miércoles, 9 de abril de 2014

Plan de Ayudas a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales (de menos de 5.000 Hab.) de la provincia de Alicante para la promoción de Cursos de Natación ­ niveles de Iniciación y Perfeccionamiento­, durante la anualidad 2014

Convocatoria del Plan de Ayudas a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la provincia de Alicante para la promoción de Cursos de Natación ­ niveles de Iniciación y Perfeccionamiento­, durante la anualidad 2014, de conformidad con las siguientes
B A S E S
“PRIMERA.­ (Objeto). Es objeto de la presente Convocatoria la concesión, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la Provincia de Alicante menores de 5.000 habitantes, para la promoción de Cursos de Natación ­ niveles de Iniciación y Perfeccionamiento ­ durante la anualidad 2014, cuya dotación económica prevista asciende a la cantidad de 50.000 euros.
SEGUNDA.­ (Actividades Subvencionadas: requisitos y condiciones). Podrán ser objeto de subvención los cursos de natación dirigidos a niños de los municipios de la provincia menores de 5.000 habitantes con edades comprendidas entre 4 y 14 años cuyo fin sea la enseñanza de la natación en sus diferentes fases de aprendizaje: principios básicos, iniciación a los diferentes estilos y perfeccionamiento técnico.
Los cursos se deberán estructurar en diferentes niveles según las capacidades y conocimientos técnicos de los alumnos, mantener unos ratios equilibrados alumnos/profesor en cada nivel establecido que permitan la mayor calidad de enseñanza, disponer de una duración acorde con los objetivos perseguidos, contar con la seguridad propia de este tipo de cursos y de un espacio perfectamente delimitado dentro de la instalación municipal donde se desarrollen garantizando de esta forma su perfecto desarrollo.
TERCERA.­ (Solicitudes).  Los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la Provincia de Alicante interesados, deberán presentar sus solicitudes ajustadas al modelo que se publicará como ANEXO I, suscritas por el Sr./a. Alcalde/sa­Presidente/a del Ayuntamiento o Presidente/a de la entidad municipal correspondiente, y dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia {del 10 al 29 de abril de 2014,.a.i.}, en el Registro General de esta Excma. Diputación, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

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