jueves, 13 de diciembre de 2018

Ayudas Torres Quevedo, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020

BDNS(Identif.):427743
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas Torres Quevedo, las siguientes entidades:
a) Las empresas, entre las que se incluyen las empresas "spin-off" y las Jóvenes Empresas Innovadoras.
b) Los centros tecnológicos de ámbito estatal.
c) Los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
d) Las asociaciones empresariales.
e) Los parques científicos y tecnológicos.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos específicos establecidos en la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto. Las ayudas Torres Quevedo tienen como objetivo fortalecer la carrera profesional del personal investigador, estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación, a través de la concesión de ayudas de una duración de tres años a empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas Torres Quevedo será de 15.000.000 euros, con cargo al presupuesto de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2020, o equivalentes de ejercicios posteriores.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación a las ayudas Torres Quevedo serán presentadas por las entidades, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 24 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 24 de enero de 2019 al 14 de febrero de 2019 a las 15:00 horas (hora peninsular).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda. Las solicitudes de participación a las ayudas Torres Quevedo serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Méritos curriculares de la persona propuesta y adecuación de la misma a las tareas a realizar en función de la experiencia profesional y formación.
b) Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta.
c) Impacto y efecto incentivador de la ayuda en la actividad de I+D+I de la entidad solicitante.
Las puntuaciones y ponderaciones están establecidas en el artículo 27 de la resolución de convocatoria.

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