Resolución de 6 de junio de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la Resolución del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, de 28 de abril de 2011, por la que se establecen las bases y la convocatoria para la participación en el Programa de ayudas para la promoción del uso de lámparas de alta eficiencia energética 2011-2012.
A los efectos de dar publicidad a la Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía de 28 de abril de 2011 por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria para la participación en el Programa de ayudas para la Promoción del uso de Lámparas de Alta Eficiencia Energética 2011-2012, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución mencionada cuyo texto se inserta a continuación.
Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía n.º 174 de 28 de abril de 2011, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria para la participación en el Programa de ayudas para la Promoción del uso de Lámparas de Alta Eficiencia Energética 2011-2012
Bases de la convocatoria para la selección de empresas colaboradoras y concesión de ayudas correspondientes al «Programa de promoción de lámparas de alta eficiencia energética 2011-2012»
Primero. Objeto. El objeto del presente documento es regular los términos y condiciones para la selección de empresas colaboradoras así como para la concesión de ayudas correspondientes al «Programa de Promoción de Lámparas de Alta Eficiencia Energética 2011-2012 (en adelante el Programa 2x1)» del «Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)», que tiene como finalidad lograr la sustitución progresiva de lámparas de tecnología halógena por lámparas de alta eficiencia energética.
En este contexto, se establecen las bases y convocatoria del citado Programa.
Segundo. Descripción y alcance del Programa. El presente Programa tiene por objeto realizar una campaña de promoción del uso de lámparas de alta eficiencia energética en el mercado español a la que se invita a participar a fabricantes, distribuidores y comercializadores al por mayor de bienes de equipo que cumplan con los requisitos que se establecen en las presentes bases y que tendrán la consideración de «empresa colaboradora».
La campaña consistirá en la venta de un pack de dos lámparas de alta eficiencia energética, bajo la fórmula 2x1, que deben cumplir con las especificaciones técnicas del Anexo I. Cada uno de los pack tendrá un embalaje específico, con un diseño establecido por el IDAE de acuerdo con las especificaciones técnicas del Anexo II.
La venta del pack se realizará a través de una red de establecimientos de ámbito nacional y con presencia en todas las comunidades y ciudades autónomas del territorio español, que tendrán la condición de «establecimiento comercial colaborador» de acuerdo con las condiciones que se establecen en el Anexo III.
Los beneficiarios finales del Programa serán los compradores que adquieran este pack, que tendrá limitado su precio máximo de venta al público, donde una de las dos lámparas se regala al comprador, para lo que el IDAE aportará la ayuda pública necesaria de acuerdo con las condiciones económicas que se indican en apartado 3 del Anexo I.
El objetivo del Programa es generalizar el uso de lámparas de alta eficiencia, introduciendo en el mercado español, en esta convocatoria, aproximadamente 700.000 lámparas de alta eficiencia energética, estimando que su sustitución supondrá un ahorro de 20 GWh anuales de electricidad, equivalentes a 4 ktep/año de energía primaria y una reducción de emisiones a la atmósfera de 5 ktCO2/año.
Tercero. Ámbito temporal y presupuesto asignado a la convocatoria del Programa. La financiación de la presente convocatoria del Programa ... asciende a la cantidad de 7.000.000 euros. La presente convocatoria se mantendrá hasta el agotamiento del presupuesto disponible.
Cuarto. Destinatarios de la Convocatoria. Los compradores finales de los pack 2x1, usuarios de las lámparas que sean vendidas dentro del Programa, serán considerados destinatarios finales de las ayudas que se regulan en este documento.
Para hacer llegar las ayudas a sus destinatarios el IDAE contará con empresas colaboradoras que serán seleccionadas conforme a lo dispuesto en las presentes bases.
Podrá ser «empresa colaboradora» aquella empresa con personalidad jurídica que se dedique a la fabricación, distribución o comercialización al por mayor de equipamiento en general, que cumpla con los requisitos que se establecen en el apartado quinto, solicite su participación en el Programa y sea seleccionada por el IDAE conforme a los criterios que se establecen en el apartado noveno. web de IDAE (www.idae.es).
Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía n.º 174 de 28 de abril de 2011, por la que se establecen las bases y se hace pública la convocatoria para la participación en el Programa de ayudas para la Promoción del uso de Lámparas de Alta Eficiencia Energética 2011-2012
Bases de la convocatoria para la selección de empresas colaboradoras y concesión de ayudas correspondientes al «Programa de promoción de lámparas de alta eficiencia energética 2011-2012»
Primero. Objeto. El objeto del presente documento es regular los términos y condiciones para la selección de empresas colaboradoras así como para la concesión de ayudas correspondientes al «Programa de Promoción de Lámparas de Alta Eficiencia Energética 2011-2012 (en adelante el Programa 2x1)» del «Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)», que tiene como finalidad lograr la sustitución progresiva de lámparas de tecnología halógena por lámparas de alta eficiencia energética.
En este contexto, se establecen las bases y convocatoria del citado Programa.
Segundo. Descripción y alcance del Programa. El presente Programa tiene por objeto realizar una campaña de promoción del uso de lámparas de alta eficiencia energética en el mercado español a la que se invita a participar a fabricantes, distribuidores y comercializadores al por mayor de bienes de equipo que cumplan con los requisitos que se establecen en las presentes bases y que tendrán la consideración de «empresa colaboradora».
La campaña consistirá en la venta de un pack de dos lámparas de alta eficiencia energética, bajo la fórmula 2x1, que deben cumplir con las especificaciones técnicas del Anexo I. Cada uno de los pack tendrá un embalaje específico, con un diseño establecido por el IDAE de acuerdo con las especificaciones técnicas del Anexo II.
La venta del pack se realizará a través de una red de establecimientos de ámbito nacional y con presencia en todas las comunidades y ciudades autónomas del territorio español, que tendrán la condición de «establecimiento comercial colaborador» de acuerdo con las condiciones que se establecen en el Anexo III.
Los beneficiarios finales del Programa serán los compradores que adquieran este pack, que tendrá limitado su precio máximo de venta al público, donde una de las dos lámparas se regala al comprador, para lo que el IDAE aportará la ayuda pública necesaria de acuerdo con las condiciones económicas que se indican en apartado 3 del Anexo I.
El objetivo del Programa es generalizar el uso de lámparas de alta eficiencia, introduciendo en el mercado español, en esta convocatoria, aproximadamente 700.000 lámparas de alta eficiencia energética, estimando que su sustitución supondrá un ahorro de 20 GWh anuales de electricidad, equivalentes a 4 ktep/año de energía primaria y una reducción de emisiones a la atmósfera de 5 ktCO2/año.
Tercero. Ámbito temporal y presupuesto asignado a la convocatoria del Programa. La financiación de la presente convocatoria del Programa ... asciende a la cantidad de 7.000.000 euros. La presente convocatoria se mantendrá hasta el agotamiento del presupuesto disponible.
Cuarto. Destinatarios de la Convocatoria. Los compradores finales de los pack 2x1, usuarios de las lámparas que sean vendidas dentro del Programa, serán considerados destinatarios finales de las ayudas que se regulan en este documento.
Para hacer llegar las ayudas a sus destinatarios el IDAE contará con empresas colaboradoras que serán seleccionadas conforme a lo dispuesto en las presentes bases.
Podrá ser «empresa colaboradora» aquella empresa con personalidad jurídica que se dedique a la fabricación, distribución o comercialización al por mayor de equipamiento en general, que cumpla con los requisitos que se establecen en el apartado quinto, solicite su participación en el Programa y sea seleccionada por el IDAE conforme a los criterios que se establecen en el apartado noveno. web de IDAE (www.idae.es).
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