Objeto y ámbito de aplicación.- 1. Este real decreto-ley tiene por objeto:
1.º Establecer medidas administrativas excepcionales para la gestión de los recursos hidráulicos.
2.º Establecer medidas urgentes para la regulación de las transacciones de derechos al aprovechamiento de agua.
3.º Establecer medidas de apoyo a los titulares de derechos al uso de agua para riego y abastecimientos en los ámbitos territoriales afectados por la sequía, cuando hayan dispuesto en la pasada campaña de una dotación de agua igual o inferior al 50 por ciento de la facilitada en un año normal. Dichos ámbitos figuran relacionados en el apartado I.2 del anexo I de este real decreto-ley.
4.º Eximir, en relación con el Parque Nacional de las Tablas de Daimiel, de la aportación correspondiente a la tarifa de conducción del Acueducto Tajo-Segura, dado el escaso aprovechamiento de los recursos trasvasados.
2. Los ámbitos territoriales de aplicación de este real decreto-ley serán los sistemas afectados por la sequía de las cuencas hidrográficas de los ríos Duero, Tajo, Guadiana, Guadalquivir, Segura, Júcar y Ebro, definidos en el apartado I.1 del anexo I de este real decreto-ley, si bien para la cuenca del Guadalquivir se limitarán al territorio no incluido en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
ANEXO I - Ámbitos territoriales de aplicación del real decreto-ley
I.1 Sistemas incluidos a los efectos de la declaración de la situación de sequía.
Confederación Hidrográfica del Júcar:
Canal Júcar-Turia.
Mancha Oriental.
Confederación Hidrográfica del Segura:
Sistema Global de explotación.
Regadíos Tradicionales del Júcar.
Regadíos Tradicionales del Turia.
Canal Campo del Turia.
Zona regable del Magro.
I.2 Sistemas incluidos a los efectos de exención de exacciones
Confederación Hidrográfica del Segura:
Sistema La Cierva.
Sistema Guadalentín.
Zonas Regables y abastecimientos dotados con recursos del Acueducto Tajo-Segura.
ANEXO II - Relación de actuaciones que se declaran de interés general o respecto de las que se efectúa la declaración de utilidad pública y la urgente necesidad de la ocupación a los efectos de la ocupación temporal o expropiación forzosa de bienes y derechos afectad
os
Relación de actuaciones declaradas de interés general:
Sistema La Cierva.
Sistema Guadalentín.
Zonas Regables y abastecimientos dotados con recursos del Acueducto Tajo-Segura.
ANEXO II - Relación de actuaciones que se declaran de interés general o respecto de las que se efectúa la declaración de utilidad pública y la urgente necesidad de la ocupación a los efectos de la ocupación temporal o expropiación forzosa de bienes y derechos afectad
Relación de actuaciones declaradas de interés general:
Cuenca del Segura:
Ejecución y puesta en marcha de sondeos y conducciones hasta el dominio público hidráulico y acueductos.
Relación de actuaciones respecto de las que se procede a la declaración de utilidad pública y a la de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados:
Ejecución y puesta en marcha de sondeos y conducciones hasta el dominio público hidráulico y acueductos.
Relación de actuaciones respecto de las que se procede a la declaración de utilidad pública y a la de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados:
Cuenca del Segura:
Ejecución y puesta en marcha de sondeos y conducciones hasta el dominio público hidráulico y acueductos.
ANEXO III - Obras urgentes de mejora de regadíos, con objeto de obtener un adecuado ahorro de agu
a que palíe los daños producidos por
la sequía
Ejecución y puesta en marcha de sondeos y conducciones hasta el dominio público hidráulico y acueductos.
ANEXO III - Obras urgentes de mejora de regadíos, con objeto de obtener un adecuado ahorro de agu
SEIASA de la Meseta Sur
Alicante:
Comunidad de Regantes de la Nucia.
Comunidad de Callosa d’En Sarrià.
Comunidad de Vila-Joiosa.
Comunidad S.A.T. San Enrique.
Alicante:
Comunidad de Regantes de la Nucia.
Comunidad de Callosa d’En Sarrià.
Comunidad de Vila-Joiosa.
Comunidad S.A.T. San Enrique.
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