumplimentar la instancia
3.2 Documentación
3.3 Lugares de presentación. Las solicitudes cumplimentadas de acuerdo con lo previsto en la base 3.1.1 se presentarán preferentemente en las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte de Alicante, Castellón o Valencia (anexo X) o bien en los lugares y forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,...
3.4 Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación referida en la base 3.2 será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [DOCV N. 7014, del 30.04.2013] {del 1 al 20 de mayo de 2013, a.i.}
3.5 Pago por derechos de examen. Los derechos de examen serán de 30,84 euros para el cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria y de 21,78 euros para el cuerpo de profesores técnicos de Formación Profesional, ...
Bases específicas
15
. Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria. 15.1 Distribución de plazas por sistemas de acceso:
Codi . . Especialitat / Ingrés Lliure / Reserva Discapacitats / Accés cos subgrup superior / Total
242 . . Intervenció Sociocomunitària / 6 / 1 / 6 / 13
243 . . Hostaleria i Turisme / 2 / 1 / 3 / 6
270 . . Processos de Diagnòstics Clínics i Productes Ortoprotètics / 2 / 1 / 3 / 6
271 . . Processos Sanitaris
/ 2 / -/ - / 3 / 5
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 / 3 / 15 / 30
16. Cuerpo de profesores técnicos de Formación Profesional. 16.1 Distribución de plazas por sistemas de acceso.
Codi - Especialitat - Ingrés lliure / Reserva discapacitats / Total
330 - Cuina i Pastisseria - 7 / 1 / 8
337 - Laboratori - 2 -- /  2
347 - Perruqueria - 3 / 1 / 4
348 - Procediments de Diagnòstic Clínic i Ortoprotètic - 4 / -- / 4
354 - Servicis a la Comunitat - 71 /  8
355 - Servicis de Restauració
- 4 /  -- / 4 
Total -. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .  27 / 3 / 30
 

240 plazas del cuerpo de maestros (subgrupo A2): 50 (46+4) Educació Infantil; 70 (65+5) Llengua Estrangera: Anglés; 20 (19+1) Educació Física; 20 (19+1) Música; 50 (46+4) Audició i Llenguatge; 30 (28+2) Pedagogia Terapèutica. Generalitat Valenciana.

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport . ORDE 30/2013, de 26 d’abril, de Conselleria d’Educació, Cultura i Esport, per la qual es convoca procediment selectiu per a ingrés en el cos de mestres i procediment per a l’adquisició de noves especialitats per funcionaris d’este mateix cos. [2013/4234] (pdf 1.437KB) 
ORDEN 30/2013, de 26 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por funcionarios del mismo cuerpo. [2013/4234]  (pdf 1.437KB)
Índice
Preámbulo
Título I. Procedimiento selectivo para ingreso en el cuerpo de maestros
1. Normas generales

1.1 Plazas convocadas. Se convoca procedimiento selectivo para cubrir, en el ámbito de gestión de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, 240 plazas del cuerpo de maestros (subgrupo A2), con el desglose por especialidades y turnos que a continuación se detalla:
 Codi . . Especialitat . . . . . . . . Ingrés lliure . . Reserva discapacitats . . Total 
120 . . Educació Infantil . . 46 . . 4 . . 50
121 . . Llengua Estrangera: Anglés . . 65 . . 5 . . 70
123 . . Educació Física . . 19 . . 1 . . 20
124 . . Música . . 19 . . 1 . . 20
126 . . Audició i Llenguatge . . 46 . . 4 . . 50
127 . . Pedagogia Terapèutica . . 28 . . 2
. . 30
   
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 223 . . 17 . . 240
1.2 Distribución de aspirantes.
1.3 Acumulación de plazas del turno de discapacitados.
Las plazas convocadas para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad que queden sin adjudicar por falta de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se acumularán a las restantes plazas convocadas por el sistema de ingreso libre, de igual especialidad, ...
1.4 Normativa aplicable.
2. Requisitos de los candidatos. 2.1 Requisitos de admisión. 2.1.1 Requisitos generales. Para ser admitidos a la realización del procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Requisitos generales:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado al que sea de aplicación los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.
Asimismo, podrán participar el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los otros estados miembros de la Unión Europea, o de los estados en los cuales, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores cuando así lo prevea el correspondiente tratado, sea cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho, y con respecto a los descendientes, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad, pero vivan a cargo de sus progenitores.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Maestro o título de grado correspondiente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial de homologación en aplicación del Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de maestro, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre, que establece el sistema comunitario de reconocimiento de cualificaciones profesionales.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo, no padeciendo enfermedad ni estando afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes a la especialidad a la que se opta.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaba en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo de maestros, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades regulado en la presente convocatoria.


inhabilitado.
2.1.2 Conocimiento del castellano por aspirantes que no posean la nacionalidad española.
2.1.3 Conocimiento de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana.
2.1.4 Requisitos específicos para participar por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
2.2 Plazo de cumplimiento de los requisitos.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes. 3.1 Forma. 3.1.1 Modelo oficial de instancia. Quienes deseen tomar parte en este
procedimiento deberán cumplimentar una instancia (modelo 046 – Tasas por inscripción en pruebas selectivas) conforme a modelo oficial, disponible en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte http://www.cece.gva.es.
Esta solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo, debiendo utilizar cada participante necesariamente un juego de tres copias impresas a través de internet, de manera que no se podrán hacer fotocopias, ya que cada solicitud ha de tener un número de referencia diferenciado.
Una vez cumplimentada la instancia se imprimirá la misma por triplicado.
La solicitud impresa por triplicado deberá presentarse, en su caso, en alguna de las entidades financieras colaboradoras a efectos del abono de la tasa correspondiente.
Asimismo, una vez abonada la tasa en la entidad colaboradora, los aspirantes presentarán la solicitud en los registros de las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte de Alicante,
Castellón o Valencia, acompañada, en su caso, de la documentación procedente, de acuerdo con lo previsto en la base 3.2.
3.1.2 Instancia y abono de la tasa por vía telemática. Las personas que dispongan de DNI con certificado electrónico incorporado o firma electrónica de la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana también podrán hacer la inscripción y el abono de las tasas por vía telemática a través de la web http://www.cece.gva.es. En este caso no será necesaria la presentación de la instancia en ningún registro.
Los miembros de familias numerosas de categoría general o especial así como los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 % deberán presentar copia de la documentación que acredite dicha condición dentro del plazo de presentación de instancias, a los efectos de acreditar la exención o bonificación del pago de las tasas, junto con el modelo de solicitud que será facilitado a través de la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte http://www.cece.gva.es.

3.1.3 Instrucciones para cumplimentar la instancia.
3.2 Documentación.
3.3 Lugares de presentación. Las solicitudes cumplimentadas de acuerdo con lo previsto en la base 3.1.1 se presentarán preferentemente en las direcciones territoriales de Educación, Cultura y Deporte de Alicante, Castellón o Valencia (anexo X) o bien en los lugares y forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 130/1998, de 8 de septiembre, del Consell. En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
Las solicitudes suscritas por los participantes en el extranjero podrán cursarse en el plazo señalado en el apartado 3.4 de la presente base, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo correspondiente. El interesado adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho el pago de los derechos de examen.

3.4 Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación referida
en la base 3.2 será de veinte días naturales
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [DOCV N. 7014, del 30.04.2013] {del 1 al 20 de mayo de 2013, a.i.}

3.5 Pago por derechos de examen
. Los derechos de examen serán de 21,78 euros,

...