Resolución de 27 de mayo de 2011, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas, becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas y becas con cargo al legado Casado de la Fuente, para el curso 2011/2012.
I. Objeto y modalidades de las ayudas. Esta convocatoria concreta las modalidades de ayudas de la Acción Formativa de MUFACE, las condiciones y requisitos específicos para acceder a ellas por parte de los mutualistas y sus beneficiarios, determinando su número y cuantías.
La finalidad de estas ayudas es posibilitar la promoción social y cultural de los mutualistas y de sus hijos y huérfanos, mediante aportaciones económicas con cargo a los créditos presupuestarios de MUFACE, en forma de becas de estudio para mutualistas destinadas a cubrir el coste de la matrícula de estudios universitarios y becas de residencia para los hijos y huérfanos de mutualistas que precisen desplazarse de la localidad donde radica su domicilio familiar para realizar los estudios universitarios o de nivel equivalente que hubieran elegido.Asimismo, forman parte de esta convocatoria las becas para cursar estudios de Ingeniería Agronómica Superior o de Grado equivalentes con cargo al Legado Casado de la Fuente.
II. Normas comunes
1. Subsidiariedad de las ayudas respecto a las análogas de los Planes de Acción Social.
1.1 El carácter subsidiario de las ayudas económicas para la Acción Formativa de MUFACE respecto a las análogas de los Planes de Acción Social de las distintas Administraciones Públicas implica que la adquisición del derecho a la ayuda de la Mutualidad, así como, en su caso, la pérdida del ya adquirido, dependerá del cumplimiento de la condición que se establece en los epígrafes siguientes.
1.2 Será condición imprescindible para solicitar la ayuda de MUFACE haber pedido previamente y no obtenido la ayuda de acción social existente, en su caso, dentro de los Planes de Acción Social de las distintas Administraciones Públicas en 2011, cuya finalidad sea la cobertura de alguno de los gastos análogos a los que se refiere el apartado III en sus epígrafes 1.1 y 2.1 de esta convocatoria, que se originen con motivo de la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012. ...
III. Becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas
1. Becas de estudio.II. Normas comunes
1. Subsidiariedad de las ayudas respecto a las análogas de los Planes de Acción Social.
1.1 El carácter subsidiario de las ayudas económicas para la Acción Formativa de MUFACE respecto a las análogas de los Planes de Acción Social de las distintas Administraciones Públicas implica que la adquisición del derecho a la ayuda de la Mutualidad, así como, en su caso, la pérdida del ya adquirido, dependerá del cumplimiento de la condición que se establece en los epígrafes siguientes.
1.2 Será condición imprescindible para solicitar la ayuda de MUFACE haber pedido previamente y no obtenido la ayuda de acción social existente, en su caso, dentro de los Planes de Acción Social de las distintas Administraciones Públicas en 2011, cuya finalidad sea la cobertura de alguno de los gastos análogos a los que se refiere el apartado III en sus epígrafes 1.1 y 2.1 de esta convocatoria, que se originen con motivo de la realización de estudios universitarios en el curso 2011-2012. ...
III. Becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas
1.1 Contenido.–Se convocan becas de estudio para mutualistas de MUFACE, dentro de los créditos presupuestarios disponibles, para cubrir el coste de la matrícula y demás gastos de inscripción de los estudios universitarios oficiales que realicen durante el curso 2011/2012. El importe de estas becas será igual a la cantidad realmente abonada por el mutualista solicitante, con el límite máximo de 350 euros.
1.2 Requisitos.–Para obtener beca de estudio correspondiente al curso 2011/2012 será necesario:
A) Ser mutualista en situación de alta o asimilada al alta en el colectivo de MUFACE el día 15 de octubre de 2011 y mantener dichas condiciones en la fecha en que se presente la solicitud conforme al epígrafe 1.4.
B) Matricularse durante el curso 2011/2012 en estudios de nivel universitario de los enunciados en el Anexo II.
C) Haber aprobado entre las convocatorias de febrero, junio y septiembre de 2012, un mínimo del cincuenta por ciento del resultado de dividir el total de los créditos que integren el plan de estudios entre el número de años que lo compongan o, en su caso, un mínimo de tres asignaturas anuales. El porcentaje de créditos podrá ser el treinta y cinco por ciento, y el número de asignaturas podrá ser dos, siempre que sean todos los créditos o todas las asignaturas que, sin contar el proyecto de fin de carrera cuando exista, falten para su conclusión; a su vez, el proyecto de fin de carrera no exigirá la concurrencia del mínimo de créditos o asignaturas.
1.4 Solicitudes, plazo y documentación.–Las becas se solicitarán en los impresos que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes se dirigirán a MUFACE y se presentarán en cualquiera de sus oficinas de registro, o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será desde que se pueda acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el epígrafe 1.2.C) hasta el 31 de diciembre de 2012, inclusive.
2. Becas de residencia.
2.1 Contenido.–Se convocan becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas de MUFACE para el curso 2011/2012, dentro de los créditos presupuestarios disponibles, para contribuir a sufragar sus gastos de residencia motivados por la realización de estudios de nivel universitario durante los meses de octubre a junio, ambos inclusive, o un máximo de nueve meses del período lectivo, por un importe que será igual a la cantidad realmente abonada en tal concepto, con el límite máximo de 447,00 euros mensuales.
2.2 Modalidades y número de becas.–Las becas de residencia convocadas se distribuyen en las modalidades de becas de residencia de nueva adjudicación y becas de residencia de renovación.
El número de becas a otorgar para cada modalidad será el siguiente:
A) Becas de residencia de nueva adjudicación. Se convocan 210 (doscientas diez) becas para conceder a los solicitantes que alcancen mayor puntuación de acuerdo con las normas establecidas en esta Resolución, una vez aportada y comprobada la correspondiente documentación. Este número podrá incrementarse, siempre dentro de los créditos presupuestarios disponibles, conforme se establece en el párrafo siguiente.
Si al proceder a la determinación del último beneficiario existiera un número de solicitantes con idéntica puntuación total, de modo que sumado al del número de candidatos precedentes superase la cifra de becas previstas, ese número se incrementará en las necesarias para que alcance a todos los que se encuentren en dicha circunstancia.
B) Becas de residencia de renovación. El número que resulte necesario para cubrir la renovación de los 520 actuales becarios, que reuniendo los requisitos exigidos en el epígrafe 2.3 y 2.6.1, presenten la solicitud y documentación en la forma y plazo señalados en el epígrafe 2.6.2.
2.3 Requisitos generales. 2.3.1 Podrán solicitar beca de residencia, los mutualistas para sus beneficiarios y los titulares de documento asimilado al de afiliación, para sus beneficiarios o para sí mismos, siempre que dichos titulares y beneficiarios se encuentren en situación de alta o, en su caso, asimilada al alta en el colectivo de MUFACE en el momento de presentar la solicitud y mantengan dicha situación en el momento de entrega de la documentación, ...
2.5 Becas de residencia de nueva adjudicación. 2.5.1 Requisitos específicos.–Para ser beneficiario de estas becas, deberán reunirse, además de los requisitos generales establecidos en el epígrafe 2.3, los siguientes:
2.5.2 Solicitudes y plazo.–Las becas se solicitarán en los impresos que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes deberán presentarse, bien directamente en el Servicio Provincial a cuyo colectivo se pertenezca, o bien en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de la solicitud será el comprendido entre el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y el 30 de julio de 2011, inclusive.
IV. Becas con cargo al Legado Casado de la Fuente para cursar Ingeniería Agronómica Superior o Grado equivalente en Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Agrónomos
1. Contenido.–Financiadas con cargo al «Legado Casado de la Fuente», se convocan hasta un máximo de tres becas de pago único dotadas con 198,00 euros cada una, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo General de MUFACE el 20 de septiembre de 2001.
Serán beneficiarios de estas becas los tres primeros solicitantes que, por orden cronológico de solicitud, tomando como fecha a estos efectos la de presentación en cualquiera de los registros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, hubieran presentado la citada solicitud en plazo y cumplan con los requisitos específicos enumerados en el epígrafe siguiente.
2. Requisitos específicos:
a) Ser huérfano o hijo de maestro, que hubiera tenido hasta su fallecimiento o tenga la condición de mutualista de MUFACE o de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria, y haya ejercido de maestro en medios rurales. A estos efectos se entenderá como medio rural las localidades con menos de 20.000 habitantes.
b) Cursar estudios de Ingeniería Agronómica Superior o de Grado equivalentes, por enseñanza oficial, en las Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Agrónomos.
c) Ser menor de 20 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes, plazo y documentación.–Las becas se solicitarán en los impresos que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE, o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes deberán presentarse, bien directamente en el Servicio Provincial a cuyo colectivo se pertenezca, o bien en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será el comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y el 31 de octubre de 2011, inclusive.
1.2 Requisitos.–Para obtener beca de estudio correspondiente al curso 2011/2012 será necesario:
A) Ser mutualista en situación de alta o asimilada al alta en el colectivo de MUFACE el día 15 de octubre de 2011 y mantener dichas condiciones en la fecha en que se presente la solicitud conforme al epígrafe 1.4.
B) Matricularse durante el curso 2011/2012 en estudios de nivel universitario de los enunciados en el Anexo II.
C) Haber aprobado entre las convocatorias de febrero, junio y septiembre de 2012, un mínimo del cincuenta por ciento del resultado de dividir el total de los créditos que integren el plan de estudios entre el número de años que lo compongan o, en su caso, un mínimo de tres asignaturas anuales. El porcentaje de créditos podrá ser el treinta y cinco por ciento, y el número de asignaturas podrá ser dos, siempre que sean todos los créditos o todas las asignaturas que, sin contar el proyecto de fin de carrera cuando exista, falten para su conclusión; a su vez, el proyecto de fin de carrera no exigirá la concurrencia del mínimo de créditos o asignaturas.
1.4 Solicitudes, plazo y documentación.–Las becas se solicitarán en los impresos que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes se dirigirán a MUFACE y se presentarán en cualquiera de sus oficinas de registro, o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será desde que se pueda acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el epígrafe 1.2.C) hasta el 31 de diciembre de 2012, inclusive.
2. Becas de residencia.
2.1 Contenido.–Se convocan becas de residencia para hijos y huérfanos de mutualistas de MUFACE para el curso 2011/2012, dentro de los créditos presupuestarios disponibles, para contribuir a sufragar sus gastos de residencia motivados por la realización de estudios de nivel universitario durante los meses de octubre a junio, ambos inclusive, o un máximo de nueve meses del período lectivo, por un importe que será igual a la cantidad realmente abonada en tal concepto, con el límite máximo de 447,00 euros mensuales.
2.2 Modalidades y número de becas.–Las becas de residencia convocadas se distribuyen en las modalidades de becas de residencia de nueva adjudicación y becas de residencia de renovación.
El número de becas a otorgar para cada modalidad será el siguiente:
A) Becas de residencia de nueva adjudicación. Se convocan 210 (doscientas diez) becas para conceder a los solicitantes que alcancen mayor puntuación de acuerdo con las normas establecidas en esta Resolución, una vez aportada y comprobada la correspondiente documentación. Este número podrá incrementarse, siempre dentro de los créditos presupuestarios disponibles, conforme se establece en el párrafo siguiente.
Si al proceder a la determinación del último beneficiario existiera un número de solicitantes con idéntica puntuación total, de modo que sumado al del número de candidatos precedentes superase la cifra de becas previstas, ese número se incrementará en las necesarias para que alcance a todos los que se encuentren en dicha circunstancia.
B) Becas de residencia de renovación. El número que resulte necesario para cubrir la renovación de los 520 actuales becarios, que reuniendo los requisitos exigidos en el epígrafe 2.3 y 2.6.1, presenten la solicitud y documentación en la forma y plazo señalados en el epígrafe 2.6.2.
2.3 Requisitos generales. 2.3.1 Podrán solicitar beca de residencia, los mutualistas para sus beneficiarios y los titulares de documento asimilado al de afiliación, para sus beneficiarios o para sí mismos, siempre que dichos titulares y beneficiarios se encuentren en situación de alta o, en su caso, asimilada al alta en el colectivo de MUFACE en el momento de presentar la solicitud y mantengan dicha situación en el momento de entrega de la documentación, ...
2.5 Becas de residencia de nueva adjudicación. 2.5.1 Requisitos específicos.–Para ser beneficiario de estas becas, deberán reunirse, además de los requisitos generales establecidos en el epígrafe 2.3, los siguientes:
2.5.2 Solicitudes y plazo.–Las becas se solicitarán en los impresos que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes deberán presentarse, bien directamente en el Servicio Provincial a cuyo colectivo se pertenezca, o bien en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de la solicitud será el comprendido entre el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y el 30 de julio de 2011, inclusive.
IV. Becas con cargo al Legado Casado de la Fuente para cursar Ingeniería Agronómica Superior o Grado equivalente en Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Agrónomos
1. Contenido.–Financiadas con cargo al «Legado Casado de la Fuente», se convocan hasta un máximo de tres becas de pago único dotadas con 198,00 euros cada una, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo General de MUFACE el 20 de septiembre de 2001.
Serán beneficiarios de estas becas los tres primeros solicitantes que, por orden cronológico de solicitud, tomando como fecha a estos efectos la de presentación en cualquiera de los registros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, hubieran presentado la citada solicitud en plazo y cumplan con los requisitos específicos enumerados en el epígrafe siguiente.
2. Requisitos específicos:
a) Ser huérfano o hijo de maestro, que hubiera tenido hasta su fallecimiento o tenga la condición de mutualista de MUFACE o de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria, y haya ejercido de maestro en medios rurales. A estos efectos se entenderá como medio rural las localidades con menos de 20.000 habitantes.
b) Cursar estudios de Ingeniería Agronómica Superior o de Grado equivalentes, por enseñanza oficial, en las Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Agrónomos.
c) Ser menor de 20 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes, plazo y documentación.–Las becas se solicitarán en los impresos que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE, o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es).
Las solicitudes deberán presentarse, bien directamente en el Servicio Provincial a cuyo colectivo se pertenezca, o bien en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será el comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y el 31 de octubre de 2011, inclusive.
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