BDNS(Identif.):428955
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Los requisitos de obligado cumplimiento exigidos para participar en esta convocatoria son los siguientes:
1.- Tener la nacionalidad española o de algún
otro Estado Miembro de la Unión Europea, en adelante EU, y de los
Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con
un dominio del idioma español -hablado y escrito- que permita a los
candidatos desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.
2.- Poseer la titulación universitaria exigida
(de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que
se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales);
según la siguiente titulación:
- Grado universitario o equivalente en Historia
del Arte. Los expedientes académicos con valoración media inferior a
notable serán desestimados; por debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4
y por debajo de 7 puntos en una escala de 0 a 10.
Los títulos extranjeros equivalentes o los
expedidos en centros españoles privados deberán estar homologados por el
Ministerio de Educación en la fecha en la que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
3.- Haber finalizado los estudios conducentes a
la obtención del título universitario exigido a partir del curso 2013/14
(incluido). En cuanto al plazo, se atenderá exclusivamente la
finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se tenga
en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros
estudios de postgrado.
4.- Estar al corriente del cumplimiento en sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos
previstos en la normativa vigente y no ser deudor por obligaciones de
reintegro.
5.- No haber sido beneficiario con anterioridad a
esta convocatoria de cualquier otra beca en el Museo del Prado
(excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos, seminarios,
Cátedra del Prado).
6.- En aplicación de lo dispuesto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Orden CUL
/2912/2010, de 10 de noviembre, por las que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos
públicos, no podrán ser beneficiarios de las respectivas becas las
personas en quien concurra cualesquiera de las prohibiciones previstas
en el artículo 13 de la disposición legal citada.
Segundo. Objeto. El objeto de la presente Resolución, es la
convocatoria de una beca Senado de España - Museo Nacional del Prado que
contribuya a la formación de investigadores y especialistas en el Área
de Conservación de Pintura del Siglo XIX. La beca se destinará a ayudar
en la labor de la Jefatura del Área, con especial dedicación a la
investigación y documentación acerca de la pintura social en España
(1885-1908).
Tercero. Bases reguladoras. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, (BOE de 13 de noviembre de 2010)
Cuarto. Cuantía y duración. Las becas tendrán una duración de doce meses (12) consecutivos. La cuantía de la beca se fija en 18.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán, en el plazo de
quince días hábiles (15) a contar desde el día siguiente de la
publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.{del 19 de diciembrede 2018 al 10 de enero de 2019, a.i.}
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