miércoles, 29 de junio de 2011

ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2011.

Orden ARM/1790/2011, de 20 de junio, por la que se convoca la concesión de ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2011.
Objeto: La presente Orden tiene como objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones reguladas en la Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, y en las ordenes de modificación ARM/3927/2008, de 23 de diciembre; ARM/1173/2010, de 27 de abril, y ARM/964/2011, de 13 de abril, para el desarrollo tecnológico pesquero y acuícola.
Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las organizaciones de productores pesqueros, las cofradías de pescadores, las asociaciones empresariales cuya actividad principal esté vinculada a la gestión, explotación o conservación de los recursos naturales vivos o del medio ambiente marino, incluyendo la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura y que desee llevar a cabo actividades de desarrollo tecnológico y las plataformas tecnológicas de ámbito estatal o las asociaciones empresariales que actúen en representación de éstas cuya temática y campo de actuación se englobe dentro del sector pesquero y acuícola y cuyo fin sea el fomento de la investigación científico-tecnológica entre diferentes agentes del sistema de I+D+i mediante análisis y discusión de estrategias de interés estratégico nacional.
2. Los beneficiarios podrán presentarse en colaboración con otras asociaciones o entidades o instituciones científicas del sector.
3. Los beneficiarios deberán tener condición de pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 736/2008, de la Comisión, de 22 de julio de 2008, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales concedidas a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca.
Forma y plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de los proyectos, se presentarán en impreso normalizado, dirigidas a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrán presentarse en el registro General de la Secretaría General del Mar (calle Velázquez 144, planta baja, 28071 Madrid), o cualquiera de los lugares previstos en el articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Cuando las solicitudes sean presentadas en lugar distinto al Registro General de la Secretaría General del Mar, y para favorecer la agilidad del procedimiento y subsanación de errores de la solicitud, será necesario notificar al órgano instructor de su presentación: Para ello deberá enviarse por fax: (n.º 913476063) o la dirección de correo electrónico (uinnovacion@mapa.es) copia del impreso de la solicitud de la ayuda, en el que conste la fecha de presentación.
3. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria.{del 30 de junio al 29 de julio de 2011, a.i.}
4. La solicitud se presentará en los modelos de impresos normalizados que acompañan a la convocatoria, que estarán disponibles en el sitio web (www.marm.es/es/pesca). Asimismo podrán solicitarse a la dirección de correo electrónico que figura en el apartado anterior

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