viernes, 10 de junio de 2011

6 becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional.

Resolución de 30 de mayo de 2011, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convocan ( 6 ) becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional.
Objeto y condiciones. 1. Las becas tienen por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal Constitucional.
2. Se convocan seis becas, que tendrán una duración máxima de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Podrán ser prorrogadas, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación del interesado, hasta un máximo de otros seis meses. Quienes hayan disfrutado de una beca no podrán solicitarla nuevamente, salvo que por razones no imputables a ellos hubieran disfrutado de una beca en convocatoria anterior por plazo inferior a seis meses, accediendo a ellas desde la relación de suplentes a que refiere el número 5 de la base sexta o equivalente de anteriores convocatorias.
3. Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación y dirección del Letrado jefe del Servicio de Doctrina Constitucional, quien definirá las tareas a realizar.
Dotación de las becas.–La dotación de cada beca será de 1.200 euros brutos mensuales.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Para optar a estas becas se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho o un título de otro país que acredite una formación jurídica equivalente.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1 de enero de 2006.
c) Poseer conocimientos de inglés o francés correspondientes al nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (First Certificate, puntuación mínima de 65 en el TOEFL Internet Based Test, Delf B.2, o equivalentes).
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público.
2. Serán méritos preferentes:
a) Tener un buen expediente académico, en especial en materias de Derecho público.
b) Haber realizado cursos de postgrado especializados o trabajos de investigación relacionados con la justicia constitucional o temas afines.
c) Contar con experiencia laboral en instituciones públicas, profesiones jurídicas u organizaciones relacionadas con los derechos humanos, mediante relación contractual, actividades de colaboración u otras similares.
d) Acreditar un nivel de conocimiento de inglés o francés superior al exigido para el cumplimiento del requisito establecido en la letra c) del apartado anterior, o de alemán, italiano o portugués.
e) Tener conocimientos informáticos como usuario (proceso de texto y bases de datos).
Requisitos de las solicitudes. 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 al presente Acuerdo que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es y deberán dirigirse al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal Constitucional, calle Domenico Scarlatti, 6. 28003 Madrid.
Plazo de presentación. El plazo de presentación de las instancias será de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 11 de junio al 10 de julio de 2011, a.i.}

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